VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el pago del contrato de construcción de la obra D.2 Parcial 2: "Obras para la culminación de la construcción de los Tanques Goes y Quijote", dentro del Plan de Saneamiento, IV etapa, préstamo BID No. 2647/OC-UR, adjudicado por Resolución No. 4215/16 del 16/IX/16, a la empresa Stiler SA;
RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 645/19 y su modificativa Nº 2069/19 de fechas 4/II/19 y 3/V/19 se dispuso ampliar el citado por un monto total de $89.890.844,23;
2º) que por Resoluciones Nos. 644/2019 y 1396/2019 del 7/III/19 y 5/VI/19 respectivamente, el Tribunal de Cuentas de la República acordó observar el gasto total de $ 89:890.844,23 por entender que la ampliación contractual no se encuentra enmarcada en el artículo 74 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), por diferir del objeto del contrato originalmente celebrado y tratarse de trabajos a realizar en un lugar diferente, con distinto obrador y diferentes prestaciones;
3º) que por Resolución Nº 2075/2020 el Tribunal de Cuentas de la República entiende que: a) se expidió por sobre el gasto original y su ampliación por lo cual no corresponde nuevo pronunciamiento; b) de acuerdo al Art. 14.5 de las Instrucciones a los Oferentes se prevería la posibilidad de establecer ajustes paramétricos; c) de acuerdo a lo establecido en el Art. 17 de la Ordenanza 64, los Contadores Delegados intervendrán preventivamente todo los pagos correspondientes a gastos que hubieran sido intervenidos sin observaciones o haber sido reiterados por el ordenador correspondiente;
4º) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano informa que: a) por Resolución Nº 2069/19 se amplió la obra D2 parcial 2, por un monto total de $89.890.844,23; b) el monto total de básico, imprevistos y leyes sociales ascendió a $87.849.635,00 siendo esta cifra menor al monto de la ampliación realizada; c) el monto adeudado por $11:551.992,74, integrado por componentes de básico, imprevistos, impuestos y paramétricas forman parte del costo total de la obra $113:562.771, sin haber excedido el monto solicitado para su ampliación;
CONSIDERANDO: 1º) que se considera de recibo los argumentos expuestos;
2º) lo previsto en los Artículos 211, literal B) de la Constitución de la República y 114º del TOCAF;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Reiterar el gasto emergente de la Resolución Nº 3036/20 del 27/VIII/20 a favor de Stiler S.A. por los fundamentos mencionados en la parte expositiva de la presente resolución.-
2º.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, Recursos Financieros, Desarrollo Ambiental, a las Divisiones Saneamiento y Espacios Públicos y Edificaciones y pase a Contaduría General a sus efectos. |