VISTO: el Decreto Nº 37.751 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 10 de junio de 2021, por el cual de conformidad con la Resolución Nº 1422/21, de 12/04/21, se faculta a este Ejecutivo para enajenar el predio propiedad de esta Intendencia empadronado con el Nº 430.318, sito con frente al Pasaje Continuación Echaurri Nº 2008, a favor del Sr. Ricardo Antonio Fernández Pacheco y se establece que la forma de pago será en 119 cuotas iguales, mensuales y consecutivas de UR 2,23 y una última cuota de UR 1,47, hasta saldar el valor de tasación y que los fondos se verterán a la cuenta extrapresupuestal de la Cartera de Tierras Nº 304010177, Cuenta de Ingresos Nº 11300566;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Promúlgase el Decreto Nº 37.751 sancionado el 10 de junio de 2021.-
2.- Enajenar el predio propiedad de esta Intendencia empadronado con el Nº 430.318, sito con frente al Pasaje Continuación Echaurri Nº 2008, a favor del Sr. Ricardo Antonio Fernández Pacheco, CI 1.210.330-5, en las condiciones indicadas en el decreto que se promulga.-
3.- Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, al Municipio C, a la División Asesoría Jurídica, Tierras y Hábitat, a la Contaduría General, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 3, Escribanía, Tierras y Viviendas, a los Equipos Técnicos de Actualización Normativa, de Información Jurídica, a la Biblioteca Jurídica y pase por su orden al Sector Despacho para su incorporación al registro y al Departamento de Desarrollo Urbano para proseguir con los trámites pertinentes.-
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