Resolución N° 4407/20
Nro de Expediente:
2020-1001-98-001968
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
09/12/2020


Tema:
VARIOS

Resumen:
SE DISPONE EL PAGO DEL SUBSIDIO AL SEÑOR CHRISTIAN DI CANDIA, EX INTENDENTE DE MONTEVIDEO, POR EL PLAZO DE UN AÑO CONTADO DESDE SU CESE PRODUCIDO EL 26 DE NOVIEMBRE DE 2020, Y POR EL 85% DEL TOTAL DE PARTIDAS DE CARÁCTER SALARIAL DEL CARGO QUE OCUPABA.-

Montevideo, 09 de Diciembre de 2020.-
 

                         VISTO: la solicitud presentada por el señor Christian Di Candia, en su calidad de ex-Intendente de Montevideo, cargo en el que cesó el 26 de noviembre de 2020, tendiente a que se disponga el pago del subsidio dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 15.900, de 21 de octubre de 1987, en la redacción dada por la Ley Nº 16.195, de 16 de julio de 1991;

                         RESULTANDO: que de acuerdo a la citada normativa, los titulares de cargos públicos en virtud de elección directa del Cuerpo Electoral, que no hubieran configurado causal de jubilación anticipada (la que fue derogada por el artículo 16º de la Ley Nº 16.713, de 3 de setiembre de 1995) a la fecha de su desvinculación, tendrán derecho a percibir un subsidio equivalente al 85% del total de haberes del cargo en actividad, durante un período equivalente al triple del que ocuparen aquel y hasta un máximo de un año desde la fecha de cese en el mismo; 

                         CONSIDERANDO: 1o.) que,  en otra oportunidad  la División Asesoría Jurídica en dictamen de 20 de julio de 2005,  informó que corresponde el otorgamiento de dicho subsidio,  por tratarse de un cargo público "en virtud de elección directa del Cuerpo Electoral" (artículo 5º de la Ley Nº 15.900) y no haber configurado causal jubilatoria anticipada con anterioridad a su derogación por la Ley Nº 16.713, de 3 de setiembre de 1995; todo ello conforme asimismo con la Resolución Nº 5773/90, de 13 de diciembre de 1990 (Considerando 12);

2o.) que teniendo en cuenta que el señor Christian Di Candia ocupó el cargo de Intendente de Montevideo con carácter definitivo entre el  10 de abril de 2019 y el 26 de noviembre de 2020, dicha partida deberá ser servida por esta Administración  por el período de un año desde su cese en el cargo de Intendente, consistiendo la misma en el 85% de todos los rubros de carácter salarial correspondientes a dicho cargo; el subsidio estará sujeto a montepío, teniéndose además en cuenta que de acuerdo con lo establecido por la Ley Nº 16.195, el período de su percepción se computará a todos los efectos como tiempo trabajado;

3o.) que, además se destaca que si el señor Christian Di Candia,  durante el período de percepción de dicho subsidio, reingresare a la Administración Pública nacional o departamental en un cargo de cualquier naturaleza, cesará automáticamente el derecho a seguir percibiendo dicha partida;



LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Disponer el pago del subsidio al señor Christian Di Candia, ex Intendente de Montevideo, por el plazo de un año contado desde su cese producido el 26 de noviembre de 2020, y por el 85% del total de partidas de carácter salarial del cargo que ocupaba.-

2º. Comuníquese al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, a la Contaduría General, a la División Administración de Personal, a Tecnología de la Información, a los Servicios Planeamiento y Desarrollo de Gestión Humana, de Liquidación de Haberes, a la Unidad Información de Personal y pase por su orden, a la Oficina Central de la Secretaría General para notificar al señor Christian Di Candia y al Servicio de Recursos Humanos a sus efectos.-

 

 

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-