Resolución N° 1950/18
Nro de Expediente:
2017-4006-98-000104
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
30/4/2018


Tema:
VARIOS

Resumen:
Proyecto de Decreto a la Junta Departamental para Dejar sin efecto el Decreto Nº 31.462 y donar los Padrones Nos. 424.525 al 424.657 a las familias beneficiarias inscriptas en los registros del MVOTMA.-

Montevideo, 30 de Abril de 2018.-
 
        VISTO: que por Decreto Nº 31.462 del 8/IX/05 se facultó a la Intendencia de Montevideo a donar al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) las fracciones Nos. 1 al 7 y la Manzana A del predio empadronado con el Nº 418.512, sito en la Avda. Luis Batlle Berres y Yugoeslavia, en el marco del Convenio suscrito entre ambos organismos el 26/III/99;
        RESULTANDO: 1°) que la División Tierras y Hábitat informa que: a) el plano de fraccionamiento del citado padrón fue registrado por la Dirección Nacional de Catastro el 4/X/10 con el Nº 43.473 y los lotes resultantes fueron empadronados el 9/XII/10 con los Nos. 424.524 al 424.657; b) los habitantes del Complejo Luis Batlle Berres ubicado en el predio de referencia solicitaron el 22/V/12 la regularización, escrituración y adjudicación definitiva de las viviendas de las que a la fecha del pedido dijeron poseer unicamente un Acta de Ocupación; c) el 5/VI/17 la Asesoría Técnica Notarial entiende que la intención original de donar el padrón al MVOTMA es prácticamente inviable o implicaría el esfuerzo de recursos humanos desmedidos para la obtención del objetivo principal que es la transferencia en propiedad de las viviendas a cada uno de los adjudicatarios, por lo que los escribanos de ambos organismos estudiaron la problemática y propusieron proceder a la escrituración conjunta, enajenando esta Intendencia el Terreno y el MVOTMA las construcciones y d) de esta manera se estaría dando cumplimiento al Convenio suscrito en el año 1999;
        2°) que por lo expuesto anteriormente, la citada División sugiere proponer la derogación del Decreto Nº 31462 y la confección de un nuevo Proyecto de Decreto donde se autorice al Intendente de Montevideo a escriturar a los adjudicatarios del referido Complejo Habitacional conjuntamente con el MVOTMA;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica Nº 9515 de 28/10/35, Art. 37, numeral 2º, entiende que corresponde solicitar anuencia al Deliberativo Departamental;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Dejar sin efecto el Decreto Nº 31.462 del 8/IX/05, promulgado por Resolución Nº 4339/05 del 26/IX/05.-
        Artículo 2º.- Facúltase a la Intendencia de Montevideo para donar los Padrones Nos. 424.525 al 424.657, resultado del fraccionamiento del Padrón Nº 415.512 según plano de fraccionamiento registrado por la Dirección Nacional de Catastro el 4/X/10 con el Nº 43.473 a las familias beneficiarias inscriptas en los registros del MVOTMA y que cuentan con Acta de Ocupación y posteriormente proceder a la escrituración conjunta del terreno y las construcciones.-
        Artículo 3°.- Comuníquese.-
        2º.- Comuníquese al Municipio A, al Servicio Centro Comunal Nº 14 y pase al Departamento de Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
OSCAR CURUTCHET, Intendente de Montevideo (I.).-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I.).-