Resolución N° 434/99
Nro de Expediente:
52229
 
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
Fecha de Aprobación:
1/2/1999


Tema:
SUMARIOS

Resumen:
Se da por concluido el dispuesto por Resolución No. 4463/98 de 3 de noviembre de 1998; se solicita venia a la Junta Departamental de Montevideo para la destitución del funcionario Sr. Julio Cesar Hernández y otro.

Montevideo, 1 de Febrero de 1999.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el sumario administrativo dispuesto por Resolución N° 4463/98 de fecha 3 de noviembre de 1998, a los funcionarios Sres. Julio César Hernández, C.I. 1.318.364; Mario Cabrioto, C.I. N° 1.496.361-8 y Juan Carlos Martínez, C.I. N° 1.085.052-6, quienes revistan en el Servicio de Recolección de Residuos (Cantón N° 2), del Departamento de Desarrollo Ambiental;
        RESULTANDO: 1°) que la instrucción fue llevada a cabo debido a que los nombrados, tripulando la Unidad N° 1413, perteneciente al mencionado Servicio, el día 19 de octubre de 1998, en la intersección de Cno Tomkinson y Cno de las Chimeneas, colisionaron con una motocicleta cuyo conductor perdió la vida;
        2°) que en la instrucción quedó probado que el funcionario Sr. Julio César Hernández, que conducía el vehículo en la oportunidad lo utilizó sin autorización superior, en ocasión de realizar una inspección que no se le había ordenado. Por otra parte quedó asimismo acreditado que había ingerido alcohol en horas de labor y fue procesado por el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 20° Turno, por Auto N° 808 de fecha 30 de octubre de 1998, bajo la imputación de "Homicidio Culpable";
        3°) que surge probado que el funcionario Sr. Mario Cabrioto permitió que se le llevara a su casa en el camión de marras, "... como otras veces ...", sin haber solicitado autorización alguna y que ingirió bebidas alcohólicas en horario de trabajo en la oportunidad;
        4°) que surge de la indagatoria, que el Capataz, Sr. Juan Carlos Martínez, no estaba a bordo de la unidad siniestrada cuando ocurrió el hecho, como debía estarlo, aunque en su descargo adujo haberse ausentado por enfermedad de una sobrina, situación que no informó al jerarca que correspondía;
        CONSIDERANDO: 1°) que la instrucción se llevó a cabo, con suspensión preventiva y retención del 50 % de haberes a los nombrados agentes, habiéndose cumplido la ampliación solicitada por el funcionario Hernández y los términos de manifiesto y vista, ante los cuales no se presentaron descargos;
        2º) que el informe de fs. 82 a 84, entiende que los agentes Sres. Julio César Hernández y Mario Cabrioto, han visto comprometida gravemente su responsabilidad administrativa al haber incurrido en falta gravísima y que el Capataz Sr. Juan Carlos Martínez ha incurrido en "falta leve", aunque agravada por su condición de jerarquía;
        3°) que la División Jurídica estima que el funcionario Hernández incurrió en falta encartada en lo dispuesto por el Art. R. 423.4 Lits. “a" , "c" y "h" del Digesto Municipal Vol. III y el funcionario Cabrioto, en violación del Art. R. 423.4 Lits. "a" y "c" del citado Digesto por lo cual respecto de los mismos se recomienda la destitución y en lo relativo a la conducta asumida por el funcionario Martínez, entiende que se encuadra en "falta leve" con agravante, encartada en lo dispuesto por el Art. R. 423.2 Lit. "J" del citado texto, por lo que debería ser sancionado con suspensión por el término de un mes;
        4°) que por los motivos apuntados se propicia la conclusión del sumario incoado, la solicitud de venia a la Junta Departamental de Montevideo para destituir a los nombrados agentes por la causal de omisión, y la aplicación de la sanción propuesta al funcionario Martínez;
        5º) que conteste con lo expresado la Dirección General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales estima que debe dictarse resolución en el sentido que se expresa;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Dar por concluido el sumario administrativo dispuesto por Resolución N° 4463/98 de fecha 3 de noviembre de 1998.-
        2º.- Solicitar a la Junta Departamental de Montevideo, la anuencia correspondiente para proceder a la destitución de los funcionarios Sres. Julio César Hernández, C.I. 1.318.364 y Mario Cabrioto, C.I. N° 1.496.361-8, por la causal de omisión.-
        3°.- Sancionar con un 1 (un) mes de suspensión sin goce de sueldo, al funcionario Juan Carlos Martínez, C.I. No. 1.085.052-6.-
      4°.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y Desarrollo Ambiental; al Servicio de Contabilidad General; a los Servicios de Liquidación de Haberes y Administración de Recursos Humanos; a las Unidades Auditoría de Personal, Empleos y Valoración de Puestos; y pase a la Secretaría General para su remisión, sin más trámite, a la Junta Departamental de Montevideo.-
SR. ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal (I.).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-