Resolución N° 2520/18
Nro de Expediente:
2018-8008-98-000036
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
4/6/2018


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aprobar el Memorando de Entendimiento y Programa Conjunto entre la Intendencia de Montevideo (Uruguay) y la Fundación El Libro (Argentina) para la colaboración en la promoción de la cultura de Uruguay en la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires 2018.-

Montevideo, 4 de Junio de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la aprobación del Memorando de Entendimiento y Programa Conjunto entre la Intendencia de Montevideo (Uruguay) y la Fundación El Libro (Argentina);
        RESULTANDO: 1o.) que el objeto del presente memorando es establecer las bases y criterios sobre los cuales los firmantes realizarán acciones conjuntas de colaboración en las siguientes áreas de interés mutuo a fin de alcanzar sus objetivos comunes, entre los que figuran los siguientes:
        a) Que la ciudad de Montevideo será la Ciudad Invitada de Honor en la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires de 2018;
        b) Las partes coordinarán conjuntamente el proyecto de difusión del libro y del resto de la cultura vinculada a Montevideo, Uruguay, denominado: Montevideo Ciudad Abierta;
        c) El objetivo será difundir y promover la cultura de la ciudad de Montevideo y de Uruguay en la República Argentina. Las actividades realizadas en esta feria tendrán como eje central la promoción y difusión de la literatura y la cultura y el apoyo de la mutua comercialización de sus libros, además de las actividades artísticas;
        2o.) que a tales efectos la División Artes y Ciencias envía a consideración un proyecto, el cual fue sometido al control jurídico formal de la Unidad Asesoría;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General
        del Departamento de Cultura entiende pertinente proveer de conformidad;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Convalidar lo actuado y aprobar las cláusulas del Memorando de Entendimiento y Programa Conjunto entre la Intendencia de Montevideo (Uruguay) y la Fundación El Libro (Argentina), en los siguientes términos:
        Memorando de Entendimiento y Programa Conjunto entre la Intendencia de Montevideo (Uruguay) y la Fundación El Libro (Argentina) para la colaboración en la promoción de la cultura de Uruguay en la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires 2018: Buenos Aires / Montevideo, ....................... de 2018. Comparecen: Por la Ciudad Invitada: Montevideo (Intendencia de Montevideo, en adelante IdeM) representada por ....... con domicilio en 18 de Julio 1360 de esta ciudad y Por parte de la Fundación El Libro: ....... en su calidad de .........., con domicilio en Hipólito Yrigoyen 1628, 5° piso, (C1089AAF), de la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, designado mediante Reunión Ordinaria del día 18/12/2014 según acta registrada en la página 33 del libro de actas rubricado el día 03/12/2014 bajo el número de rúbrica 79679-14, que interviene en este acto por cuenta y representación de la Fundación El Libro así como de la restante normativa de aplicación.
        Y, en consecuencia, reconociéndose mutua y recíprocamente ambas entidades intervinientes plena legitimación, capacidad y adecuada representación para acordar lo que a sus respectivas mandantes les resulta de interés para el ajustado desarrollo de sus competencias y funciones,
        EXPONEN: Que Montevideo ha preparado un programa de difusión cultural de dicha ciudad y del Uruguay a partir de la figura emblemática de la ciudad de Montevideo como parte de su actividad de promoción del libro y la cultura de Uruguay en la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires (Argentina) y en sus Jornadas de Profesionales, en su edición de 2018, con sus organizadores, la Fundación El Libro (en lo sucesivo denominado “Programa Conjunto”). Que las partes han acordado establecer este mecanismo a fin de facilitar una colaboración eficaz y eficiente entre las dos entidades para la realización del Programa Conjunto en la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires, edición 2018.
        Que ambas entidades acuerdan que participarán plenamente en la preparación, la planificación y la evaluación del Programa Conjunto y en que designarán un representante de cada uno de los organismos con el propósito agilizar la comunicación, para alcanzar más eficaz y eficientemente los objetivos del Programa Conjunto.
        Que los organismos participantes también han convenido en que aunarán sus recursos, existentes o movilizados, tanto recursos ordinarios como otros recursos, con destino al Programa Conjunto.
        Y por razón de todo lo expuesto, habida cuenta de la posibilidad de fructífera colaboración entre las entidades aquí representadas, ambas coinciden en formalizar su acuerdo de voluntades en el presente Memorando de Entendimiento, que queda así fijado en los apartados que a continuación siguen.
        APARTADO PRIMERO: OBJETO: El presente Memorándum de Entendimiento y Programa Conjunto tiene por objeto establecer las bases y criterios sobre los cuales los firmantes realizarán acciones conjuntas de colaboración en las siguientes áreas de interés mutuo a fin de alcanzar sus objetivos comunes, entre los que figuran los siguientes:
        a) Que la ciudad de Montevideo será la Ciudad Invitada de Honor en la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires de 2018.
        b) Las partes coordinarán conjuntamente el proyecto de difusión del libro y del resto de la cultura vinculada a Montevideo, Uruguay, denominado: Montevideo Ciudad Abierta.
        c) El objetivo será difundir y promover la cultura de la Ciudad de Montevideo y de Uruguay en la Argentina. Las actividades realizadas en esta feria tendrán como eje central la promoción y difusión de la literatura y la cultura y el apoyo de la mutua comercialización de sus libros, además de las actividades artísticas.
        Las Partes convienen en colaborar de buena fe, mediante una cooperación conjunta y concertada de conformidad con las disposiciones del presente Memorando, a fin de cumplir los objetivos enunciados ut-supra.
        APARTADO SEGUNDO: CONTENIDO: Los firmantes expresan su voluntad de facilitar y fomentar las más fluidas relaciones a fin de impulsar acciones concretas en las áreas de interés común.
        1. Las Partes acuerdan en particular, estudiar las posibilidades de colaboración conjunta en actividades y proyectos en las esferas de cooperación a medida que surjan las oportunidades.
        2. Las Partes negociarán de buena fe las condiciones de todo acuerdo (o acuerdos) subsiguiente que resulte necesario para ejecutar su colaboración a nivel de los proyectos. Ese acuerdo (o acuerdos) se concertará normalmente en forma de un canje de notas en las que se especificarán las actividades previstas y las responsabilidades de cada una de las Partes.
        3. Las Partes podrán formar grupos de trabajo, compuestos por representantes de cada uno de ellos, que se encargarán de vigilar la evolución y la ejecución de proyectos concretos.
        APARTADO TERCERO: ACCIONES CONCRETAS: En el contexto de esta colaboración, ambos firmantes acuerdan que podrán realizar, entre otras, las acciones concretas que se relacionan en el Apartado Duodécimo y siguientes del presente Memorando, donde figura una lista de conceptos de actividades y proyectos iniciales que las Partes han determinado.
        Cualquier otra actuación relacionada con el objeto de este Memorando de Entendimiento y Programa Conjunto podrá ser propuesta durante su aplicación. La nueva propuesta debe ser formulada y aprobada por ambas entidades, documentándose mediante el correspondiente anexo al presente Memorando.
        APARTADO CUARTO: COORDINACIÓN: Para velar por el seguimiento y ejecución de este Memorando de Entendimiento y Programa Conjunto, los firmantes designarán a sus respectivos coordinadores:
        La Intendencia de Montevideo ha designado como coordinador general del programa y curador de la presencia artística en la FILBA 2018 al Sr. Gabriel Peveroni, que se encargará de coordinar todas las comunicaciones y la aplicación del Memorando y el Programa Conjunto.
        La Fundación designará como coordinador a su Director Institucional y Cultural, Sr. Oche Califa, que se encargará de coordinar todas las comunicaciones y la aplicación del Memorando y el Programa Conjunto.
        Para el desarrollo del objeto de este Convenio se podrá crear una comisión mixta bilateral, integrada por representantes de cada una de las partes a la que corresponderá el seguimiento, interpretación y evaluación de las acciones derivadas del presente memorando, así como solucionar las diferencias, controversias o reclamaciones que pudieran surgir en relación con la ejecución de lo previsto en este documento.
        Los coordinadores formarán parte de la comisión bilateral.
        APARTADO QUINTO: EXCLUSIVIDAD: Este Memorando de Entendimiento y Programa Conjunto no tiene carácter exclusivo. Cada entidad signataria tendrá la posibilidad de suscribir otros documentos análogos o similares con diferentes entidades, tanto del mismo país como de terceros países.
        APARTADO SEXTO: CONFIDENCIALIDAD:
        Los firmantes acuerdan mantener la confidencialidad y seguridad en el intercambio de cualquier tipo de información susceptible de ser calificada como confidencial, de acuerdo con las normas aplicables en la materia. En este ámbito se respetará la legislación vigente en el respectivo país de cada entidad signataria y en el caso de Montevideo en consideración de la política de transparencia de la Intendencia de Montevideo.
        APARTADO SÉPTIMO: GASTOS: Cada entidad soportará sus propios costes y gastos en tanto que derivados de la ejecución del presente Memorando y Programa Conjunto.
        APARTADO OCTAVO: INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN: Las Partes convienen en intercambiar la información y la documentación que sean pertinentes, a reserva de las restricciones y disposiciones que cada una de ellas estime necesarias para preservar el carácter confidencial de determinada información y documentación.
        APARTADO NOVENO: ANUNCIOS PÚBLICOS: Cada una de las Partes podrá publicar comunicados de prensa o efectuar anuncios públicos relativos a las actividades del Memorando; no obstante, las partes consideran preferente que se consensuen los conceptos básicos de la comunicación pública que realizará cada uno y se comuniquen mutuamente todas las comunicaciones públicas que las partes realicen sobre las actividades del Memorando.
        APARTADO DÉCIMO: SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS: Las entidades intervinientes manifiestan que la firma de este Memorando es producto de sus previas negociaciones de buena fe, por lo que realizarán todas las acciones precisas y necesarias para su cumplimiento, e intentarán resolver a través de la negociación mediante una comisión bilateral aquellas diferencias que pudieran surgir en relación con la ejecución de lo previsto en este documento.
        APARTADO UNDÉCIMO: DURACIÓN: El presente Memorando de Entendimiento y Programa Conjunto será aplicable a partir de la fecha de su firma y será válido hasta un mes después de la finalización de la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires (Argentina) 2018. Podrá prorrogarse, previas consultas mutuas, mediante canje de notas por el período que decidan las Partes.
        En caso de rescisión se adoptarán las medidas pertinentes para velar por que esta no afecte a las obligaciones previas ni a ningún proyecto o actividad que ya esté en marcha.
        La conclusión anticipada de los efectos del presente Memorando no afectará a las actividades formalizadas durante su período de aplicación.
        APARTADO DUODÉCIMO: PROGRAMA BÁSICO DE ACTIVIDADES: LA CIUDAD INVITADA ACUERDA:
        STAND: Diseñar y construir un stand promocional en el espacio provisto por la Fundación El Libro en el recinto de la Feria, teniendo en cuenta las normativas de seguridad y construcción detalladas en el Reglamento de esta Feria.
        APARTADO DECIMOTERCERO: PERSONAL: Contratar si fuera necesario y administrar el personal necesario para la atención del stand durante todo el desarrollo de la Feria, teniendo en cuenta la normativa acorde, detallada en el Reglamento de esta Feria.
        APARTADO DECIMOCUARTO: EDITORES: Garantizar la presencia durante las Jornadas de Profesionales, que tendrán lugar los días 24, 25 y 26 de abril de 2018 de, por lo menos, quince (15) editores de Montevideo y/o Uruguay. Para este punto la IdeM actuará de la manera que lo estime conveniente con sus asociados en este emprendimiento.
        APARTADO DECIMOSEXTO: AUTORES: Garantizar la presencia durante las Jornadas de Profesionales, que tendrán lugar los días 24, 25 y 26 de abril de 2018 de, por lo menos, veinte (20) libreros o distribuidores, así como porpender a la participación bibliotecarios y/o prescriptores de compras estatales de Montevideo y/o Uruguay .Para este punto la IdeM actuará de la manera que lo estime conveniente con sus asociados en este emprendimiento.
        APARTADO DECIMOSEXTO: AUTORES: Garantizar la presencia de, por lo menos, entre 50 o 100 autores de la cultura vinculada a Montevideo y/o Uruguay durante la Feria y cubrir todos los costos de viaje, alojamiento y honorarios relacionados con su participación.
        APARTADO DECIMO SEPTIMO: ARTISTAS: Garantizar la presencia de, por lo menos, quince (15) artistas de otras disciplinas distintas de la literatura vinculados a Montevideo y/o Uruguay y cubrir todos los costos de viaje alojamiento y honorarios relacionados con su participación.
        APARTADO DECIMOOCTAVO: “NOCHE DE LA FERIA”: La Ciudad Invitada auspiciará la “Noche de la Feria”, organizando un acto artístico musical para dar inicio a la celebración, el cual podrá tener lugar frente a la entrada de la Feria por Avenida Sarmiento o dentro de la Feria. Dicho acto deberá contar con una o varias figuras artísticas del campo musical de reconocida trayectoria y representativa(s) de la creación del Uruguay y Montevideo, que garantice una convocatoria masiva, y sea de al menos una hora de duración. La Feria no cobrará entradas desde la finalización de dicho acto artístico hasta la medianoche, horario en el que permanecerá abierta. La Fundación El Libro gestionará el permiso municipal para el acto en la calle y colaborará con la Ciudad Invitada en su organización.

        APARTADO DECIMONOVENO: LOGO: Proponer un logo/icono para utilizar en todo el material promocional.
        APARTADO VIGÉSIMO: PUBLICIDAD: Organizar su propio programa publicitario, con la colaboración de la Fundación El Libro.
        APARTADO VIGÉSIMO PRIMERO: LA FUNDACIÓN ACUERDA:
        SUPERFICIE: Proveer a Montevideo una superficie de aproximadamente 200 m2 en el Pabellón Amarillo, sin cargo. En el caso de que el invitado requiera una superficie adicional el costo de ella se cobrará según los valores detallados en el “Reglamento de Expositores del Exterior” de la FEL.
        APARTADO VIGÉSIMO SEGUNDO: FIGURACIÓN: Otorgar a Montevideo, Ciudad Invitada, una figuración central en las actividades culturales de la Feria y en su plan publicitario.
        APARTADO VIGÉSIMO TERCERO: ASISTENCIA: Colaborar para el correcto desarrollo de todos los aspectos relacionados con Montevideo, Ciudad Invitada (asistencia logística, interacción con especialistas locales, etc.).
        APARTADO VIGÉSIMO CUARTO: DIFUSIÓN: Realizar la difusión de Montevideo, Ciudad Invitada, de manera simultánea y conjunta con los primeros anuncios de la Feria de 2018, a nivel nacional e internacional.
        APARTADO VIGÉSIMO QUINTO: PROGRAMACIÓN y SALAS: Poner a disposición de la Ciudad Invitada salas de actos, para lo cual deberán informar la programación que realizarán y el número de asistentes previstos antes del 22 de diciembre de 2017. Los actos informados después del 22 de diciembre de 2017 quedarán supeditados a la disponibilidad de salas que tenga la Fundación El Libro. La Feria utilizará las salas para otras actividades en los horarios que queden libres.
        La Ciudad Invitada se compromete a realizar un mínimo de un acto por día, en su stand o fuera de él, y un máximo de tres actos por día, excluidos los que se realicen dentro del stand destinado a la Ciudad Invitada. El detalle de las salas se incluirá en un anexo al momento del lanzamiento de la Feria.
        Estos actos serán de carácter cultural, pudiendo estar relacionados con el libro o bien ser de tipo artístico.
        APARTADO VIGÉSIMO SEXTO: ACTO INAUGURAL:
        Se invitará a un representante de la Ciudad Invitada de Honor a hacer uso de la palabra, por hasta 7 minutos, en el acto inaugural de la Feria.
        APARTADO VIGÉSIMO SÉPTIMO: GASTOS: La Fundación El Libro no se hará cargo de los gastos ni de los honorarios de los invitados por la Ciudad Invitada a la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires.
        APARTADO VIGÉSIMO OCTAVO: LAS PARTES CONSIDERAN:
        PUNTOS ADICIONALES: Que a este Memorando de entendimiento/carta de intenciones podrán incluirse puntos adicionales.
        APARTADO VIGÉSIMO NOVENO: RECURSOS: Que se aporten los recursos humanos y materiales necesarios para asegurar el adecuado desarrollo de las actividades acordadas.
        APARTADO TRIGÉSIMO: REGLAMENTO: El Reglamento de Expositores del Exterior, el Reglamento General y el Reglamento de Construcción de la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires vigentes a la fecha serán entregados a la firma de este acuerdo a título informativo. Los mencionados reglamentos en la versión vigente para la Feria 2018 formarán parte de este acuerdo en todos sus artículos. La Fundación El Libro se compromete a enviar dichos reglamentos en cuanto hayan sido aprobados por su Consejo. Asimismo se harán llegar las circulares informativas, las que también formarán parte de este acuerdo. Estos reglamentos y circulares deberán tenerse en cuenta y respetarse en su totalidad.
        APARTADO TRIGÉSIMO PRIMERO: EFECTOS: Ambas entidades se comprometen a respetar la normativa vigente que le es aplicable en cada caso.
        APARTADO TRIGÉSIMO SEGUNDO: NOTIFICACIÓN: Las direcciones para la entrega de notificaciones en virtud del presente Memorando serán las siguientes:
        Uruguay: Intendencia de Montevideo 18 de Julio 1360 piso 2, Secretaría General.-
        La Fundación: Fundación El Libro, Hipólito Yrigoyen 1628, 5° Piso (C1089AAF), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. República Argentina.
        Y, en prueba de conformidad con lo aquí documentado, ambos representantes firman el presente Memorándum de Entendimiento y Programa Conjunto por duplicado, en el mismo lugar y fecha de su encabezamiento.
        2o.-Delegar la firma del presente convenio en la Dirección General del Departamento de Cultura.-

        3o.-Comuníquese al Departamento de Secretaría General; a la Divisiones Asesoría Jurídica, Información y Comunicación y Artes y Ciencias; y pase -por su orden- a los Servicios de Escribanía y de Relaciones Públicas para coordinar la formalización del presente Convenio Marco.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-