Resolución N° 3288/05
Nro de Expediente:
4112-003535-04
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
19/7/2005


Tema:
TRAMITE PREVIO

Resumen:
Autorizar carácter temporal, regularización viabilidad uso depósito mercadería desaduanada, Pablo Zufriategui Nº 924, Lucefyl S.A..-

Montevideo, 19 de Julio de 2005.-
 
        VISTO: que Lucefyl S.A. solicita autorización para regularizar el establecimiento destinado a depósito de mercadería desaduanada, ubicado en los predios empadronados con los Nos. 143.826, 143.833, 143.834 y 143.835, sito con frente a la calle Pablo Zufriategui Nº 924;
        RESULTANDO: 1º) que se declara un área edificada de 5.159 m2, sobre una superficie de predio de 5.032 m2;
        2º) que se gestionó Estudio de Impacto de Tránsito, autorizada el 7/VIII/03;
        3º) que la Comisión Especial Permanente del Prado expresa, que puede aprobarse la presente gestión de trámite en consulta para la viabilidad de uso;
        4º) que la Junta Local de la Zona Nº 16 informa que puede autorizar la regularización con carácter precario y revocable, por un período de 4 años, condicionado a: a) el uso exclusivo del local como depósito de mercaderías; b) respetar la operativa de ingreso de vehículos declarada por los peticionantes; c) que se ajusten a los productos declarados, con prohibición de acopiar productos químicos tóxicos y d) conservar en buenas condiciones la reja de ingreso ubicada sobre la calle Pablo Zufriategui, dado su valor patrimonial, por formar parte de la ex quinta del Gral. Manuel Oribe, debiendo señalizarse la misma, en acuerdo con la Comisión Especial Permanente del Prado, lo que será de cargo del peticionante;
        5º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que la escala edilicia supera la máxima reglamentaria (Art. D.322 del Decreto Nº 29.118) y propicia condicionar su autorización de acuerdo con lo informado a fs. 26 y 30 vta. de estas actuaciones;
        6º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que, en atención a los informes favorables, puede accederse a lo solicitado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar con carácter temporal, la regularización de la viabilidad de uso del establecimiento destinado a depósito de mercadería desaduanada, ubicado en el predio empadronado con los Nos. 143.826, 143.833, 143.834 y 143.835, sito con frente a la calle Pablo Zufriategui Nº 924, propiedad de Lucefyl S.A., condicionado a que:
        a) todos los inconvenientes provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio, deberán eliminarse o limitarse al propio local;
        b) todas las operaciones de carga y descarga de mercaderías, deberán realizarse dentro del predio y sin perturbar el tránsito vehicular ni peatonal;
        c) se obtenga el certificado de la Dirección Nacional de Bomberos;
        d) no se produzcan ampliaciones de ningún tipo del establecimiento que modifiquen las actuales características;
        e) no se trabaje fuera de la jornada declarada de 8:00 a 18:00 horas;
        f) el interesado deberá presentar dentro de un plazo de tres meses la correspondiente habilitación y retirar el duplicado de este trámite;
        g) el período de vigencia de la habilitación no superará el plazo de vigencia de la presente viabilidad de usos;
        h) el uso exclusivo del local sea depósito de mercaderías;
        i) se deberá respetar la operativa de ingreso de vehículos declarada por los peticionantes;
        j) que se ajusten a los productos declarados, con prohibición de acopiar productos químicos tóxicos y
        k) conservar en buenas condiciones la reja de ingreso ubicada sobre la calle Pablo Zufriategui.-
        2º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 16 y a la Comisión Especial Permanente del Prado y pase al Servicio de



        Contralor de la Edificación.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-