VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con las reservas de espacio otorgadas a la Embajada de España;
RESULTANDO: 1º) que por Resoluciones Nos. 117/94 y 4320/10 del 20 de setiembre de 2010 se le concedió reserva de espacio a dicha Embajada para uso exclusivo de la Oficina Económica y Comercial, sobre la calle Paraguay frente al Nº 1368, en una longitud de 20 metros y con carácter de excepción para el Centro de Formación de la Cooperación Española, solo para matrículas SCD y SCC, junto a la acera Sur de la calle 25 de Mayo frente al Nº 522, en una extensión de 25 metros;
2º) que la Unidad Gestión de Estacionamiento informa que: a) esta Intendencia ante el aumento exponencial del parque automotriz y a efectos de fomentar la rotación de vehículos, especialmente en las zonas de alta demanda de estacionamiento se encuentra en proceso de racionalización de espacios de estacionamiento reservado para Misiones Diplomáticas y Organismos Internaciones; b) por lo expuesto y a efectos de conceder las nuevas reservas de espacio de forma interna de acuerdo a la delegación otorgada por el Sr. Intendente, se sugiere dejar sin efectos las mencionadas resoluciones;
3º) que la División Tránsito comparte lo informado por la Unidad actuante;
CONSIDERANDO: que el Departamento de Movilidad entiende pertinente dictar resolución al respecto;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Dejar sin efecto la reserva de espacio concedida por Resolución No. 117/94 a la Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España sobre la calle Paraguay frente al Nº 1368 en una longitud de 20 metros.
2º. Dejar sin efecto la Resolución Nº 4320/10 del 20 de setiembre de 2010 por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.
2º. Comuníquese a la División Tránsito y pase al Servicio Ingeniería de Tránsito.
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