VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de desafectar de expropiación los padrones Nºs. 132888 y 132889, ubicados con frente a la calle Uruguayana, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, Municipio C;
RESULTANDO: 1º) que por Decretos N° 12806 y 19720, de fechas 16 de agosto de 1963 y 19 de marzo de 1980 respectivamente, los predios empadronados con los Nos. 132888 y 132889 fueron designados para ser expropiados totalmente, con destino a pasaje a distinto nivel de la vía férrea y la calle Valentín Gómez, en la zona de las calles Uruguayana y Amado Nervo;
2º) que desde el Ministerio de Transporte y Obras Públicas se informa que los padrones mencionados se encuentran afectados por el trazado de la vía para la obra del Ferrocarril Central;
3º) que la Unidad de Expropiaciones y Topografía informa que el trámite expropiatorio de ambos padrones se encuentra caducado;
4º) que la Comisión de Seguimiento de las Obras del Ferrocarril Central sugiere el dictado de resolución desafectando de la designación para expropiar de los predios empadronados con los Nos. 132888 y 132889 y dar la baja del registro correspondiente;
5º) que la División Planificación Territorial estima procedente dejar sin efecto las designaciones para expropiar de los padrones Nos. 132888 y 132889;
CONSIDERANDO: que el Departamento de Planificación se manifiesta de acuerdo, promoviendo el dictado de resolución correspondiente;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Desafectar de la designación para expropiar totalmente a los padrones Nºs. 132888 y 132889, ubicados con frente a la calle Uruguayana, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, Municipio C.-
2º. Encomendar al Servicio de Escribanía la realización de la baja de la inscripción correspondiente en el Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria de Montevideo.-
3º. Comuníquese al Departamento Desarrollo Urbano; al Municipio C; a la División Planificación Territorial; al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 y pase por su orden al Servicio de Escribanía para dar cumplimiento a lo establecido en el numeral segundo de la presente, a la Unidad Administradora de Bienes Inmuebles Departamentales para su conocimiento y a la Unidad de Expropiaciones y Topografía a sus efectos.- |