Resolución N° 3882/18
Nro de Expediente:
2017-8971-98-000070
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
27/8/2018


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se aprueba la presentación del escrito cuyo texto recoge la modificación del acuerdo oportunamente alcanzado en el marco de las actuaciones judiciales que se tramitan ante el Juzgado Letrado de Concurso de 2º Turno, autos caratulados: "Hospital Italiano Umberto Primero - Concurso" - IUE 2-42747/2010 en los términos que se indican.-

Montevideo, 27 de Agosto de 2018.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el acuerdo a suscribir entre la Asociación Uruguaya de Peritos (AUPE) en su calidad de síndico concursal y liquidador administrativo de Universal Sociedad de Producción Sanitaria, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el Banco de Previsión Social (BPS), la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL), el Banco de Seguros del Estado (BSE), la Dirección General Impositiva (DGI), la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE) y esta Intendencia, en el marco de las actuaciones judiciales que se tramitan ante el Juzgado Letrado de Concurso de 2º Turnos, autos caratulados: "Hospital Italiano Umberto Primero - Concurso" - IUE 2-42747/2010;
        RESULTANDO: 1o.) que esta Intendencia se presentó en tiempo y forma en el citado Juzgado a solicitar la verificación de los créditos por concepto de Tributos Municipales de los padrones ubicados en Montevideo, propiedad de la concursada, que por decreto 1887/2011 de 27/10/2011 la Sede los tuvo presente;
        2o.) que en el año 2012 el Hospital Italiano, por intermedio del síndico AUPE, enajenó sus bienes muebles e inmuebles a la Sociedad Universal, quien a cambio de ello se obligó a pagar un total de 180 cuotas de 770.206,66 Unidades Indexadas, más el interés compensatorio pactado;
        3o.) que la Sociedad Universal solicita modificar el plan de pagos originario mediante la firma de un nuevo Acuerdo cuyo texto se adjunta y sobre el cual el Servicio de Actividades Contenciosas manifiesta que no tiene objeciones que reparar;
        4o.) que la División Administración de Ingresos y el Departamento de Recursos Financieros remiten las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución y sugieren designar al Director (I) del Servicio de Gestión de Contribuyentes Dr. Fernando Mendá para la suscripción del Acuerdo de referencia;
        CONSIDERANDO: que se entiende pertinente proveer de conformidad;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1. Aprobar la presentación del escrito cuyo texto recoge la modificación del acuerdo oportunamente alcanzado en el marco de las actuaciones judiciales que se tramitan ante el Juzgado Letrado de Concurso de 2º Turno, autos caratulados: "Hospital Italiano Umberto Primero - Concurso" - IUE 2-42747/2010 en los siguientes términos:
        SEÑOR JUEZ LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CONCURSOS DE 2° TURNO:
        ASOCIACIÓN URUGUAYA DE PERITOS (en adelante, “A.U.PE.”), representada por Cr. Gabriel FERREIRA y Dr. Daniel GERMÁN, en su calidad de Síndico Concursal y de Liquidador Administrativo;
        UNIVERSAL SOCIEDAD DE PRODUCCIÓN SANITARIA (en adelante, “UNIVERSAL”), representada por ___________________; MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS (en adelante, “MEF”), representado por ____________________,
        BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL (en adelante, “BPS”), representado por ____________________,
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO (en adelante, “IM”), representada por ________________________,
        ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE USINAS Y TRASMISIONES ELÉCTRICAS (en adelante, “UTE”), representada por_________________,
        ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (en adelante, “ANTEL”), representada por ___________________,
        BANCO DE SEGUROS DEL ESTADO (en adelante, “BSE”), representado por _________________,
        DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA (en adelante, “DGI”), representada por ___________________, y
        OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO (en adelante, “OSE”), representada por _____________, compareciendo en autos caratulados “HOSPITAL ITALIANO UMBERTO PRIMERO - CONCURSO”, I.U.E. 2-42747/2010, al Señor Juez DICEN:
        Que vienen a solicitar la aprobación de la modificación del acuerdo oportunamente alcanzado, únicamente en los términos que seguidamente expresan:
        1.- ANTECEDENTES. En el mes de julio del año 2012, el Hospital Italiano Umberto Primero, representado por A.U.PE. en sus calidades de Síndico Concursal y Liquidador Administrativo enajenó a UNIVERSAL sus bienes muebles e inmuebles, con garantía hipotecaria. Como consecuencia de la referida enajenación, UNIVERSAL se obligó a abonar el precio acordado en ciento ochenta (180) cuotas de 778.206,86 Unidades Indexadas, habiéndose estipulado por concepto de interés compensatorio, la tasa del 3,75% anual sobre el saldo de capital adeudado. Hasta el mes de marzo de 2017, inclusive, UNIVERSAL amortizó por concepto de capital la suma de 41:704.454,52 Unidades Indexadas, y por concepto de intereses compensatorios, la cantidad de 19:777.256,38 Unidades Indexadas.
        2.- UNIVERSAL ha manifestado a los comparecientes encontrarse con dificultades para el pago de las cuotas pactadas en el plazo oportunamente acordado, por lo que ha propuesto una modificación del sistema de pagos inicialmente previsto que implica, únicamente, una modificación de los términos del plazo para la cancelación total de la deuda.
        3.- MODIFICACIÓN DEL ACUERDO. En tal sentido, UNIVERSAL propone y los acreedores comparecientes, que representan el 76% del pasivo quirografario de HOSPITAL ITALIANO UMBERTO PRIMERO, aceptan las siguientes modificaciones:
        3.1.- Conceder a UNIVERSAL una espera en el pago de los intereses oportunamente pactados hasta el mes de febrero de 2018, inclusive. A partir de marzo de 2018, UNIVERSAL se obliga a abonar el 100% de los intereses mensuales sobre el saldo de capital adeudado.
        3.2.- Asimismo, otorgar a UNIVERSAL una espera en el pago del capital correspondiente a los meses de abril de 2017 a setiembre de 2018, inclusive.
        3.3.- Entre los meses de octubre de 2018 y marzo de 2019 inclusive, UNIVERSAL se obliga a abonar el 33,33 % de la cuota mensual de amortización del capital adeudado originalmente prevista (equivalente a 259.142,88 UI) más los intereses que correspondan.
        3.4.- Entre los meses de abril de 2019 y setiembre de 2019 inclusive, UNIVERSAL se obliga a abonar el 66,67 % de la cuota mensual de amortización del capital adeudado originalmente prevista (equivalente a 519.063,98 UI) más los intereses que correspondan.
        3.5.- Entre los meses de octubre de 2019 y enero de 2030 inclusive, UNIVERSAL se obliga a pagar el 100% de la cuota mensual de amortizaciones del capital adeudado originalmente prevista (equivalente a 778.206,86 UI) más los intereses que correspondan.
        3.6.- En el mes de febrero de 2030, UNIVERSAL se obliga a abonar una cuota final de 640.788,25 UI por el saldo adeudado más los intereses que correspondan.
        4.- Los acreedores comparecientes (Ministerio de Economía y Finanzas, Banco de Previsión Social, Intendencia de Montevideo, Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, Administración Nacional de Telecomunicaciones, Banco de Seguros del Estado, Dirección General Impositiva y Obras Sanitarias del Estado), que representan el 76% del pasivo quirografario de HOSPITAL ITALIANO UMBERTO PRIMERO, aceptan la extensión del plazo para el pago de la totalidad de la suma adeudada propuesta por UNIVERSAL, permaneciendo incambiados los términos y demás condiciones del acuerdo oportunamente alcanzado.
        Por lo expuesto, al Señor Juez PIDEN:
        Que, previa puesta de manifiesto por el plazo de diez (10) días hábiles, se apruebe la modificación en el plan de pagos propuesta por UNIVERSAL, en los términos y condiciones indicados en el cuerpo del presente escrito.-
        2. Designar para suscribir en representación de esta Intendencia el escrito que se transcribe en el numeral anterior al Director (I) del Servicio de Gestión de Contribuyentes Dr. Fernando Mendá, CI 1.770.969.-
        3. Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Administración de Ingresos y pase al Servicio de Gestión de Contribuyentes -para notificar al interesado- y demás efectos.-
JUAN CANESSA, Intendente de Montevideo (I).-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-