Resolución N° 2589/12
Nro de Expediente:
3008-000148-12
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
25/6/2012


Tema:
CONVENIO

Resumen:
Se aprueba el texto del Convenio de Cooperación a suscribir entre esta Intendencia y la Municipalidad de Rosario (Argentina) relacionado con la elaboración de una Documento sobre Modelos de gestión en áreas centrales degradadas.-

Montevideo, 25 de Junio de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la suscripción de un Convenio de Cooperación, entre esta Intendencia-Municipio C y la Municipalidad de Rosario (Argentina), para la cooperación entre ambas Administraciones, a través de un intercambio activo que aporte a incrementar oportunidades productivas y la dinamización económica de áreas centrales de Montevideo y de Rosario, así como realizar aportes técnico-metodológicos a la elaboración de un documento sobre Modelos de Gestión en áreas centrales degradadas;
        RESULTANDO: 1o.) que por nota de 10 de mayo ppdo., la Directora del Proyecto Revitalización Socio-Urbana URB-AL III, del Municipio C, adjunta el texto del proyecto de convenio a celebrarse , destacando que la Municipalidad de Rosario es uno de los socios del Proyecto "Revitalización socio-urbana y articulación de políticas hacia la integración social en áreas centrales degradadas", que coordina esta Intendencia en el marco del Programa URB-AL;
        2o.) que el 11 de junio del año en curso, el Asesor de la Unidad Asesoría, expresa que no tiene objeciones que formular al proyecto de convenio que se agrega a fs. 1 y 2 de obrados, destacando que deberá consignarse en la resolución a dictar que el documento será suscrito por la Alcaldesa del Municipio C, en representación de esta Intendencia;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Municipio C propicia el dictado de la correspondiente resolución;
        2o.) que de acuerdo con el artículo 16 apartado IV, y el artículo 24 apartado IX del Decreto No. 33.209, de 28 de diciembre de 2009, corresponde a los Gobiernos municipales adoptar las medidas que entienda necesarias para el cumplimiento de sus cometidos municipales, así como realizar convenios con organizaciones e instituciones para la elaboración y gestión de proyectos de interés comunitario en el marco de sus competencias;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el texto del Convenio de Cooperación a suscribir entre esta Intendencia
        y la Municipalidad de Rosario (Argentina), con el objeto de la cooperación a través de un intercambio activo que aporte a incrementar oportunidad productivas y la dinamización económica de áreas centrales de Montevideo y Rosario, de acuerdo con las siguientes cláusulas:
        CONVENIO DE COOPERACIÓN: POR UNA PARTE, La Intendencia de Montevideo, en adelante la IdeM, en su calidad de Coordinadora del Proyecto "Revitalización socio-urbana y articulación de políticas hacia la integración social en áreas centrales degradadas", del Programa URB-AL, representada en este acto por , en su calidad de , con domicilio en Domingo Aramburú No. 1575, de la ciudad de Montevideo, Oficina URB-AL III, POR OTRA PARTE: La Municipalidad de Rosario, en adelante MR, en su calidad de socio del Proyecto "Revitalización socio-urbana y articulación de políticas hacia la integración social en áreas centrales degradadas", representada por , en su calidad de , acuerdan:
        PRIMERO: ANTECEDENTES: 1) el Proyecto "Revitalización socio-urbana y articulación de políticas hacia la integración social en áreas centrales degradadas", fue aprobado por la Comisión Europea en el marco del Programa URB-AL III, contando con una subvención de Euros 1.870.787, No. del contrato: DCI - ALA/19.09.01/2008/19157/161-083/URB-AL III-30. 2) El mismo tiene como objetivo general contribuir a incrementar los niveles de cohesión social y territorial de las áreas centrales degradadas de la ciudades socias latinoamericanas y europeas, mejorando la calidad de vida de sus habitantes. Se orienta a intervenir en el barrio Goes de Montevideo y en el microcentro de la ciudad de Florida con un enfoque multidimensional e intervenciones en diferentes niveles: a) reconversión económica, b) rehabilitación urbana, c) rescate de la identidad local, d) fortalecimiento de la participación ciudadana, 3) el Proyecto cuenta con los siguientes socios que participan en la acción : Municipio de Rosario (Argentina), Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (Bolivia), Lan Ekintza-Bilbao (España), Alcaldía Municipal de San Salvador (El Salvador), Intendencia de Florida (Uruguay), Ayuntamiento de San Cruz de Tenerife (España).
        SEGUNDO: OBJETO: El objeto del presente convenio es la cooperación entre la IdeM y la MR, a través de un intercambio activo que aporte a incrementar las oportunidad productivas y la dinamización económica de áreas centrales de Montevideo y Rosario, así como realizar aportes técnico-metodológicos a la elaboración de un Documento sobre Modelos de Gestión en áreas centrales degradadas.
        TERCERO: ACTIVIDADES: Las actividades a desarrollar por la MR consistirán en: a) la organización en la ciudad de Rosario de un Seminario Taller sobre "La Cooperación Público/Privada como factor de Desarrollo Local", b) elaboración de materiales de difusión y capacitación, c) aporte de experto/s a la elaboración del Documento Metodológico sobre modelos de gestión en áreas centrales degradadas (mínimo 50 páginas).
        CUARTO: DESTINATARIOS: Representantes del Proyecto "Rehabilitación socio-urbana" de Montevideo, Florida y Rosario, actores económicos locales, funcionarios y técnicos de la MR.
        QUINTO: PLAZOS: El plazo establecido para la ejecución del Seminario Taller es el mes de julio de 2012. El plazo para la entrega de los aportes al Documento Metodológico es el mes de octubre de 2012.
        SEXTO: APORTE DE LAS PARTES: Obligaciones de la IdeM: a) efectuar la transferencia de fondos mediante giro bancario a la cuenta que oportunamente informará la MR, la cual totalizará la suma de Euros 17.025,oo (euros diecisiete mil veinticinco) abonándose en una sola partida la cual será pagadera de forma inmediata a la firma del presente convenio. La obligación estipulada estará sujeta y condicionada a la recepción de los fondos de subvención por la IdeM desde la Comisión Europea en tiempo y forma, de conformidad con el contrato de subvención DCI-ALA/19.09.01/2008/19157/161-083/URB-AL III-30, b) garantizar el suministro de la información y apoyo necesario para el cumplimiento de las actividades previstas. Obligaciones de la MR: a) asegurar la participación de los recursos humanos idóneos para la ejecución de la actividad, así como los recursos en instalaciones, equipamiento e infraestructura necesaria.
        SEPTIMO: RENDICIÓN DE CUENTAS: El destino de los fondos transferidos se rendirán a la IdeM de acuerdo a lo establecido en el Anexo II condiciones Generales aplicables a los Contratos de Subvención celebrados en el marco de las Acciones Exteriores de la Comunidad Europea, el cual forma parte del contrato DCI-ALA/19.09.01/2008/19157/161-083/URB-AL III-30 y de este convenio.
        OCTAVO: INCUMPLIMIENTOS: La no realización en tiempo y forma de cualesquiera de las actividades convenidas por motivos atribuibles a la MR dará lugar a que la IdeM disponga de las medidas necesarias para solucionarlas, aportando personal de la propia Administración, u opte por derivar la tarea en terceras personas. Del monto a transferirse se descontará el costo de las actividades no realizadas, todo ello sin perjuicio del derecho de la IdeM en tales circunstancias a dar por rescindido este Convenio.
        NOVENO: COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO: Las partes constituirán una Comisión de Enlace conformada por las personas asignadas a tales efectos en representación de la ciudad coordinadora del Proyecto y en representación e la MR que actuarán como nexo interinstitucional a los efectos de coordinar y monitorear la instrumentación de las actividades acordadas.
        DECIMO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios indicados como suyos en este documento los que las partes constituyen como especiales a todos los efectos derivados del presente Convenio.
        De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2.- La suscripción del Convenio que se trata, estará a cargo de la Alcaldesa del Municipio C, de conformidad con el artículo 16o. apartado IV, y el artículo 24o. apartado IX del Decreto No. 33.209, de 28 de diciembre de 2009.-
        3.- Comuníquese a las Divisiones Asesoría Jurídica, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a los Servicios de Escribanía, de Relaciones Públicas y pase al Municipio C a los fines establecidos en el numeral precedente.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-