Resolución N° 1614/06
Nro de Expediente:
2500-000528-06
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
23/5/2006


Tema:
REITERACIONES DE GASTOS

Resumen:
Se reitera el gasto de $ 600.000,oo autorizado por Resolución No. 768/06 a favor de la empresa Transporte Azul.-

Montevideo, 23 de Mayo de 2006.-
 
          VISTO: que por Resolución No. 768/06, de 20 de febrero de 2006, se dispuso convalidar lo actuado por la Comisión Administradora del Mercado Modelo aprobando el contrato de arrendamiento de servicios realizado con la empresa Transporte Azul, para la carga y traslado de residuos orgánicos desde el Mercado hasta el lugar que dicha Comisión Administradora determine, por el plazo de un año a partir del 15/I/06, a razón de $ 247,05 la hora, impuestos incluidos:
          RESULTANDO: 1o.) que el 12 de mayo del año en curso, la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República observó el gasto de $ 600.000,oo emergente de aquella disposición, por haberse infringido el artículo 33o. del T.O.C.A.F. y también, haberse configurado principio de ejecución, contraviniéndose el artículo 211, inciso B) de la Constitución de la República (Solicitud 88338);
          2o.) que en la nombrada Resolución No. 768/06, de 20/2/06, se consignó que motivó lo actuado el hecho de que la empresa que venía realizando el servicio, no lo estaba prestando de forma adecuada y dado el carácter del mismo, resultaba inconveniente y riesgoso esperar el tiempo que demanda la sustanciación de un nuevo llamado y además, se solicitó tres cotizaciones a empresas de plaza, siendo el precio de menor costo el formulado por la empresa de referencia;
          3o.) que asimismo, en informe jurídico de 13 de mayo del año en curso (fs. 24 y 25), se expresa que se estima ajustado a derecho el procedimiento seguido, entendiendo suficientemente acreditadas las "razones de urgencia no previsibles" que exige el inciso I), del numeral 3) del artículo 33o. del T.O.C.A.F., para justificar la prescidencia del trámite licitatorio de precepto, ya que no era una circunstancia previsible que se debiera prescindir del servicio por no ser cumplido de manera adecuada por la empresa a la que se le había encomendado la tarea de carga y transporte de residuos orgánicos a la vez que la urgencia en la prestación correcta de esa actividad es obvia dado que resulta impostergable la limpieza del mercado retirando del mismo dichos residuos, ya que dado su carácter perecedero son susceptibles de descomponerse y constituir focos de insalubridad;
          CONSIDERANDO: lo previsto en los artículos 211, inciso B) de la Constitución de la República y 97o. del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Reiterar el gasto de la suma de $ 600.000,oo (pesos uruguayos seiscientos mil) autorizado por Resolución No. 768/06, de 20 de febrero de 2006, a favor de la empresa TRANSPORTE AZUL.-
          2. Se dispone la reiteración del gasto en virtud de lo expresado en la parte expositiva de la presente resolución.-
          3. Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, a los Departamentos de Desarrollo Económico e Integración Regional, de Recursos Financieros, a la Comisión Administradora del Mercado Modelo y pase a la Contaduría General a sus efectos.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-