Resolución N° 856/16
Nro de Expediente:
8013-000018-16
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
3/3/2016


Tema:
CONVENIO DE COOPERACION

Resumen:
Aprobar las cláusulas del convenio de cooperación a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Región Basilicata - Centro de Lucanos del Mundo - Nino Calice, cuyo objeto es coordinar acciones a fin de promover y realizar iniciativas capaces de promover investigaciones sobre la inmigración lucana en la región.-

Montevideo, 3 de Marzo de 2016.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el convenio de cooperación a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Región Basilicata - Centro de Lucanos del Mundo - Nino Calice, con sede en Potenza, Basilicata;
      RESULTANDO: 1o.) que el objeto del referido convenio es coordinar acciones a fin de promover y realizar conjuntamente iniciativas capaces de promover investigaciones sobre la inmigración lucana en la región, con énfasis en Uruguay priorizando la salvaguardia del patrimonio de la inmigración lucana;
      2o.) que a tales efectos se eleva a consideración un proyecto de convenio luciente de fs. 2 a 4, al cual la Abogada del Departamento de Cultura y la Unidad Asesoría le realizan algunas observaciones que se recogen en el texto definitivo que se eleva para su aprobación;
      3o.) que la División Artes y Ciencias manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: que el Departamento de Cultura entiende pertinente proveer de conformidad;
      EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1.- Aprobar las cláusulas del convenio de cooperación a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y Región Basilicata - Centro de Lucanos del Mundo - Nino Calice, en los siguientes términos:
      CONVENIO DE COOPERACIÓN: En Montevideo, el.......................de febrero de 2016, comparecen POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo (en adelante IdeM), RUT 211763350018, representada por...................................con domicilio a estos efectos en 18 de Julio 1360, Montevideo; Y POR OTRA PARTE: Región Basilicata- Centro de Lucanos en el Mundo- Nino Calice, con sede en Via Vincenzo Verrastro 4, Potenza, Basilicata, en adelante Región Basilicata, representada por …………….., en su calidad de.................., constituyendo domicilio a estos efectos en .........................quienes convienen en celebrar el siguiente convenio de cooperación;
      PRIMERO: ANTECEDENTES: A) La REGIÓN BASILICATA a través de su Centro de Lucanos en el Mundo con sede en Potenza, Basilicata, Italia, ha dado vida a una serie de iniciativas tendientes a promover el conocimiento y el estudio del fenómeno de la inmigración lucana en el mundo y que en este contexto aquella registrada en Argentina y Uruguay son las más consistentes en cuanto a presencia de emigrados de primera, segunda y tercera generación. B) En esta perspectiva, se considera importante desarrollar un contexto de colaboraciones con las instituciones, los entes locales y los institutos culturales italianos en el mundo, destinados a mejorar la oferta de servicios, a mejorar el patrimonio histórico referidos al mundo de la migración y a promover la memoria entre el público, también con la finalidad de constituir una cultura de acogida y cohesión social. C) Que tales colaboraciones sean particularmente importantes en los ámbitos identificativos de nuestra ciudad y país, tales como la historia y la cultura de las migraciones, que por muchos medios han generado la realidad italiana tal como se presenta hoy. D) Que la Región Basilicata se ha dado vida a la constitución del Centro de Lucanos en el Mundo y a la realización del Museo de la Emigración Lucana en la prestigiosa sede del Castillo de Lagopesole. E) Que tales Instituciones, el buen funcionamiento y la diferencia de tales estructuras representan un objetivo esencial para las políticas regionales en el fenómeno de la emigración italiana y lucana. F) Que estas Instituciones pretenden perseguir, entre otros, el objetivo de desarrollar la investigación y la salvaguardia de los testimonios orales, materiales, documentarios, iconográficos así como las técnicas relativas a la historia de la emigración lucana, fuertemente relacionada en su desarrollo a la del Museo y su recorrida científica y expositiva dirigidas al estudio de la temática de las motivaciones, partidas y del viaje en la historia de la emigración en Italia. G) Que el Centro de Lucanos en el Mundo- Nino Calice, nacido por voluntad de la Región Basilicata y proponiéndose estudiar los problemas de la emigración, tiene por núcleo inicial la exposición permanente en Lagopesole en la sede del Castillo Federiciano. H) Que el Centro de Lucanos en el Mundo- Nino Calice tiene como objetivo el estudio y la valorización de todos los aspectos ligados al fenómeno de la emigración y las problemáticas de la actual inmigración, desarrollando a tal fin colaboraciones para estudio e investigación con entes, asociaciones e institutos culturales en Italia y en el exterior , con la finalidad de la difusión del estudio y del conocimiento del fenómeno. I) Que es interés de la Región y de las Instituciones, la valorización de los documentos, de los manuscritos, de la iconografía en contextos expositivos actualizados y dotados de las más avanzadas tecnologías de reproducción y de presentación al público, y en esto existe una convergencia de intereses entre la estructura de Lagopesole y el MUMI.
      SEGUNDO: OBJETO: Es de interés de ambas partes coordinar acciones a fin de promover y realizar conjuntamente iniciativas capaces de promover investigaciones sobre la inmigración lucana en la región, con énfasis en Uruguay, priorizando la salvaguardia del patrimonio de la inmigración lucana.
      TERCERO: ACCIONES: Las partes, sujeto a la disponibilidad de recursos y a fin de dar cumplimiento al objetivo del presente convenio, se comprometen a desarrollar acciones especialmente dirigidas, pero no limitadas a las siguientes áreas:
      - la salvaguardia, la conservación, la exposición de los patrimonios técnicos, materiales, bibliográficos e iconográficos sobre el mundo de la emigración;
      - la proyección, la realización y la promoción de actividades conjuntas, en particular dirigidas a las jóvenes generaciones, dirigidos al conocimiento de la emigración y a su valorización;
      - la colaboración continuativa entre el Centro de Lucanos en el Mundo- Nino Calice y el MUMI en el intercambio de documentación e iconografía, como de solicitud de tecnología y de elementos aplicables a la museografía;
      - el desarrollo de políticas coordinadas de estudio, investigación, de colaboración en el ámbito de los Museos e Institutos activos sobre la emigración en Italia y en el Mundo, promovida por el Ministerio de Relaciones Exteriores
      - Promoción a cargo de la Región Basilicata y de la Institución MUMI de una red nacional de los museos de la emigración italiana, cual sujeto de memoria histórica activa de la identidad migrante lucana Uruguay y Sudamérica con la realización de iniciativas específicas y destinadas al mejor conocimiento de tales problemáticas;
      CUARTO: PLAN DE TRABAJO: Para la ejecución del presente acuerdo, las partes están de acuerdo en elaborar de manera conjunta un Plan de Trabajo, que contenga los elementos específicos respecto de cada uno de los temas de interés; para ello, nombrarán un responsable encargado del seguimiento ante las instancias designadas.
      QUINTO: ACUERDOS COMPLEMENTARIOS: Los proyectos y demás actividades que tuvieren por objeto el cumplimiento de los cometidos previstos en este acuerdo serán objeto de acuerdos complementarios y/o específicos, en los que se explicitarán los derechos y obligaciones que a su respecto correspondan a las partes intervinientes, deslindándose las responsabilidades que correspondan.
      SEXTO: PROPIEDAD INTELECTUAL: Si como resultado de las acciones de cooperación desarrolladas de conformidad con el presente acuerdo se generaran productos de valor comercial y/o derechos de propiedad intelectual, éstos se regirán por la legislación nacional aplicable en la materia.
      SÉPTIMO: PLAZO: El presente acuerdo tendrá una vigencia de un año contado a partir de su suscripción, prorrogándose automáticamente por períodos iguales, salvo que alguna de las partes comunique su voluntad en contrario con 30 días anticipación , por lo menos, al vencimiento. Ĺos proyectos, o actividades que al vencimiento se hallaren en proceso de ejecución, se ejecutarán y culminarán conforme fueran previstos.
      OCTAVO: DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales en los indicados como propios en la comparecencia
      NOVENO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diere certeza de su realización.
      DÉCIMO: RATIFICACIÓN: Las partes acuerdan que el presente convenio deberá ser ratificado por la Junta Regional de Basilicata en forma previa a su ejecución.
      DÉCIMO PRIMERO: JURISDICCIÓN COMPETENTE: En caso de controversia en la aplicación y/o ejecución de este convenio, se establece la jurisdicción de los Tribunales Judiciales de la República Oriental del Uruguay.
      DÉCIMO SEGUNDO: REPRESENTACIÓN: La Región Basilicata acredita la representación invocada según Resolución de la Junta Regional firmada por el Presidente de la Región Basilicata Dott. Marcello Pitella el cual se adjunta de fs.10 a 14.
      Y en prueba de conformidad, se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite, siendo dicho textos igualmente auténticos.
      2.-Delegar la firma del presente convenio de cooperación en la Directora General del Departamento de Cultura.-
      3.-Comuníquese al Departamento de Secretaría General; a las Divisiones Artes y Ciencias, Asesoría Jurídica, Información y Comunicación; al Servicio de Escribanía y pase - por su orden- a la Oficina Central del Departamento de Cultura para la suscripción del convenio de cooperación y a la Unidad Museo de







      la Migraciones, a sus efectos.
OSCAR CURUTCHET, Intendente de Montevideo (I).-
CHRISTIAN DI CANDIA, Secretario General (I).-