Resolución N° 2754/00
Nro de Expediente:
4113-020342-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
8/8/2000


Tema:
PERMISOS DE CONSTRUCCION

Resumen:
Modificar Res. Nº 3.947/99 del 18/X/99, estación de servicio Avda. Don Pedro de Mendoza N° 6044.-

Montevideo, 8 de Agosto de 2000.-
 
        VISTO: que por Permiso de Construcción Nº 4113-020342-98 se solicita regularizar las construcciones destinadas a estación de servicio con expendio de combustible, existentes en el predio empadronado con el Nº 92.318, sito con frente a la Avda. Don Pedro de Mendoza N° 6044, según gráficos de la Arq. Enriqueta Sosa Scappa;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 3.947/99 del 18/X/99, no se hizo lugar a la regularización de las construcciones tolerando su mantenimiento con carácter temporal condicionado entre otras a que: "a) se deberán construir los pavimentos diferenciando los 3 accesos vehiculares graficados en plano que luce a fs. 44 de estas actuaciones (bloques de hormigón labrado)";
        2°) que el interesado con fecha 15/V/00 presenta una propuesta de modificación al ítem a) precitado, estableciendo una barrera, semi circular, de troncos rústicos los cuales sobresalen 0,60 mts. del nivel del piso intercalando dos jardineras decorativas, todo lo cual envuelve a la parada de ómnibus, existente sobre la Avda. Don Pedro de Mendoza, con lo propuesto se delimitaría con claridad las áreas destinadas a uso peatonal y vehicular;
        3°) que el Servicio de Contralor de Edificaciones considera que la propuesta mejora las condiciones de acceso al predio y la circulación con la parada de ómnibus, por lo que estima que puede aceptarse;
        4°) que la División Espacios Públicos y Edificaciones entiende que: a) se debe modificar el ítem a) del numeral 2º de la Resolución Nº 3.947/99 del 18/X/99, estableciendo que se deberá realizar una barrera de troncos rústicos, que sobresalgan 0,60mt. del nivel de piso y se coloquen jardineras, en el entorno de la parada de ómnibus frente al predio sobre la Avda. Don Pedro de Mendoza, según plano agregado a fs. 56 de estas actuaciones y b) se debe establecer que previo a gestionar la Fase "C" deberá construir los pavimentos diferenciados de los 3 accesos vehículares graficados en el plano que luce a fs. 44 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde proceder de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Modificar el ítem a) del numeral 2º de la Resolución Nº 3.947/99 del 18/X/99, el que quedará redactado de la siguiente forma: "a) se realice una barrera de troncos rústicos, que sobresalgan 0,60mt. del nivel de piso y se coloquen jardineras, en el entorno de la parada de ómnibus frente al predio sobre la Avda. Don Pedro de Mendoza, según plano agregado a fs. 56 de estas actuaciones", manteniendo en un todo los restantes términos del citado acto administrativo.-
        2º.- Disponer que previo a gestionar la Fase "C" deberá construir los pavimentos diferenciados de los 3 accesos vehículares graficados en el plano que luce a fs. 44 del Expediente Nº 4113-020342-98.-
        3º.- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización, para conocimiento de la autoridad local competente, de Recursos Financieros y pase al Servicio de Contralor de Edificaciones.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-