Resolución N° 2399/01
Nro de Expediente:
193464
 
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
Fecha de Aprobación:
2/7/2001


Tema:
PERMISOS QUIOSCOS RODANTES

Resumen:
Otorgar al Sr. LUIS EDUARDO CARRASCO BARREIRA, permiso para el funcionamiento de un quiosco rodante.

Montevideo, 2 de Julio de 2001.-
 
            VISTO: estas actuaciones relacionadas con la situación del Sr. Luis Eduardo Carrasco Barreira;
            RESULTANDO: 1o.) que por Resoluciones Nos. 7713/88 de 13 de setiembre de 1988 y 1602/91 del 11 de abril de 1991, se le autorizó el derecho al uso de un puesto en las Ferias Especiales del Parque Dr. Juan Zorrilla de San Martín (Villa Biarritz) día sábado, y los días domingo en la de Parque Rodó, para la comercialización de refrescos, frankfurters chorizos y hamburguesas al pan desde un quiosco rodante;
            2o.) que si bien la reglamentación sobre Ferias Especiales admite la instalación de los denominados Quioscos Rodantes en los lugares donde se realizan aquellas, ello no significa que se les deba aplicar el tratamiento pecuniario que se asigna a los puestos;
            3o.) que en el mismo orden, la Unidad Gestión Comercial señala que el quiosco rodante de referencia está autorizado a funcionar en las cercanías de la Feria Especial del Parque Rodó;
            CONSIDERANDO: 1o) que en mérito a ello, dicha Unidad establece que debería concedérsele al Sr. Carrasco un permiso para explotación de un quiosco en el lugar afectado para Ferias Especiales mencionadas, sujeto al régimen de Quioscos Rodantes;
            2o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional

            eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución, otorgando el permiso precario y revocable;
            EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
            RESUELVE:
            1.- Otorgar al Sr. LUIS EDUARDO CARRASCO BARREIRA, C.I Nº 937.638-9, con domicilio en la calle Rivadavia Nº 2186, permiso para el funcionamiento de un quiosco rodante a instalarse los días sábados, en el Parque Dr. Juan Zorrilla de San Martín (Feria Villa Biarritz) y los días domingo en la Av. Dr. Antonio Rodríguez esquina Av. Dr. Gonzalo Ramírez (Feria Parque Rodó), de acuerdo a las siguientes condiciones:
            a) regirán para el permiso de que trata, lo dispuesto en Capítulo II, Sección I "De los Quioscos"- del Volumen X, del Digesto Municipal;
            b) el permisario deberá abonar, según Resolución Nº 1523/01 de 8 de mayo de 2001:
            cuota mensual............... U.R. 9
            cuota anual................... U.R. 27.5
            Deberá constituir un depósito de garantía de fiel cumplimiento de sus obligaciones correspondiente a tres meses de derechos mensuales en la forma dispuesta por Resolución Nº 4764/00 de 18 de diciembre de 2000.
            c) el permiso otorgado es de carácter precario y revocable y no podrá ser transferido total ni parcialmente, sin la autorización previa y escrita de la I.M.M., la que se reserva el derecho de aceptar o rechazar el traspaso.
            2.- Comuníquese al Departamento de Descentralización; a la División Tránsito y Transporte; al Servicio Central de Inspección General para su notificación y pase a la División Promoción Económica a sus efectos.
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-