Resolución N° 4312/01
Nro de Expediente:
3450-000882-00
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
12/11/2001


Tema:
PRORROGA CONVENIO

Resumen:
Aprobar prórroga de convenio a suscribirse con esta Comuna y la Institución Banneux Tacurú, a los efectos de dar cabida a un educado para cumplir tareas de contralor y acondicionamiento de materiales en la Unidad Técnica de Alumbrado Público.-

Montevideo, 12 de Noviembre de 2001.-
 
        VISTO: que la Unidad Técnica de Alumbrado Público eleva actuaciones solicitando la prórroga del Convenio, con la Institución Banneux Tacurú, cuyo texto fue aprobado por Resolución No. 1461/00, del 2/V/00;
        RESULTANDO: 1o) que el mismo es a los efectos de dar cabida en la citada Unidad a un educando para cumplir tareas de contralor y acondicionamiento de materiales en la misma;
        2o) que se efectuó solicitud SEFI No. 47631, por el período comprendido entre los meses de mayo a diciembre de 2001;
        CONSIDERANDO: 1o) que la División Región Este y la Dirección General del Departamento de Descentralización se expresan de conformidad;
        2o) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente, se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280o. de la Constitución de la República;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el siguiente proyecto de Convenio con la Institución Banneux Tacurú: CONVENIO: En Montevideo, a los ............ días del mes de ................ del año dos mil uno, POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada por ....................... con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: la Institución Banneux Tacurú, en adelante la Institución, representada por ............................, con domicilio en la calle Bernardo Poncini No. 1521, convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES.- La Institución involucrada promueve la formación de jóvenes en los valores humanos mediante la dinámica del trabajo personal y comunitario, hallándose inscripta en el Registro de las ONGs, abierto por la Intendencia.- SEGUNDO: OBJETO.- La Intendencia dará cabida en la Unidad Técnica de Alumbrado Público a 1 (un) educando para cumplir tareas de lunes a sábado (ocho horas diarias) a saber: a) contralor y transporte de suministro de materiales eléctricos desde la Unidad Técnica de Alumbrado Público hacia los Servicios Centro Comunal Zonal y b) acondicionamiento de materiales en los depósitos de almacenes de la citada Unidad, colaboración en los controles de stock, confección de las boletas de recibo y entrega de materiales, con programa de computadora, PC de Almacenes.- En ambos casos el educando, por medio de las boletas que se emitan, deberá hacer los controles de los materiales que recibe, transporta y entrega, debiendo tener conocimientos de los tipos, marcas, modelos y condiciones de los elementos a transportar.- TERCERO: OBLIGACIONES DE LA INSTITUCION.- La Institución se compromete a designar 1 (un) educando para la experiencia prevista, así como a efectuar el acompañamiento pedagógico del mismo.- CUARTO: OBLIGACIONES DE LA INTENDENCIA.- La Intendencia transferirá a título de donación modal un monto mensual de $ 10.374,oo (pesos uruguayos diez mil trescientos setenta y cuatro), reajustable semestralmente, de acuerdo con el IPC.- QUINTO: SUPERVISION.- La División Región Este, a través de la Unidad Técnica de Alumbrado Público realizará el seguimiento del desempeño y la Unidad de Convenios, procederá a supervisar el cumplimiento del fin pedagógico que se persigue.- SEXTO: RENDICION DE CUENTAS.- La Institución rendirá cuentas en forma mensual de las sumas transferidas ante la División Región Este.- SEPTIMO: PLAZO.- El presente Convenio tendrá una vigencia de un año, y comenzará a regir a partir del 3 de mayo de 2001.- OCTAVO: INCUMPLIMIENTO.- El incumplimiento de lo acordado entre las partes habilitará la rescisión del presente instrumento, sin derecho a indemnización alguna.- Para constancia y como prueba de conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
        2.- Delegar en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de suscribir el Convenio que por el numeral anterior se aprueba.-
        3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; División Región Este; Servicios de Relaciones Públicas; Prensa y Comunicación; Escribanía, a las Unidades de Convenios; Central de Presupuesto y de Gestión Presupuestal del Departamento de Descentralización y pase por su orden al Servicio de Contabilidad General y a la Unidad Técnica de Alumbrado Público.-
ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (I).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-