Resolución N° 2700/12
Nro de Expediente:
8552-001336-11
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
2/7/2012


Tema:
PROMULGACION DE DECRETO

Resumen:
Decreto Nº 34.214, se sustituyen los artículos 1º del Decreto Nº 26.795, de 10 de agosto de 1995, incorporado como Artículo D. 145 del Capítulo XV "De las Faltas y Sanciones", Título Único, Libro II, Parte Legislativa del Volumen III del Digesto, y 48 del Decreto Nº 9.297, de 12 de agosto de 1954 y sus modificativos, incorporado como Artículo D.148 del Capítulo XVI, los que quedarán redactados de la manera que se establece.-

Montevideo, 2 de Julio de 2012.-
 
        VISTO: el Decreto Nº 34.214 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 14 de junio de 2012 y recibido por este Ejecutivo el 21 de junio de 2012, por el cual, de conformidad con la Resolución Nº 5243/11, de 14 de noviembre de 2011, se sustituyen los artículos 1º del Decreto Nº 26.795, de 10 de agosto de 1995, incorporado como Artículo D. 145 del Capítulo XV "De las Faltas y Sanciones", Título Único, Libro II, Parte Legislativa del Volumen III del Digesto, y 48 del Decreto Nº 9.297, de 12 de agosto de 1954 y sus modificativos, incorporado como Artículo D.148 del Capítulo XVI, los que quedarán redactados de la manera que se establecen;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        Promúlgase el Decreto Nº 34.214, sancionado el 14 de junio de 2012; publíquese; comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, al Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica y pase, por su orden, al Sector Despacho -para su desglose e incorporación al Registro correspondiente- y a la División Asesoría Jurídica a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-