Resolución N° 5845/19
Nro de Expediente:
2017-4740-98-000243
 
ASESORÍA JURÍDICA
Fecha de Aprobación:
16/12/2019


Tema:
RECURSOS

Resumen:
SE HACE LUGAR AL RECURSO DE APELACIÓN EN SUBSIDIO INTERPUESTO POR EL SR. GUSTAVO ELIO CABRERA ÁLVAREZ CONTRA EL INFORME DE LA COMISIÓN ASESORA DE APELACIONES DE MULTAS DEL 02/03/17, EN EL CUAL SE SUGIERE NO HACER LUGAR A LOS DESCARGOS PRESENTADOS POR LA INFRACCIÓN CONSTATADA EL 19/02/17 MEDIANTE ACTA DE ESPIROMETRÍA Y PRESENCIA DE DROGAS SERIE AD Nº 06373 (ESPIROMETRÍA POSITIVA) Y EN SU MÉRITO SE DEJAN SIN EFECTO LAS SANCIONES IMPUESTAS.-

Montevideo, 16 de Diciembre de 2019.-
 

                         VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio interpuestos por el Sr. Gustavo Elio Cabrera Álvarez contra el informe de la Comisión Asesora de Apelaciones de Multas del 02/03/17, en el cual se sugiere no hacer lugar a los descargos presentados por la infracción constatada el 19/02/17 mediante Acta de Espirometría y Presencia de Drogas Serie AD No. 06373 (espirometría positiva, 0.06 g/l);

                         RESULTANDO: 1o.) que el recurrente señala haberse encontrado en una situación de indefensión al no haber sido informado oportunamente por los inspectores de tránsito intervinientes acerca de la posibilidad de efectuarse un análisis de alcoholemia y alega que el espirómetro cuenta con un margen de error y que posiblemente su resultado se hallare dentro de este, entre otras consideraciones;

2o.) que la Unidad Asesoría indica que desde el punto de vista adjetivo los recursos fueron presentados en tiempo y forma, mientras que no se hizo lugar al de reposición y se franqueó el de apelación en subsidio interpuesto;

3o.) que desde el punto de vista sustancial se expresa que debe desaconsejarse la aplicación de sanciones por resultados de espirometrías en el rango de la de obrados, atendiendo al actual criterio de la Administración relativo a la aplicación de sanciones por resultados de 0,1 g/l o más de alcohol en sangre -el cual ya fuera recogido en Resolución No. 2002/19 de 29/04/19- en virtud de un criterio de equidad;

4o.) que por los fundamentos expuestos la Unidad Asesoría sugiere el dictado de resolución por la cual se haga lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto y se deje sin efecto la infracción oportunamente constatada, disponiéndose la adopción de las medidas tendientes a dar su baja del registro correspondiente y ordenándose la restitución al interesado de lo que hubiere abonado por concepto de multa;

                         CONSIDERANDO: que la División Asesoría Jurídica remite las actuaciones para su consideración;



EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Hacer lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto por el Sr. Gustavo Elio Cabrera Álvarez, CI 2.821.912-6, contra el informe de la Comisión Asesora de Apelaciones de Multas del 02/03/17, en el cual se sugiere no hacer lugar a los descargos presentados por la infracción constatada el 19/02/17 mediante Acta de Espirometría y Presencia de Drogas Serie AD No. 06373 (espirometría positiva) y en su mérito dejar sin efecto las sanciones impuestas.-

 

2.- Pase al Departamento de Movilidad para notificar al interesado y proceder de conformidad con lo indicado en el Resultando 4o.) de la presente.-


 

 

CHRISTIAN DI CANDIA, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-