Resolución N° 2126/03
Nro de Expediente:
4400-001095-03
 
JURIDICO
Fecha de Aprobación:
2/6/2003


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto por el funcionario Sr. Julio Brasil, C.I. N° 1.480.323, contra la Resolución de fecha 13 de marzo de 2003, dictada por la Dirección Administrativa de la División Limpieza.-

Montevideo, 2 de Junio de 2003.-
 
        VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio, interpuestos por el funcionario Sr. Julio Brasil, C.I. N° 1.480.323, contra la Resolución de fecha 13 de marzo de 2003, dictada por la Dirección Administrativa de la División Limpieza;
        RESULTANDO: 1º) que por la misma se aplicó a dicho agente, una suspensión de 10 (diez) días, sin goce de sueldo, por haber actuado en violación de sus deberes funcionales, en aplicación de lo establecido en el Art. 423.2 del Digesto Municipal Vol. III;
        2º) que el impugnante, en lo medular, sostiene que se ha incurrido en error al aplicarle la sanción que resiste, que sus horarios de salida no fueron los indicados y que el procedimiento utilizado para efectuar la comparación con el recorrido realizado por otros móviles resulta dudoso;
        CONSIDERANDO: 1º) que la Dirección Administrativa de la División Limpieza confirmó lo actuado, franqueando la alzada;
        2º) el informe de fecha 19 de mayo de 2003, concluye que el lapso tomado en cuenta y el kilometraje insumido, resultaron claramente excesivos, poniendo en evidencia la plena consumación de la irregularidad constatada, por lo que propicia el mantenimiento de la recurrida;
        3º) que el Departamento Jurídico estima procedente el dictado de resolución en tal

        sentido;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto por el funcionario Sr. Julio Brasil, C.I. N° 1.480.323, contra la Resolución de fecha 13 de marzo de 2003, dictada por la Dirección Administrativa de la División Limpieza.-
        2º.- Pase, por su orden, a los Servicios Central de Inspección General para la notificación correspondiente y de Administración de Recursos Humanos, para su archivo.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General .-