Resolución N° 2034/04
Nro de Expediente:
7300-018503-03
 
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
Fecha de Aprobación:
10/5/2004


Tema:
PERMISOS QUIOSCOS RODANTES

Resumen:
Autorizar la transferencia del permiso para la explotación de un quiosco rodante ubicado en la calle Tristán Narvaja entre Av. 18 de Julio y Colonia (Feria de Tristán Narvaja, puesto N° 198), a favor del Sr. CARLOS BIANCHI

Montevideo, 10 de Mayo de 2004.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la gestión presentada por el Sr. Limbergh Dumas Tejera, propietario del quiosco rodante ubicado en la calle Tristán Narvaja entre Av. 18 de Julio y Colonia (Feria de Tristán Narvaja, puesto N° 198);
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma, solicita se autorice la transferencia del permiso para la explotación del referido quiosco rodante a favor del Sr. Carlos Bianchi;
        2o.) que motiva la referida solicitud que el titular no se encuentra en condiciones de salud para atender la actividad comercial, transfiriéndole los derechos a quien se desempeña actualmente como expendedor del mismo;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución, otorgando el permiso precario y revocable, estableciendo las condiciones que regirán dicha transferencia;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Autorizar la transferencia del permiso para la explotación de un quiosco rodante ubicado en la calle Tristán Narvaja entre Av. 18 de Julio y Colonia (Feria de Tristán Narvaja, puesto N° 198), a favor del Sr. CARLOS BIANCHI, C.I. N° 1.456.660-6, con domicilio en la calle Cornelli 4108, de acuerdo a las siguientes condiciones:
        a) regirán para el permiso de que trata, lo dispuesto en Capítulo II, Sección I "De los Quioscos"- del Volumen X, del Digesto Municipal;
        b) el permisario deberá abonar:
        cuota mensual...............$ 93.-
        c) el permiso otorgado es de carácter precario y revocable y no podrá ser transferido total ni parcialmente, sin la autorización previa y escrita de la I.M.M., la que se reserva el derecho de aceptar y rechazar el traspaso.
        2.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para su conocimiento, de la División Salud y Programas Sociales y del Servicio Centro Comunal Zonal respectivo; a la División Tránsito y Transporte; al Servicio Central de Inspección General y pase a la División Promoción Económica para notificación de los interesados y demás efectos.
DR. ADOLFO PEREZ PIERA, Intendente Municipal (I).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General .-