Resolución N° 3642/20
Nro de Expediente:
2020-9432-98-000002
 
DESARROLLO ECONÓMICO
Fecha de Aprobación:
19/10/2020


Tema:
REITERACIONES PAGO/GASTOS

Resumen:
REITERAR EL GASTO DE LA SUMA TOTAL DE $ 60:514.195,09 (PESOS URUGUAYOS SESENTA MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO CON 09/100) A FAVOR DE LA EMPRESA STILER S.A., CORRESPONDIENTE A LA ADJUDICACIÓN DE LA COMPRA DIRECTA POR EXCEPCIÓN Nº 784/2020, PARA LA REALIZACIÓN DE LAS OBRAS DE SUSTITUCIÓN DE TUBERÍAS DE AGUA POTABLE EN EL BARRIO MANGA, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL ENTRE ESTA INTENDENCIA Y OSE.

Montevideo, 19 de Octubre de 2020.-
 

VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la Compra Directa por Excepción Nº 784/2020, para la realización de las obras de sustitución de tuberías de agua potable en el barrio Manga, en el marco del convenio de cooperación institucional entre esta Intendencia y OSE;

RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Nº 2509/20, de 8 de julio de 2020, se adjudicó la mencionada Compra Directa por Excepción a la empresa STILER S.A., por la suma total de $ 60:514.195,09 (pesos uruguayos sesenta millones quinientos catorce mil ciento noventa y cinco con 09/100), impuestos incluidos;

2o.) que por Resolución Nº 1602/20, de fecha 12 de agosto de 2020, el Tribunal de Cuentas de la República observó el referido gasto debido a que "la administración actuante no ha suministrado todos los elementos y datos que permitan certificar que los precios y condiciones de las contrataciones a realizar, son los que corresponden al mercado, no dando cumplimiento así a lo dispuesto por Resolución de este Tribunal de fecha 14 de agosto de 1996".

CONSIDERANDO: 1o.) que la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento indica que el presupuesto presentado por la empresa STILER S.A. es de aceptación por parte de OSE;

2o.) que los suministros en la compra directa de obrados representan la tercera parte respecto a la licitación en economía de escala;

3o.) que las tuberías son suministradas por OSE por lo cual los costos generales de la obra se deben recargar en menor cantidad de rubros, y asimismo se debe disponer  de mayor seguridad donde se ejecutan las obras por existir en la zona más inseguridad; 

4o.) lo previsto en los artículos 211 literal B) de la Constitución de la República y 114º del TOCAF;


EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:


1º. Reiterar el gasto de la suma total de $ 60:514.195,09 (pesos uruguayos sesenta millones quinientos catorce mil ciento noventa y cinco con 09/100) impuestos incluidos, a favor de la empresa STILER S.A., correspondiente a la adjudicación de la Compra Directa por Excepción Nº 784/2020, para la realización de las obras de sustitución de tuberías de agua potable en el barrio Manga, en el marco del convenio de cooperación institucional entre esta Intendencia y OSE.


2º. Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Recursos Financieros y pase a la Contaduría General a sus efectos.

CHRISTIAN MARTÍN DI CANDIA CUÑA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

FERNANDO DANIEL NOPITSCH D'ANDREA, SECRETARIO GENERAL.-