Resolución N° 2260/21
Nro de Expediente:
2020-1030-98-000074
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
21/06/2021


Tema:
CONTRATACIONES

Resumen:
CONTRATACIONES - SE MODIFICA LA CLÁUSULA CUARTA(PRECIO) DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE SERVICIO A SUSCRIBIR CON EL CR. ÁLVARO MARIO INCHAUSPE GONZÁLEZ, APROBADO POR LA RESOLUCIÓN Nº 1756/21, DE 10/5/2, EN LA FORMA QUE SE ESTABLECE.-

Montevideo, 21 de Junio de 2021.-
 

                         VISTO: que por Resolución Nº 1756/21, de 10/05/21, se aprobó el contrato de arrendamiento de servicios a suscribir entre esta Intendencia y el Cr. Álvaro Mario Inchauspe González;

                         RESULTANDO: 1o.) que la División Relaciones Internacionales y Cooperación solicita modificar la cláusula cuarta  (precio) del referido contrato estableciendo que donde dice: "...El precio se fija en$ 80.000,oo (ochenta mil pesos uruguayos) mensuales a la fecha de la presente resolución..." debe decir: "...El precio se fija en $ 80.000,oo (ochenta mil pesos uruguayos) mensuales a partir del 01 de enero de 2021...";

2o.) que el 7/6/21 se efectuó la solicitud de preventiva SEFI No. 238913 por la suma de $ 33.081,oo por concepto de complemento;

                         CONSIDERANDO: 1o.) que se entiende pertinente dictar resolución en el sentido solicitado;

                                                         2o.) que a los efectos de la firma de la modificación del contrato se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280 de la Constitución de la República;


LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Modificar la cláusula cuarta (precio) del contrato de arrendamiento de servicio a suscribir entre esta Intendencia y el Cr. Álvaro Mario Inchauspe González, aprobado por la Resolución Nº 1756/21, de 10/5/21, la que quedará redactada de la siguiente forma: 

"CUARTO (Precio): El precio se fija en $ 80.000,oo (pesos uruguayos ochenta mil con 00/100) mensuales a partir del 1º de enero de 2021 que se ajustará en su monto en la misma oportunidad y condiciones que las remuneraciones del personal de la IdeM, más monto del impuesto al valor agregado (IVA), pagaderos dentro de los diez primeros días hábiles de cada mes calendario, con la conformidad de la Dirección de la División Relaciones Internacionales y Cooperación. A esos efectos el arrendador deberá presentar las facturas o notas de cobro correspondientes ante la citada repartición, una vez vencido el mes de que se trate".-

2.- Establecer que la erogación de $ 33.081,oo (pesos uruguayos treinta y tres mil ochenta y uno con 00/100) será atendida con cargo a la solicitud SEFI No. 238913 de 7/6/21.-

3.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Secretaría General la suscripción de la modificación del contrato de arrendamiento de servicios que se aprueba por el numeral 1º de la presente resolución.-

4.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Relaciones Internacionales y Cooperación y pase por su orden a la Contaduría General y a los Servicios de Escribanía y Relaciones Públicas para coordinar la formalización del contrato de arrendamiento de servicios que se aprueba.-

 

 

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-