Resolución N° 1331/99
Nro de Expediente:
A 20325
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
16/4/1999


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la IMM y la empresa Pintos Risso S.A.

Montevideo, 16 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados, con el convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo, y la empresa "Pintos Risso S.A.";
        RESULTANDO: 1o.) que en el marco del decreto N° 25.298, se han venido celebrando por parte de la IMM, diversos convenios de patrocinio con diferentes organizaciones de la sociedad civil, combinando esfuerzos público - privados para el logro de objetivos comunes que beneficien a la comunidad;
        2o.) que en tal sentido dentro del marco normativo antes citado, el Departamento de Cultura, a través de la Orquesta Filarmónica de Montevideo, ha arribado a un nuevo acuerdo, esta vez con la empresa "Pintos Risso S.A.", que permitirá aportar una solución locativa, de carácter provisorio, para la sede de la Orquesta;
        3o.) que por lo expuesto la División Promoción y Acción Cultural, sugiere se apruebe el proyecto de convenio que luce agregado a fs. 1 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede aprobar las cláusulas del convenio de referencia;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la empresa "Pintos Risso S.A.", en los siguientes términos: CONVENIO: En Montevideo, a los días del mes de de mil novecientos noventa y nueve, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, representada por , en su calidad de , con domicilio en Avda. 18 de Julio Nº 1360 y POR OTRA PARTE: la empresa "Pintos Risso S.A.", representada por el Sr. Sergio Pintos, C.I. N° 1.716.052-2, con domicilio en la calle Plaza Independencia N° 822, Piso 13, convienen lo siguiente: ANTECEDENTES: En el marco del decreto N° 25.298, se han venido celebrando por parte de la IMM diversos convenios de patrocinio con diferentes organizaciones de la sociedad civil, combinando esfuerzos público - privados para el logro de objetivos comunes que beneficien a la comunidad. Dentro de ese marco normativo, el Departamento de Cultura, a través de la Orquesta Filarmónica de Montevideo, ha arribado a un nuevo acuerdo, esta vez con la empresa compareciente, que permitirá aportar una solución locativa, de carácter provisorio, para la sede de la Orquesta. CLAUSULA PRIMERA: La empresa "Pintos Risso S.A." se compromete a ceder sin cargo alguno para la IMM las oficinas sitas en el edificio ubicado en la calle Plaza Independencia N° 848, para ser destinadas a sede de la Orquesta Filarmónica de Montevideo, durante el período de un año, a partir de la firma de este convenio, con posibilidad de hacerlo extensivo por otro lapso de tiempo igual, para este u otro lugar, de común acuerdo y bajo las mismas condiciones. CLAUSULA SEGUNDA: La IMM confiere a "Pintos Risso S.A" la calidad de patrocinador de la Orquesta Filarmónica de Montevideo para el año 1999, en la categoría de presentador, asociando la marca de referencia en cada una de las presentaciones y actividades que sean públicas. Esto implica que la IMM se compromete a colocar la marca designada en los programas de conciertos, a colocar estática en el lugar de las presentaciones, así como a publicar la marca y mencionarla en todos los avisos de la Orquesta que se realicen en medios de comunicación, televisión, radio y diarios. Asimismo, la patrocinadora podrá hacer pública la colaboración acordada, con expresa referencia al espíritu de cooperación que anima este convenio, según lo expresado en la cláusula cuarta. CLAUSULA TERCERA: La empresa "Pintos Risso S.A." no recibirá de la Comuna concesión ni remuneración de especie alguna por sus aportes de patrocinio. CLAUSULA CUARTA: Las partes declaran su propósito de que en la ejecución de este convenio se actúa con espíritu de leal colaboración en interés mutuo, de modo que prevalezca un criterio de ágil adecuación a las circunstancias imperantes, procurándose mantener condiciones que permitan un resultado acorde a la importancia de este acuerdo.
        De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2o.-Delegar la firma del presente convenio en el Director General del Departamento de Cultura.-
        3o.-Comuníquese a la Secretaría General, al Servicio de Relaciones Públicas y Comunicaciones, a la División Promoción y Acción Cultural, a las Unidades Orquesta Filarmónica de Montevideo, Apoyo y Asesoramiento del Departamento de Cultura y de Convenios, y pase al citado Departamento para la suscripción del convenio de referencia.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-