Resolución N° 3703/19
Nro de Expediente:
2018-6410-98-005306
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
29/7/2019


Tema:
MODIFICACIÓN SIMPLE DEL PLAN MONTEVIDEO

Resumen:
Autorizar desde el punto de vista urbanístico como Modificación Simple del Plan de Ordenamiento Territorial, la construcción del baño en el nivel de coronamiento abierto, en el edificio que se encuentra en construcción en el padrón Nº 93621 con destino vivienda, con frente a la calle Ing. Carlos Maggiolo Nº 530, ubicado dentro de los límites del C.C.Z. Nº 2, Municipio B.-

Montevideo, 29 de Julio de 2019.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de exceder la altura máxima, en un edificio que se encuentra en construcción en el padrón Nº 93621 con destino vivienda, con frente a la calle Ing. Carlos Maggiolo Nº 530, ubicado dentro de los límites del C.C.Z. Nº 2, Municipio B;
          RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Regulación Territorial informa que:
          a) se presenta el proyecto de un edificio de viviendas en propiedad horizontal que se encuentra en construcción según permiso de construcción aprobado Nº2018-6410-98-000118;
          b) se proyecta construir un baño accesible en el nivel de coronamiento abierto sobre altura máxima;
          c) el edificio se encuentra en construcción, con la estructura de losas de entrepiso y pilares ya ejecutada. Se propone incluir en el volumen de ascensor y caja de escalera sobre el nivel +9,00m (azotea), un baño accesible que conformaría un bien común de uso común y se integraría a las obras de coronamiento propuestas;
          d) esto supone una ampliación menor del volumen de caja de escaleras y ascensor que no generaría un impacto negativo al entorno, ni una modificación sustancial del punto de vista urbano respecto de lo aprobado en los antecedentes;
          e) conforme a lo dispuesto en el Art. D.223.163 del Volumen IV del Digesto se admiten obras de coronamiento abierto, para edificios de altura máxima 9 metros, entre otros equipamiento con parrilleros y pérgolas de propiedad y uso común;
          f) el baño conformaría un bien común de uso común, considerado un servicio a las áreas de parrilleros e integrándose a las obras de coronamiento proyectadas;
          g) se sugiere autorizar desde el punto de vista urbano la construcción de un baño en el nivel + 9,00 metros, que integraría un único volumen con la caja de escaleras y ascensor que conforma el remate del edificio. Esta construcción configuraría una modificación simple, que no afectaría ningún elemento sustancial, ni ningún un incremento de aprovechamiento;
          2º) que la División Planificación Territorial comparte lo informado;
          3º) que la Comisión Permanente del Plan Montevideo, en su sesión del 3 de mayo de 2019 informa lo siguiente:
          a) se presenta una solicitud de autorización para la construir un baño accesible en el nivel de coronamiento abierto, sobre la altura máxima de un edificio que se encuentra en construcción, con destino vivienda. Ese baño conformaría un bien común de uso común;
          b) el Servicio de Regulación Territorial entiende viable lo solicitado, dado que si bien en el Art. D 223.163 del Volumen IV del Digesto no menciona a los baños entre las obras permitidas, se trata de un servicio a las áreas de parrilleros, se integra a las obras de coronamiento proyectadas y conforma un único volumen con la caja de escaleras y ascensor, por tanto no afecta ningún elemento sustancial, ni supone incremento de aprovechamiento;
          c) la División Planificación Territorial comparte lo evaluado;
          d) la Comisión promueve la autorización del baño en el nivel de coronamiento abierto (+9,00 m) en carácter de Modificación Simple del Plan Montevideo (Art.D.223.8 lit. A del Volumen IV del Digesto);
          CONSIDERANDO: 1º) lo establecido en los Arts. D.223.8, lit. A), D.223.130, D.223.163 y D.223.203 del Volumen IV del Digesto;
          2º) que el Departamento de Planificación considera pertinente el dictado de resolución en el sentido indicado;
          EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1º. Autorizar desde el punto de vista urbanístico como Modificación Simple del Plan de Ordenamiento Territorial, la construcción del baño en el nivel de coronamiento abierto (+9,00 m), integrando un único volumen con la caja de escaleras y ascensor que conforma el remate del edificio que se encuentra en construcción en el padrón Nº 93621, con destino vivienda, con frente a la calle Ing. Carlos Maggiolo Nº 530, ubicado dentro de los límites del C.C.Z. Nº 2, Municipio B, según gráficos visados técnicamente identificados como Plano Información I, láminas 01, 02, 03, 04 y 05 incorporados a fs. 1, 2, 8, 9 y 10 respectivamente en paquete de obrados.-
          3º. Comuníquese a los Departamentos de Desarrollo Urbano y Secretaría General para cursar nota a la Junta Departamental; al Municipio B; a la División Planificación Territorial; a los Servicios Contralor de la Edificación C.C.Z. Nº 2, a la Unidad de Normas Técnicas y pase al Servicio de Regulación Territorial para la culminación del trámite.-
JUAN CANESSA, Intendente de Montevideo (I).-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-