Resolución N° 4664/08
Nro de Expediente:
1001-005762-08
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
27/10/2008


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la Fundación Alianza Cultural Hebrea, a través de sus representantes Sres. Isaac Perkal y Beatriz Kelmanzon, contra la liquidación del Impuesto de Contribución Inmobiliaria correspondientes a los padrones Nos. 30.511, ubicado en Gabriel Pereira 3125, 29.121, sito en la calle 2 de Mayo 1354 y 99.209, ubicado en 21 de Setiembre 2769.-

Montevideo, 27 de Octubre de 2008.-
 
          VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio interpuestos por la Fundación Alianza Cultural Hebrea, a través de sus representantes Sr. Issac Perkal y Beatriz Kelmanzon, contra la liquidación del Impuesto de Contribución Inmobiliaria correspondiente a los padrones Nos. 30.511, ubicado en Gabriel Pereira 3125, 29.121, sito en la calle 2 de Mayo 1354 y 99.209, ubicado en 21 de Setiembre 2769;
          RESULTANDO: que los comparecientes han impugnado los actos de determinación de deuda por considerar que son contrarios a la regla de derecho;
          CONSIDERANDO: 1o.) que la Unidad Asesoría Jurídica informa que desde el punto de vista formal, los recursos se tendrán por presentado en tiempo;
          2o.) que en lo concerniente al aspecto sustancial, no le asiste razón a la institución compareciente, haciendo un extenso informe que se indica de fojas 14 a 16, concluyendo que los Gobiernos Departamentales tienen potestad tributaria para crear impuestos sobre la propiedad inmueble urbana y suburbana. La única limitación que surge de la Constitución se relaciona con el aspecto material del hecho generador, pero no existe ningún artículo del cual se desprenda que no se pueden establecer alícuotas progresivas, razón por la cual se entiende no hacer lugar al recurso presentado, declarando firme la liquidación notificada por la factura recibida;
          3o.) que en mérito a lo expuesto, la Dirección de la Asesoría Jurídica aconseja no hacer lugar al



          recurso de apelación interpuesto;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- No hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la Fundación Alianza Cultural Hebrea, a través de sus representantes Sres. Isaac Perkal, C.I. 1.070.344-6 y Beatriz Kelmanzon, C.I. 1.241.455-2, contra la liquidación del Impuesto de Contribución Inmobiliaria correspondientes a los padrones Nos. 30.511, ubicado en Gabriel Pereira 3125, 29.121, sito en la calle 2 de Mayo 1354 y 99.209, ubicado en 21 de Setiembre 2769.-
          2.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para la notificación correspondiente, y demás efectos.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-