Resolución N° 743/05
Nro de Expediente:
6370-005485-04
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
14/2/2005


Tema:
EXPROPIACIONES

Resumen:
Se aprueba la tasación practicada por la División Planificación Territorial, por la suma de UR. 2.293,66, por concepto de indemnización por la expropiación total del inmueble padrón No. 402.176, afectado por las obras caratuladas "Estaciones de Bombeo Arroyo Seco, Yañez Pinzón, Nariño, Acosta y Lara, La Boyada, Haití y obras accesorias".

Montevideo, 14 de Febrero de 2005.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la expropiación total del inmueble padrón No.402.176, afectado por la obra caratulada "Estaciones de Bombeo Arroyo Seco, Yañez Pinzón, Nariño, Acosta y Lara, Agrigento, La Boyada, Haití y obras anexas";
        RESULTANDO: 1o.) que por el Decreto No. 31.025 de fecha 11 de noviembre de 2004, se autorizó la expropiación total del mencionado inmueble y por Resolución No. 343/04/6300, de fecha 30 de noviembre de 2004 se dispuso la afectación;
        2o.) que la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento, indica que se recibió el informe de la tasación practicada por la Unidad de Expropiaciones de la División Planificación Territorial, la que expresa que el citado inmueble consta de un área de 6.578,20 m2, según plano de mensura del Ingeniero Agrimensor Andrés Dibarboure, inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional con el No. 43.478, el 7 de diciembre de 2004;
        3o.) que la mencionada Unidad continúa indicando que la indemnización a abonar, por la expropiación y todo tipo de daños y perjuicios asciende a la suma de $ 570.000,oo, equivalentes a U.R. 2.293,66, habiéndose tomado la Unidad Reajustable vigente al mes de diciembre de 2004 a $ 248,68;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento, informa que corresponde el pago de la mencionada tasación al Dr. Gabriel Galán Imola, C.I. 948.430-8;
        2o.) que se efectuó la solicitud SEFI No. 81188, por la suma de $ 572.658,09, aplicándose la Unidad

        Reajustable al mes de febrero de 2005;
        3o.) que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, es de opinión favorable en que se apruebe la tasación practicada, a efectos de poder contar con el bien en forma inmediata;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar la tasación practicada por la Unidad Expropiaciones de la División Planificación Territorial, estimada en la suma de DOS MIL DOSCIENTAS NOVENTA Y TRES UNIDADES REAJUSTABLES CON SESENTA Y SEIS MILESIMAS (2.293,66 U.R.), a favor del Dr. Gabriel Galán Imola, C.I. 948.430-8, para la indemnización que corresponde pagar por la expropiación total del inmueble padrón No.402.176, afectado por la obra caratulada "Estaciones de Bombeo Arroyo Seco, Yañez Pinzón, Nariño, Acosta y Lara, Agrigento, La Boyada, Haití y obras anexas", por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la Unidad Central de Planificación Municipal y a la División Planificación Territorial y pase por su orden a la Contaduría General para el contralor del gasto el que deberá realizarse contra las cuentas bancarias de la IMM por constituir aporte local del Proyecto de Saneamiento Urbano de Montevideo, Etapa III y pase a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento a fin de que proceda a la escritura, simultáneamente con el libramiento de la orden de pago, fijándose un plazo de quince (15) días para la desocupación del inmueble bajo apercibimiento de procederse al lanzamiento de los ocupantes, a cualquier título, en el plazo de treinta (30) días.
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
LAURA FERNANDEZ, Secretaria General.-