Resolución N° 1886/03
Nro de Expediente:
4149-004763-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
19/5/2003


Tema:
CONDOMINIOS

Resumen:
Sin efecto Res. Nº 4.730/02 del 9/XII/02, Proyecto Decreto Junta Dptal., adjudicar tenencia Solar 20, Manzana A, Pad. Nº 411.860, Condominio Nº 9.

Montevideo, 19 de Mayo de 2003.-
 
        VISTO: que el Sr. Washington Larrosa Ferreira, C.I. Nº 3:214.820-6, ocupante del Solar Nº 20, Manzana A del ex-Barrio en Condominio Nº 9, predio empadronado con el Nº 411.860, sito con frente a la calle Astelar Nº 3092, solicita su regularización;
        RESULTANDO: 1°) que por Resolución Nº 4591/00 del 11/XII/00 fueron declarados resueltos los derechos adquiridos por el Sr. Claro Eleodoro Amaral, C.I. Nº 1:173.677, respecto al padrón de referencia, de acuerdo con lo dispuesto por el numeral 2º de la Resolución Nº 4.636/98 del 16/XI/98 y el Art. 8º de la Ley Nº 13.939;
        2º) que se realizaron las publicaciones pertinentes a los efectos de emplazar a quienes se consideren con derecho respecto de dicho predio;
        3º) que el Servicio de Tierras y Viviendas informa que, en atención que el actual ocupante del predio no lo es con anterioridad al 1/I/93, propicia su adjudicación en régimen de tenencia, conforme con lo dispuesto por el Decreto Departamental Nº 25.002 del 13/VI/91;
        4º) que por Resolución Nº 4.730/02 del 9/XII/02 se envió proyecto de Decreto a la Junta Departamental de Montevideo solicitando anuencia para conceder la tenencia del referido solar al Sr. Larrosa;
        5º) que la Comisión de Planeamiento Urbano, Vivienda, Obras y Servicios de la Junta Departamental expresa que: a) el padrón mencionado, se encuentra en la actualidad ocupado por los esposos Sres. María Teresa Silva Carbilla y Carlos Waldemar Avellaneda y el Sr. Washington Larrosa Ferreira; b) los esposos mencionados son personas de avanzada edad y acordaron con el Sr. Larrosa que solicitara la tenencia de citado solar y c) esta Comisión esta en todo de acuerdo con la tenencia del local solicitando se contemple la situación de los esposos Avellaneda-Silva, estableciendo que mientras vivan no sean desalojados del solar, aunque la tenencia sea adjudicada al Sr. Larrosa;
        6°) que la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia solicitar anuencia del Deliberativo Comunal;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que lo propuesto se enmarca dentro de lo dispuesto por Decreto Departamental N° 24.654 del 6/IX/90 (Cartera Municipal de Tierras para Vivienda), por lo que corresponde dejar sin efecto la Resolución Nº 4.730/02 del 9/XII/02;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 4.730/02 del 9/XII/02.-
        2º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo para adjudicar, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto Departamental N° 24.654 del 6/IX/90, la tenencia del Solar Nº 20, Manzana A del ex-Barrio en Condominio Nº 9, predio empadronado con el Nº 411.860, sito con frente a la calle Astelar Nº 3092, al Sr. Washington Larrosa Ferreira, C.I. Nº 3:214.820-6, condicionado a que los cónyuges Sres. Carlos Waldemar Avellaneda y María Teresa Silva Carbilla, Credenciales Cívicas Nos. AXA 15790 y ASB 5500 respectivamente, no podrán ser desalojados del referido solar mientras duren sus vidas, asimismo los mismos no podrán compartir el inmueble mencionado con persona alguna, ya sea pariente por consanguinidad o afinidad, amigos, vecinos, etc., tampoco podrán ceder en todo o en parte dicho inmueble, ofrecerlo como garantía de deudas, ni traspasarlo a cualquier título a persona alguna.-
        Artículo 2°.- La Intendencia Municipal de Montevideo a través del Departamento de Acondicionamiento Urbano, podrá realizar sustituciones en la titularidad del inmueble, en caso de renuncia tácita o expresa, siempre que se constate el cumplimiento de las condiciones previstas en el Decreto Nº 24.654.-
        Artículo 3º.- Comuníquese.-
        3º.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General .-