Resolución N° 2237/05
Nro de Expediente:
7300-017948-04
 
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
Fecha de Aprobación:
9/5/2005


Tema:
PERMISOS QUIOSCOS

Resumen:
Otorgar a la Sra. MARISA SOLEDAD GARCIA DARROSA, permiso para la instalación y explotación de un quiosco fijo ubicado en la calle Las Pléyades esquina Ruta 8.

Montevideo, 9 de Mayo de 2005.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la gestión presentada por la Sra. Marisa Soledad García Darrosa;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma, solicita permiso para la instalación y explotación de un quiosco fijo ubicado en calle Las Pleyades esquina Ruta 8;
        2o.) que consultados la División Tránsito y Transporte y el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9, no manifiestan inconvenientes en acceder a la presente solicitud;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Unidad Gestión Comercial del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución, otorgando el permiso precario y revocable, estableciendo las condiciones para el funcionamiento del mismo;
        2o.) lo dispuesto en la reglamentación de Quioscos aprobada por Resolución Nº 2383/95 de 10 de julio de 1995, y su modificativa Nº 2721/96 de 17 de junio de 1996;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Otorgar a la Sra. MARISA SOLEDAD GARCIA DARROSA, C.I. Nº 2.578.850-6, con domicilio en la calle Casiopea Nº 10186, permiso para la instalación y explotación de un quiosco fijo ubicado en la calle Las Pléyades esquina Ruta 8, según gráfica de fs. 3, de acuerdo a las siguientes condiciones:
        a) regirán para el permiso de que trata, lo dispuesto en los Art. R.1184 al Art. R.1297.1 -Título III, Capítulo I, Sección I- del Volumen X, del Digesto Municipal;
        b) la permisaria deberá abonar:
        cuota mensual...............U.R. 5.-
        cuota anual...................U.R. 6.-
        c) el permiso otorgado es de carácter precario y revocable y no podrá ser transferido total ni parcialmente, sin la autorización previa y escrita de la I.M.M., la que se reserva el derecho de aceptar o rechazar el traspaso.
        d) deberá formalizar ante el Servicio de Tesorería General Municipal un depósito en carácter de garantía de fiel cumplimiento de sus obligaciones, equivalente a tres veces el importe marcado como mensualidad (U.R. 15).
        e) se otorga un plazo máximo de 90 días desde la fecha de esta resolución para que la permisaria formalice la instalación, la que deberá contar con el visto bueno del Servicio Centro Comunal Zonal respectivo.
        2.- Comuníquese al Departamento de Descentralización; a la División Tránsito y Transporte; a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 9 y Central de Inspección General para su notificación y pase a la División Promoción Económica.
DR. ADOLFO PEREZ PIERA, Intendente Municipal.-
ING. QUIM. PABLO BUONOMO, Secretario General.-