Resolución N° 1430/15
Nro de Expediente:
9592-003837-14
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
6/4/2015


Tema:
PROMULGACION DE DECRETO

Resumen:
Se promulga el Decreto Nº 35.438 y se aplica una multa de UR 350 a la empresa unipersonal Ravecca Oddone Gabriel, propietaria del depósito ubicado en Aranguá 4679 (carece de habilitación y condiciones reglamentarias, realiza fraccionamiento de alimentos no registrados, alimentos vencidos y deteriorados).-

Montevideo, 6 de Abril de 2015.-
 
        VISTO: el Decreto Nº 35.438 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 12 de marzo de 2015 por el cual, de conformidad con la Resolución Nº 702/15 de 9/2/15, se faculta a este Ejecutivo a aplicar una multa de UR 350 a la empresa unipersonal Ravecca Oddone Gabriel, por constatarse que el depósito de su propiedad ubicado en Aranguá 4679 (domicilio legal) funciona sin habilitación y fuera de condiciones reglamentarias y se realiza el fraccionamiento de alimentos no registrados, alimentos vencidos y deteriorados, de acuerdo a lo establecido en el Art. D.896 literal a) del Volumen VI del Digesto Departamental;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Promúlgase el Decreto Nº 35.438 sancionado el 12 de marzo de 2015.-
        2.- Aplicar una multa de UR 350 (unidades reajustables trescientas cincuenta) a la empresa unipersonal Ravecca Oddone Gabriel, RUT 21 411540 0012, CI 1.727.279-1, por constatarse que el depósito de su propiedad ubicado en Aranguá 4679 funciona sin habilitación y fuera de condiciones reglamentarias y se realiza el fraccionamiento de alimentos no registrados, alimentos vencidos y deteriorados, de acuerdo a lo establecido en el Art. D.896 literal a) del Volumen VI del Digesto Departamental.-
        3.- Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, al Municipio G, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Salud, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 13, de Regulación Alimentaria, Central de Inspección General, a los Equipos Técnicos de Actualización Normativa, de Información Jurídica y pase, por su orden, al Sector Despacho -para su desglose e incorporación al Registro correspondiente- y al Departamento de Desarrollo Social para proseguir con los trámites pertinentes.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-