Resolución N° 148/11
Nro de Expediente:
6370-006791-10
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
10/1/2011


Tema:
REASENTAMIENTOS - TASACIONES

Resumen:
Se aprueba la tasación practicada por el Cuerpo de Tasadores y su incremento, en relación con la vivienda ubicada en la calle Etiopía No. 3143, cuya titular es la Sra. Rosa Mary Rosano, que asciende a la suma de U.I. 140.429,71 y se autoriza el pago por la suma mencionada.

Montevideo, 10 de Enero de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento, Etapa IV, Contrato de Préstamo BID Nº 1819/OC-UR;
        RESULTANDO: 1o) que a través del informe suscrito por el Señor Director Profesional del Departamento de Desarrollo Ambiental, Ing. Jorge Alsina (fs. 6 y sigs.) y conformado por el Señor Director General de dicho Departamento, se expresa la necesidad de liberar determinada área comprendida en la zona donde se construyen las obras del Plan de Saneamiento IV, correspondiente al Barrio Casabó Norte y Rincón del Cerro;
        2o) que los presentes obrados refieren a la vivienda ubicada en la calle Etiopía Nº 3143, cuyo titular es la Sra. Rosa Mary Rosano Rossano, quien a fs. 16 optó por adquirir una vivienda usada dentro de las modalidades de reposición aprobada por Resolución Nº 4141/09, de 28 de setiembre de 2009;
        3o) que el Cuerpo de Tasadores, con fecha 26 de noviembre del 2010, documenta la tasación practicada a la vivienda precedentemente citada, así como también la solicitud de incremento, posterior reconsideración y conformidad prestada por el Departamento de Desarrollo Ambiental, ascendiendo a U.I. 140.429,71 (Unidades Indexadas ciento cuarenta mil cuatrocientas veintinueve con 71/100);
        CONSIDERANDO: 1o) que las obras de saneamiento incluidas en la zona de Casabó Norte ya se encuentran en ejecución, resultando imprescindible la disposición de los terrenos donde se emplazarán los servicios;
        2o) que por Nota CSC/CUR – WSA – 263/2010, el Banco Interamericano de Desarrollo presta su aprobación a lo actuado, señalando que dentro del financiamiento se encuentra determinado un monto de dinero destinado al reasentamiento de familias;
        3o) que todo lo actuado por la referida Unidad Ejecutora responde a los contenidos del Contrato de Préstamo antes individualizado como a las disposiciones departamentales aplicables, además de contarse en la especie con la conformidad del BID y de la titular involucrada;
        4o) que la Unidad actuante gestiona la aprobación de la tasación que obra agregada a estas actuaciones, con su incremento y solicita se disponga el pago de la indemnización correspondiente a la titular Rosa Mary Rosano Rossano (Cédula de Identidad Nº 4.394.130-0);
        5o) que con fecha 24 de diciembre de 2010, la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental realizó la imputación SEFI Nº 133.055, por la suma de $ 300.435,32, equivalentes a U.I. 140.429,71, aplicándose la Unidad Indexada al día indicado;
        6o) que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental es de opinión favorable en que se apruebe la tasación practicada y su incremento y se autorice el pago, a efectos de disponer del bien en forma inmediata;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar la tasación practicada por el Cuerpo de Tasadores y su incremento, en relación con la vivienda ubicada en la calle Etiopía Nº 3143, cuya titular es la Sra. Rosa Mary Rosano Rossano, Cédula de Identidad Nº 4.394.130-0, que asciende a la suma de U.I. 140.429,71 (Unidades Indexadas ciento cuarenta mil cuatrocientas veintinueve con 71/100), equivalentes a $ 300.435,32 (Pesos Uruguayos trescientos mil cuatrocientos treinta y cinco con 32/100), por concepto de obtenerse la libre disposición, por reasentamiento familiar, afectado por el


        Plan de Saneamiento – Etapa IV – Contrato de Préstamo BID Nº 1819/OC-UR.-

        2o.-Autorizar el pago por la suma mencionada a favor de la Sra. Rosa Mary Rosano Rossano, en mérito de los conceptos detallados.
        3o.-Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y Planificación, a la División Planificación Territorial y pase por su orden a Contaduría General para el contralor del gasto y a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento a los efectos correspondientes.
PROF. MARIA SARA RIBERO, Intendenta de Montevideo (I.).-
RICARDO PRATO, Secretario General.-