Resolución N° 2547/06
Nro de Expediente:
2240-017199-06
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
25/7/2006


Tema:
SORTEOS Y RIFAS

Resumen:
Remitir a la Junta Departamental de Montevideo un Proyecto de Decreto facultando a la Intendencia Municipal de Montevideo para permitir, sujeto a las disposiciones vigentes a la Asociación "La Educadora Uruguaya" (Colegio del Sagrado Corazón ex Seminario) la realización de una rifa a partir 1o. de setiembre de 2006.

Montevideo, 25 de Julio de 2006.-
 
        VISTO: la nota presentada por el señor Marcelo Cellerino Serra, y la Esc. Rossana Onetto Rovegno en representación de la Asociación "La Educadora Uruguaya" (Colegio Sagrado Corazón Ex Seminario solicitando a autorización para realizar una rifa;
        RESULTANDO: 1o.) que el producido de la misma se destinará única y exclusivamente a la financiación de la construcción de la piscina techada con vestuarios, baños y gradas, la cual estará ubicada al lado del gimnasio del Colegio;
        2o.) que el Colegio brinda clases de Educación Física que tienen una frecuencia de dos veces por semana para los alumnos desde nivel inicial hasta 1o. de Bachillerato y como ámbito adecuado para el desarrollo de una propuesta integral se espera incorporar la natación que constituye no solo una aspiración del Colegio sino de los padres de los alumnos;
        3o.) que adjuntan la siguiente documentación:
        a) nota suscrita por los representantes de la compareciente, solicitando la iniciación del trámite y dando cuenta de la finalidad del mismo y demás;
        b) certificación notarial acreditante de que la Asociación "La Educadora Uruguaya" es persona jurídica vigente;
        c) autorización del Ministerio de Economía y Finanzas, de fecha 23 de junio de 2006;
        d) fotocopia autenticada de la documentación de los distintos bienes instituidos como premios;
        e) texto y diseño de los cupones de la rifa;
        4o.) que el depósito de garantía de fiel cumplimiento de las obligaciones derivadas de la rifa, proponen sustituirlo por aval bancario del BANCO SANTANDER;
        5o.) que asimismo solicitan autorización para el pago del tributo correspondiente en 2 cuotas iguales y consecutivas con vencimiento a los 60 y 90 días a contar de la fecha del primer sorteo, ofreciendo garantizar los pagos mediante aval bancario del BANCO SANTANDER;
        6o.) que con respecto a la rifa se informa que:
        a) la rifa en cuestión contará con 4 sorteos mensuales y 1 sorteo extra que se efectuará por el sistema de bolillero ante Escribano Público y se publicará en por lo menos un diario capitalino el lugar y fecha de su realización, así como la nómina de ganadores;
        b) se emitirá una sola serie de 6 millares (desde el número 100 hasta el 6999), siendo el precio total de cada número $ 1.800,00, el cual se fraccionará en cuatro cupones, cuyo valor unitario será de $ 450,00;
        c) los números del 100 hasta el 6999 que se emitirán al precio total de $ 1.800,00 cada uno, arrojan un total de $ 10.800,000,00 debiendo abonar por concepto de tasa de autorización en concordancia con las normas vigentes en la materia, la suma de $ 42.694,00, de acuerdo al siguiente detalle:
        TASA DE AUTORIZACION
        6 millares a $ 1.800,00 cada uno $ 10.800.000,00
        5% sobre $ 1.000,00 $ 50,00
        2% sobre $ 2.132,181,00 $ 42.644,00
        _________________
        Total tasa de autorización $ 42.694,00
        d) el costo de los premios a otorgarse mediante la rifa de que se trata, asciende a la cantidad de U$S 89.217,12;
        e) por lo expuesto, los peticionantes deberán depositar por concepto de garantía de fiel cumplimiento de obligaciones el 20% del premencionado valor de los premios, o sea la suma de U$S 17.843,41;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la rifa proyectada no difiere sustancialmente de otras autorizadas anteriormente, encuadrando dentro de las disposiciones del Volumen XIV, Libro Unico del Digesto Municipal, por lo cual estima que la Superioridad puede autorizarla, siendo preceptiva a tales efectos la anuencia de la Junta Departamental de Montevideo, en virtud de que el valor de los premios supera la 20.000 Unidades Reajustables (Art. D. 3.164 del D.M.);
        2o.) que en cuanto al cambio de fecha de los sorteos, depósito de garantía y pago del tributo, corresponde consignar:
        a) el cambio de fecha de realización de los sorteos debe solicitarse con la suficiente antelación a esta Intendencia, quien en consideración a las razones invocadas, decidirá al respecto, debiendo los organizadores en caso de una resolución afirmativa dar amplia publicidad al cambio de fecha operado;
        b) el depósito de garantía podrá sustituirlo por un aval bancario del BANCO SANTANDER por así permitirlo el Art. D. 3.162 del Digesto Municipal;
        c) en lo referente al pago diferido de los tributos con garantía ofrecida, existen antecedentes de rifas autorizadas (Arquitectura, Ciencias Económicas, etc.) en que se admitió tal procedimiento, concediéndose a los organizadores la facilidad de abonar la tasa por autorización en dos cuotas. En virtud de lo expuesto y si la Superioridad estima pertinente resolver en la forma señalada, será necesario a tales efectos la anuencia de la Junta Departamental de Montevideo;
        3o.) que en cuanto a la forma de realización de los sorteos no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado, considerando la necesidad de nombrar por parte de esta Intendencia un representante de la Categoría de Dirección para supervisar la realización de los mismos;
        4o.) que los organizadores deberán cumplir con lo dispuesto por el Art. 18 y 24 del Decreto No. 19.470 de fecha 14 de noviembre de 1979 en la redacción dada por el Decreto No. 26.241 de 16 de diciembre de 1993 y promulgado por resolución No. 283/94 de fecha 24 de enero de 1994 y de todas las obligaciones establecidas en el Decreto No. 19.470 y su modificación por Decreto No. 30.825 de fecha 1o. de julio de 2004 (volumen XIV del Digesto Municipal) en la forma y plazos que se disponen en dichas normas;
        5o.) que la División Administración Fiscal expresa que corresponde redactar un Proyecto de Decreto a someter a consideración de la Junta Departamental de Montevideo, facultando al Ejecutivo Comunal a autorizar la realización de la rifa;
        6o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros entiende que procede proveer de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Remitir a la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
          Artículo 1o.- Autorízase a la Intendencia Municipal de Montevideo para permitir, sujeto a las disposiciones vigentes a la Asociación "La Educadora Uruguaya" (Colegio del Sagrado Corazón ex Seminario) la realización de la rifa que se detalla a obrados y cuyo producido íntegro se destinará a financiar la construcción de la piscina techada con vestuarios, baños y gradas, la cual estará ubicada al lado del gimnasio del Colegio;
          Artículo 2o.- Los interesados emitirán una sola serie de seis millares (desde el número 100 hasta el 6999). El precio total de cada número será de PESOS URUGUAYOS MIL OCHOCIENTOS ($ 1.800,00), suma ésta que se fraccionará en cuatro cupones, cuyo valor unitario será de PESOS URUGUAYOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 450,00) c/u. teniendo las mismas como vencimiento de pago el día inmediato anterior a cada sorteo.-
          Artículo 3o.- Se sortearán los premios que se indican y en las condiciones que se detallan:
          SORTEO EXTRA: A realizarse el día 1o. de setiembre de 2006
          UNICO PREMIO: Un (1) televisor Spica/WNR semiplano 34', un (1) Home Theatre Spica y un (1) DVD deluxe Spica.
          PRIMER SORTEO: A realizarse el día 15 de setiembre de 2006.
          PRIMER PREMIO: Un (1) automóvil Peugeot 206 0Km.
          SEGUNDO PREMIO: Dos (2) excursiones a Roma - Florencia - Venecia.
          TERCER PREMIO: Dos (2) excursiones a Natal.
          CUARTO PREMIO: Una (1) orden de compra en Portones Shopping valor $ 30.000,00.
          QUINTO PREMIO: Un (1) set de computación marca Comstar/Aoc.
          SEXTO PREMIO: Un (1) televisor Spica/WNR semiplano 34´.
          SEPTIMO PREMIO: Un (1) refrigerador GE 340 litros Frío Húmedo.
          OCTAVO PREMIO: Una (1) cocina GE deluxe acero inoxidable.
          NOVENO PREMIO: Un (1) aire acondicionado Split 9000 BTU.
          DECIMO PREMIO: Una (1) cocina GE acero inoxidable.
          Premios a los que se harán acreedores los poseedores de los cupones números 1 cuyas cifras coincidan con los premios 1ero. al 10o. del referido sorteo.
          TERMINACIONES: Tendrán como premio un (1) minicomponente un (1) CD con MP3 WNR todos los números cuyas tres (3) últimas cifras coincidan con las del primer premio del referido sorteo.
          SEGUNDO SORTEO: A realizarse el día 20 de octubre de 2006.
          PRIMER PREMIO: Un (1) automóvil Peugeot 206 0Km.
          SEGUNDO PREMIO: Dos (2) excursiones a Portugal.
          TERCER PREMIO: Dos (2) excursiones a Río de Janeiro.
          CUARTO PREMIO: Una (1) orden de compra en Portones Shopping valor $ 30.000,00.
          QUINTO PREMIO: Una (1) Scooter Winer.
          SEXTO PREMIO: Un (1) refrigerador GE 255 litros Frío Seco.
          SEPTIMO PREMIO: Un (1) lavarropas GE 5 kilos.
          OCTAVO PREMIO: Un (1) televisor Spica/WNR 100% plano 29'
          NOVENO PREMIO: Una (1) cocina GE deluxe acero inoxidable
          DECIMO PREMIO: Un (1) mini sistema Spica con DVD mas Home Theatre Spica.
          Premios a los que se harán acreedores los poseedores de los cupones números 2 cuyas cifras coincidan con los premios 1ero. al 10o. del referido sorteo.
          TERMINACIONES: Tendrán como premio un (1) minicomponente un (1) CD con MP3 WNR todos los números cuyas tres (3) últimas cifras coincidan con las del primer premio del referido sorteo.
          TERCER SORTEO: A realizarse el día 17 de noviembre de 2006.
          PRIMER PREMIO: Un (1) automóvil Peugeot 206 0Km.
          SEGUNDO PREMIO: Dos (2) excursiones a Portugal/España.
          TERCER PREMIO: Dos (2) excursiones a Buzios.
          CUARTO PREMIO: Una (1) orden de compra en Portones Shopping valor $ 30.000,00.
          QUINTO PREMIO: Un (1) televisor Spica/WNR semiplano 34'.
          SEXTO PREMIO: Un (1) freezer GE vertical 251 litros.
          SEPTIMO PREMIO: Una (1) cocina GE deluxe acero inoxidable.
          OCTAVO PREMIO: Un (1) televisor Spica/WNR 100 plano 29'.
          NOVENO PREMIO: Un (1) aire acondicionado Split 9000 BTU.
          DECIMO PREMIO: Un (1) lavarropas IEM 5 kilos.
          Premios a los que se harán acreedores los poseedores de los cupones números 3 cuyas cifras coincidan con los premios 1ero. al 10o. del referido sorteo.
          TERMINACIONES: Tendrán como premio un (1) minicomponente un (1) CD con MP3 WNR todos los números cuyas tres (3) últimas cifras coincidan con las del primer premio del referido sorteo.
          CUARTO SORTEO: A realizarse el día 15 de diciembre de 2006.
          PRIMER PREMIO: Un (1) automóvil Peugeot 206 0Km.
          SEGUNDO PREMIO: Dos (2) excursiones a México/Taxco/Acapulco.
          TERCER PREMIO: Dos (1) excursiones a Maceio.
          CUARTO PREMIO: Una (1) orden de compra en Portones Shoping valor $ 30.000,00.
          QUINTO PREMIO: Un (1) set de computación marca Compstar/Aoc.
          SEXTO PREMIO: Un (1) televisor Konka plano 29'.
          SEPTIMO PREMIO: Un (1) lavarropas GE 5 kilos.
          OCTAVO PREMIO: Un (1) televisor WNR Pure Flat 29'.
          NOVENO PREMIO: Una (1) cocina GE clásica acero inoxidable.
          DECIMO PREMIO: Un (1) mini sistema Spica con DVD mas Home Theatre Spica.
          Premios a los que se harán acreedores los poseedores de los cupones números 4 cuyas cifras coincidan con los premios 1ero. al 10o. del referido sorteo.-
          TERMINACIONES: Tendrán como premio un (1) minicomponente un (1) CD con MP3 WNR todos los números cuyas tres (3) últimas cifras coincidan con las del primer premio del referido sorteo.
          Artículo 4o.- Los premios indicados en los sorteos precedentes se detallarán al dorso de cada boleto.-
          Artículo 5o.- Para participar en los sorteos, los adquirentes deberán tener pagas las respectivas cuotas el día anterior a la fecha de cada sorteo.-
          Artículo 6o.- En caso de no ser abonada algunas de las cuotas dentro de las fechas establecidas el poseedor del número perderá todos los derechos, reservándose la Asociación la posibilidad de su venta para posteriores sorteos.-
          Artículo 7o.- En caso de extravío del cupón que acredita el pago de cuotas correspondientes a un determinado sorteo, el comprador deberá denunciar el hecho en el domicilio constituido por la Asociación, por los menos con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación al sorteo, a efectos de que el mismo pueda dar cuenta a las autoridades pertinentes.-
          Artículo 8o.- Los números que se encuentren con las cuotas correspondientes pagas intervienen en todos los sorteos independientemente del hecho de haber sido o no premiados.-
          Artículo 9o.- Todos los gastos que se originen por la transferencia del premio al beneficiario incluidos los tributos vigentes, serán de cuenta de los organizadores.-
          Artículo 10o.- Los poseedores de los boletos premiados tendrán un plazo de hasta noventa (90) días a contar de la realización de cada sorteo para retirar los premios de acuerdo a las disposiciones vigentes.-
          Artículo 11o.- Dentro de un plazo no mayor de ciento veinte (120) días contados a partir del sorteo que culmine la rifa, en lugar y fecha a convenir entre los organizadores y la Intendencia Municipal, se procederá a efectuar por el sistema de bolilleros y por única vez, el resorteo de todos los premios que por cualquier causa hubieren quedado pendientes de adjudicación y los no retirados en los plazos previstos por poseedores de boletos premiados.-
          Los sorteos y el resorteo se realizarán en presencia de Escribano Público y un funcionario de la Categoría de Dirección del Departamento de Recursos Financieros de la Intendencia Municipal. Los organizadores están obligados a dar amplia publicidad al resorteo a efectuarse con la nómina de premios que se adjudicarán. Efectuado el resorteo, los premios que no hayan resultado adjudicados y los no retirados dentro de los sesenta (60) días por los favorecidos quedarán en propiedad de los organizadores.-
          Artículo 12o.- Los organizadores quedan obligados a incluir en los boletos las condiciones que rigen para los sorteos autorizados.-
          Artículo 13o.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo para permitir que el pago de los tributos que se devenguen por la autorización que se acuerda, se abone en dos (2) cuotas: el cincuenta por ciento (50%) a los sesenta (60) días de efectuado el primer sorteo y el saldo resultante a los noventa (90) días a contar de la misma fecha, como así también aceptar las garantías ofrecidas para el pago de los tributos, consistente en un aval bancario del BANCO SANTANDER.-
          Artículo 14o.- Los organizadores quedan obligados a acreditar fehacientemente ante el Servicio de Ingresos Comerciales, por lo menos con veinticuatro (24) horas de anticipación a la realización de cada sorteo, que han integrado totalmente el precio de compra de los premios ofrecidos.-
          Artículo 15o.- Los organizadores deberán presentar ante el Servicio de Ingresos Comerciales con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación a cada sorteo, un detalle con los números de motor y chasis correspondientes a los vehículos que se entregarán como premios.-
          Artículo 16o.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo para permitir el cambio de fecha de los sorteos que se autorizan en caso de ser solicitado por los organizadores con un mínimo de diez (10) días hábiles de antelación a los mismos.-
          Artículo 17o.- Comuníquese.-
        2o.- Autorizar a la Asociación " La Educadora Uruguaya" (Colegio del Sagrado Corazón ex Seminario) de acuerdo a lo dispuesto en el Digesto Municipal - Volumen XIV a sustituir el depósito de garantía de fiel cumplimiento de obligaciones, consistente en el veinte por ciento (20%) del valor de los premios, por un aval bancario del BANCO SANTANDER.-
        3o.- Pase a la Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de Montevideo.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-