VISTO: que por Resolución Nº 5541/19 de 2 de diciembre de 2019, se dispuso otorgar en arrendamiento a los cónyuges entre sí en únicas nupcias Sra. Janet Ivonne LLOBET JOHANS y Sr. Oscar Daniel ACOSTA REPETTO el inmueble ubicado en la calle Vilardebo No. 2240, apartamento 030, Padrón No. 85626/030 del Barrio Escuela Militar;
RESULTANDO: 1o.) que con fecha 23 de julio de 2020 se sancionó el Decreto Nº 37499 que modifica el artículo 107 del Decreto Nº 26949 de diciembre de 1995, en la redacción dada por el articulo 1º del Decreto Nº 34809 de 26 de setiembre de 2013;
2o.) que la Sra. Janet Ivonne LLOBET JOHANS y el Sr. Oscar Daniel ACOSTA REPETTO, han acreditado su calidad de ocupantes, de acuerdo a lo previsto por el mencionado Decreto 26.949 de 14 de diciembre de 1995, en la redacción dada por el Decreto No. 37.499 de fecha 23 de julio de 2020;
3o.) que el Servicio de Catastro y Avalúos ha establecido el valor de tasación de la vivienda en UR 605 (unidades reajustables seiscientas cinco);
4o.) que la Sra. Janet Ivonne LLOBET JOHANS y el Sr. Oscar Daniel ACOSTA REPETTO, han prestado su conformidad a la tasación manifestando que abonarán el precio en 120 cuotas iguales, mensuales, siguientes y consecutivas, declarando no ser funcionarios de la Intendencia de Montevideo y no poseer otra vivienda;
CONSIDERANDO: 1º) que en virtud de encontrarse la vivienda en situación de ser escriturada el Servicio de Escribanía informa que correspondería dictar una resolución de venta a favor de la Sra. Janet Ivonne LLOBET JOHANS, titular de la C.I. No. 4.262.876-9 y el Sr. Oscar Daniel ACOSTA REPETTO, titular de la C.I. No. 3.691.508-9;
2º) que la División Asesoría Jurídica informa que procede proveer de conformidad;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Dejar sin efecto la Resolución No. 5541/19 de 2 de diciembre de 2019, por la cual se dispuso otorgar en arrendamiento a los cónyuges entre sí en únicas nupcias Sra. Janet Ivonne LLOBET JOHANS y Sr. Oscar Daniel ACOSTA REPETTO el inmueble ubicado en la calle Vilardebó No. 2240, apartamento 030, Padrón No. 85626/030 del Barrio Escuela Militar.-
2.- Enajenar por título compraventa y modo tradición la vivienda ubicada en la calle Vilardebó No. 2240, apartamento 030, del Barrio Escuela Militar, padrón No. 85626/030 a los cónyuges entre sí en únicas nupcias Sra. Janet Ivonne LLOBET JOHANS titular de la C.I. No. 4.262.876-9 y Sr. Oscar Daniel ACOSTA REPETTO titular de la C.I. No. 3.691.508-9.-
3.- El precio de venta del inmueble se fija en UR 605 (Unidades Reajustables Seiscientas Cinco), pagadero en 120 (cientoveinte) cuotas mensuales, iguales, siguientes y consecutivas, venciendo la primera el último día hábil del mes siguiente de notificada la presente.-
4.- El saldo de precio de la compraventa se garantizará mediante hipoteca.-
5.- Comuníquese a la División Asesoría Jurídica y pase al Servicio de Escribanía a sus efectos.-
|