VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el convenio de donación modal y comodato suscrito entre la Asociación Civil San Francisco de Sales (Padres Salesianos) y esta Intendencia, para realizar tareas de recolección manual de residuos y zona limpia en zonas de levante por contenedores, en áreas del territorio perteneciente al Municipio G y al Barrio Maracaná del Municipio A;
RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 2810/20 de fecha 10 de agosto de 2020 se convalidó lo actuado y se prorrogó por el plazo de 3 (tres) meses a partir del 3 de abril de 2020 el mencionado contrato, el cual fue aprobado por Resolución No. 821/20 de fecha 17 de febrero del corriente;
2o.) que en la resolución antedicha se padeció error en la parte dispositiva al indicar la institución contratante, por lo que se sugiere efectuar la correspondiente modificación;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental es de opinión favorable en proceder en consecuencia;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1o.-Modificar la Resolución No. 2810/20 de fecha 10 de agosto de 2020, en lo atinente al nombre de la institución contratante, debiendo decir "Asociación Civil San Francisco de Sales (Padres Salesianos)", manteniendo incambiados los restantes términos, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente resolución.
2o.-Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General y Recursos Financieros, a la División Limpieza y a la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental; cumplido, pase a Contaduría General a sus efectos.
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