Resolución N° 2294/15
Nro de Expediente:
1069-000292-14
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
25/5/2015


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al recurso de apelación interpuesto en subsidio por Grupo Publicitario Perfil S.R.L. contra la Resolución de 18 de setiembre de 2014 de la Gerencia de Compras, que dispuso la adjudicación a la firma Larsen, Laudrup y Lerby Ltda., de la Licitación Abreviada No. 286303/1.-

Montevideo, 25 de Mayo de 2015.-
 
          VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio interpuestos por Grupo Publicitario Perfil S.R.L. contra la resolución de la Gerencia de Compras, que dispuso la adjudicación a la firma Larsen, Laudrup y Lerby Ltda., de la Licitación Abreviada No. 286303/1, para la contratación de una agencia de publicidad a fin de asesorar a la Intendencia en materia de estrategias de comunicación y creatividad;
          RESULTANDO: 1o.) que la firma recurrente desarrolla críticas respecto a la evaluación de ofertas llevada a cabo por la Comisión Técnica Asesora. Expresa también que la propuesta de la firma adjudicataria era inadmisible por cuanto de ella surge que la elaboración del plan de medios y control de emisión se efectuaría por medio de una empresa tercerizada (Zenith Optimedia), por lo que no daría cumplimiento a las bases del llamado en los términos requeridos por el pliego de condiciones particulares. Refiere finalmente a la inadmisibilidad de la oferta de Monigote S.A., por aspectos vinculados a la cotización presentada por dicha firma;
          2o.) que por Resolución No. 4724/14 de 27/10/14, se dispuso el levantamiento del efecto suspensivo, consecuencia de la vía recursiva movilizada. Asimismo la Gerencia de Compras, por Resolución No. 450/14 de 13/11/14, denegó implícitamente el recurso de reposición, al ratificar la adjudicación de la licitación de obrados y franqueó el recurso de apelación;
          3o.) que la Unidad Asesoría de la División Asesoría Jurídica informa que desde el punto de vista adjetivo no consta la fecha del acto administrativo de adjudicación ni la fecha de su notificación, por lo cual la recurrencia planteada se tendrá por tempestiva, en tanto se cumplen con los demás requisitos exigibles;
          4o.) que desde el punto de vista sustancial se expresa que de lo propuesto por la adjudicataria, en cuanto a que contará con los servicios de "Zenith Optimedia", no resulta prohibido por ninguna de las disposiciones que rigieron el llamado;
          5o.) que, en lo relativo a la imputación de inadmisibilidad de la propuesta de Monigote SA carece de sentido su examen, en tanto tal empresa es ajena al acto administrativo atacado;
          6o.) que el Director (I) de la Unidad Asesoría de la División Asesoría Jurídica expresa que la Comisión Técnico Asesora emitió su opinión fundada a fs. 154-157, entendiendo que la propuesta de Larsen, Laudrup y Lerby Ltda. era la que incluía factores diferenciales que, comparativamente, sustentaron que su oferta fuera considerada la más conveniente. Asimismo, no se advierten elementos que permitan concluir que las puntuaciones hayan sido incorrectamente adjudicadas, ni tampoco se observa que se haya actuado en forma arbitraria ni con apartamiento de las disposiciones aplicables;
          7o.) que la citada Dirección (I) sugiere el dictado de resolución que desestime el recurso de apelación interpuesto;
          CONSIDERANDO: que el 13/5/15 el Director (I) de la División Asesoría Jurídica remite las actuaciones para su consideración;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. No hacer lugar al recurso de apelación interpuesto en subsidio por Grupo Publicitario Perfil S.R.L., contra la resolución de la Gerencia de Compras, que dispuso la adjudicación a la firma Larsen, Laudrup y Lerby Ltda., de la Licitación Abreviada No. 286303/1.-
          2. Pase a la Gerencia de Compras para su notificación y demás efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-