Resolución N° 1663/14
Nro de Expediente:
3310-019442-13
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
5/5/2014


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 65 U.R. a la Sra. Claudia Yanet Farías Pérez y al Sr. Moisés Pérez Sotelo, por obras sin permiso constatadas en el inmueble Padrón Nº 193.495, sito con frente a la calle Las Tres Gracias Nº 2635.-

Montevideo, 5 de Mayo de 2014.-
 
        VISTO: las obras sin permiso constatadas en el inmueble empadronado con el Nº 193.495, sito con frente a la calle Las Tres Gracias Nº 2635, propiedad de la Sra. Claudia Yanet Farías Pérez, C.I. 3.306.703-1 y el Sr. Moisés Pérez Sotelo, C.I. 3.651.141-1;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Contralor de la Edificación manifiesta que: a) correspondería aplicar una multa de 65 U.R., según lo que establece el literal A, numeral 4, Art. 15º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y b) con fecha 7/II/14 se notificó a los propietarios, no presentándose descargos;
        CONSIDERANDO: que en aplicación de lo preceptuado por el Art. 19º, numeral 30 de la Ley Nº 9.515 de 28/X/35, corresponde que las multas hasta 70 U.R. sean aplicadas por este Ejecutivo;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 65 U.R. (sesenta y cinco unidades reajustables) a la Sra. Claudia Yanet Farías Pérez, C.I. 3.306.703-1 y al Sr. Moisés Pérez Sotelo, C.I. 3.651.141-1, propietarios del inmueble empadronado con el Nº 193.495, sito con frente a la calle Las Tres Gracias Nº 2635 y con igual domicilio, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Contralor de la Edificación, quién remitirá al Servicio de Expedición y Correo los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.97 del Volumen II del Digesto a los efectos de notificar el acto administrativo a los infractores, advirtiéndoles que disponen de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente Resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para su cobro.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-