Resolución N° 1914/12
Nro de Expediente:
6401-000837-11
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
14/5/2012


Tema:
ESTUDIO DE IMPACTO

Resumen:
Permitir desde el punto de vista urbanístico, exceder el F.O.S. hasta el 17 % y el F.I.S. hasta el 24,4 %, y ocupar, en carácter de tolerancia simple, el retiro frontal y perimetral en las condiciones actuales, y aprobar el Estudio de Impacto Territorial para los padrones Nos. 419166 y 25720, con destino elaboración de productos alimenticios (fábrica de alfajores, budines, galletitas, pan dulce), ubicados con frente a la calle Susana Pintos Nº 3086, entre Camino Maldonado y Felipe Cardoso, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 9, Municipio F.-

Montevideo, 14 de Mayo de 2012.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de aprobación del Estudio de Impacto Territorial, para el emprendimiento con destino elaboración de productos alimenticios (fábrica de alfajores, budines, galletitas, pan dulce), en los predios empadronados con los Nos. 419166 y 25720, ubicados con frente a la calle Susana Pintos Nº 3086, entre Camino Maldonado y Felipe Cardoso, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 9, Municipio F;
          RESULTANDO: que la Comisión de Evaluación de Impacto informa que:
          a) tanto el F.O.S como el F.I.S propuesto exceden los valores establecidos por Norma, particularmente en el área máxima admitida, aunque no tanto en porcentaje;
          b) no obstante al haber incorporado el predio empadronado con el Nº 25720, se abaten los parámetros excedidos, por lo tanto se entiende como condición a exigir, que el emprendimiento cuente con ambos padrones, dado que el área resultante atenúa el incremento tanto del F.O.S. como del F.I.S., incluso en el entendido que las actividades se concentren en el padrón Nº 419166;
          c) en la etapa actual el crecimiento propuesto persigue ampliar la capacidad de logística, con un leve crecimiento del sector de administración, que alcanza los 100 m2;
          d) en el área de crecimiento se propone un depósito - expedición de 5000 m2, lo que implica desviar una cañada existente, que es afluente del arroyo Chacarita de los Padres;
          e) respecto de la amortiguación de pluviales, realizado un recalculo de las áreas, se llega a la conclusión que el caudal admisible y el resultante del proyecto presentado no tienen variaciones significativas, por lo que sería admisible la solución propuesta; en este caso también se ha considerado el área total como la resultante de la suma de ambos predios, por lo que sería admisible la solución propuesta si y sólo si se considera el área total, es decir 87.177 m2;
          f) la calle Susana Pintos, donde se localiza el emprendimiento, es el único acceso y es considerada un conector de caracter transversal de alcance local, ya que conecta Camino Maldonado y Camino Carrasco a través de Camino Felipe Cardoso;
          g) se trata de una vía de conexión que no cuenta con un perfil adecuado que pudiese albergar el transporte de carga y peatones, las características son propias del tipo rural, es decir, carpeta asfáltica, sin veredas y con estrechas banquinas de balasto;
          h) algunos trabajadores se han relocalizado cerca de la empresa, siendo deseable que los mismos se ubiquen en situaciones formales y no que esto implique aumentar asentamientos irregulares en las cercanías;
          i) no se advierte que hayan surgido otros comercios o implantaciones que deriven del emprendimiento, considerando esta situación como beneficiosa, en el entendido que no se ha generado una sinergia que haya modificado las condiciones iniciales;
          j) el predio se encuentra en Zonificación Primaria: Suelo Rural, Zonificación Secundaria: Usos Mixtos, Zonificación Terciaria: Rural alrededores de Carlomagno;
          k) las actividades desarrolladas por el emprendimiento se encuadran dentro de lo previsto en el Plan Montevideo (P.O.T.), en lo referente al destino solicitado, la dinámica propuesta a nivel de tránsito, las condiciones paisajísticas incorporadas, condiciones con el entorno urbano, etc.;
          l) respecto al tratamiento de las áreas afectadas por retiros, se reconocen sectores ocupados por pavimento, tanto para circulación de camiones, así como también para estacionamiento de vehículos;
          m) dicha ocupación es parcial y se considera que las condiciones de la misma no afectan de manera grave al entorno, por lo que podrían admitirse;
          n) por todo lo anteriormente expuesto, podría autorizarse la presente solicitud de Estudio de Impacto Territorial para el emprendimiento con destino elaboración de productos alimenticios, fábrica de alfajores, en los predios empadronados con los Nos. 419166 y 25720, con las condiciones detallas en el informe de esta Comisión;
          CONSIDERANDO: 1º) que la Dirección de la División Planificación Territorial comparte lo informado precedentemente;
          2º) que la Dirección General del Departamento de Planificación estima conveniente se dicte Resolución al respecto;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:

          1º. Permitir desde el punto de vista urbanístico, exceder el F.O.S. hasta el 17 % y el F.I.S. hasta el 24,4 %, y ocupar, en carácter de tolerancia simple, el retiro frontal y perimetral en las condiciones actuales de acuerdo a los gráficos adjuntos al expediente Nº 6401-000837-11, no permitiéndose incrementar el área de uso en dichos retiros.-
          2º. Establecer que los padrones Nos. 419166 y 25720 deberán fusionarse, ya que la presente autorización interpreta el emprendimiento como una unidad, considerando el área resultante como la suma de ambos predios.-
          3º. Establecer un plazo de un año a partir de la fecha de aprobación de la presente, a los efectos de concretar la fusión mencionada en el numeral anterior.-
          4º. Aprobar el Estudio de Impacto Territorial para los padrones Nos. 419166 y 25720, con un área total (fusionados) de 87177 m2, área edificada en planta baja 9663 m2, área a edificar en planta baja 5100 m2, área edificada en planta alta 1197 m2, área total propuesta 15960 m2, área pavimentada 6500 m2, ubicados con frente a la calle Susana Pintos Nº 3086, entre Camino Maldonado y Felipe Cardoso, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 9, Municipio F.-
          5º. Condicionar la presente autorización a:
          a) destino: elaboración de productos alimenticios - fábrica de alfajores;
          b) construír la vereda correspondiente al frente del predio, en las condiciones determinadas por el Servicio competente de esta Intendencia;
          c) que se deberá cumplir con toda la normativa específica;
          d) que las cenizas, polvos, olores, ruidos, gases, materiales de desecho, vibraciones, etc., provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio, deberán eliminarse o limitarse al propio establecimiento;
          e) que todas las actividades de carga y descarga será interna dentro del predio, sin perturbar el tránsito vehicular ni peatonal;
          f) que los residuos sólidos y líquidos se tratarán y eliminarán de forma tal, que no creen focos de insalubridad, de acuerdo a lo que establecen las oficinas competentes en materia de desagües industriales;
          g) que las condiciones de implantación del galpón de 5000 m2, respecto al desvío de cañada y amortiguación de pluviales debe restringirse al estudio presentado y aprobado por el Servicio de Estudios y Proyectos de Saneamiento;
          h) que se obtenga el certificado de la Dirección Nacional de Bomberos;
          i) que se deberá ajustar a la normativa vigente en Materia Ambiental, tanto a nivel Nacional como Departamental;
          j) que se deberá ajustar a lo dispuesto por Resoluciones Nº 1260/08 del 31 de marzo de 2008 y Nº 2488/09 del 22 de junio de 2009 que reglamentan la circulación de transporte de carga en el Departamento, en el marco del Plan de Movilidad.-
          6º. Establecer que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del Permiso de Construcción ante el Servicio de Contralor de la Edificación.-
          7º. Comuníquese a los Departamentos de Movilidad, Desarrollo Ambiental y de Acondicionamiento Urbano, al Municipio F; a las Divisiones Vialidad y Planificación Territorial; a los Servicios de Estudios y Proyectos de Saneamiento y C.C.Z. Nº 9; a la Unidad del Plan de Ordenamiento Territorial y pase a la Oficina Central del Departamento de Planificación.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-