Resolución N° 3128/18
Nro de Expediente:
20148-1001-98-001271
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
12/7/2018


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se autoriza a Infratelco Uruguaya S.R.L. a instalar redes 4G/5G//LPWAN mediante el uso combinado de fibra óptica en los ductos subterráneos existentes de la Intendencia y tendidos aéreos en zonas donde no existen ductos, lo que incluye autorizar el derecho de paso de fibra por dichos ductos, así como la instalación de micro-celdas en columnas de alumbrado existentes.-

Montevideo, 12 de Julio de 2018.-
 
        VISTO: la solicitud de autorización de Infratelco Uruguaya S.R.L. para realizar la instalación de redes 4G/5G//LPWAN mediante el uso combinado de fibra óptica en los ductos subterráneos de la Intendencia y tendidos aéreos en distintos puntos de la ciudad;
        RESULTANDO: 1º) que la Unidad de Control y Coordinación de Redes informa que: a) que no sería aceptable el tendido de fibras ópticas aéreas adicionales, ni agregar más columnas o postes en las zonas urbanas por razones urbanísticas y paisajísticas; b) desde hace varios años se sostiene la postura de evitar autorizaciones de tendidos aéreos que impliquen contaminación visual; c) no es aceptable usar columnas existentes de luminarias ni realizar tendidos aéreos de cables de fibras ópticas entre las mismas en la Avda. 18 de Julio, en la Ciudad Vieja y en la Rambla; d) podría ser aceptable autorizar una solución con comunicaciones inalámbricas y se empleará en todos los casos la infraestructura existente de columnas sin agregar nuevas;
        2º) que la Unidad de Tecnología para Ciudades Inteligentes, con la conformidad del Departamento de Desarrollo Sostenible e Inteligente informa que: a) la propuesta consiste en instalar celdas para radiobases celulares (3G, 4G, etc.); b) la empresa no es un operador de telecomunicaciones que pueda brindar el servicio de telefonía celular y acceso celular a Internet para el que se usan las radiobases mencionadas ya que las empresas autorizadas a suministrar los servicios celulares en Uruguay son ANTEL, Claro-Telmex y Telefónica-Movistar de acuerdo a los procesos licitatorios y la regulación correspondiente del organismo regulador competente (URSEC); c) no se está ofreciendo el uso de un sistema de comunicaciones operativo que pudiera utilizar esta Administración como contraprestación; d) no se suministra información que permita determinar la viabilidad comercial del negocio y por lo tanto no es posible evaluar la viabilidad del cobro de un canon como contraprestación y e) la propuesta no contempla la instalación de Wi-Fi público ni la infraestrutura necesaria para brindar ese servicio;
        3º) que la División Asesoría Jurídica informa que: a) la instalación de tales redes y la determinación de sus condiciones, así como de las tasas y/o cánones a pagar, podrá quedar supeditada a la previa autorización del Departamento de Desarrollo Urbano; b) se deberán tomar en cuenta los convenios suscritos con las empresas Claro y Telefónica Móviles del Uruguay (MOVISTAR), aprobados por Resoluciones Nos. 3145/08 del 21/VII/08 y 4542/09 del 22/X/09; c) la empresa deberá presentar al Departamento de Desarrollo Urbano propuestas de redes a instalar con los recorridos, los ductos subterráneos de la Intendencia que serían utilizados y columnas de alumbrado existentes según corresponda. Una vez aprobados los proyectos se podrá solicitar anuencia a la Junta Departamental que autorice a otorgar el uso por el plazo de 20 años; d) el Departamento de Desarrollo Urbano acordará la forma de pago de la tasa por derecho de ocupación del subsuelo según la normativa vigente, cuya forma de pago podrá ser en forma de contraprestaciones según lo establecido en el Artículo 267.19.1 del TOTID, por medio del intercambio en régimen de igualdad de servicios de "ciudad inteligente" por medio de Internet de las Cosas u otros servicios y obras de valor equivalente;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano entiende que corresponde dictar resolución en tal sentido;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Autoriza a Infratelco Uruguaya S.R.L. a instalar redes 4G/5G//LPWAN mediante el uso combinado de fibra óptica en los ductos subterráneos existentes de la Intendencia y tendidos aéreos en zonas donde no existen ductos, lo que incluye autorizar el derecho de paso de fibra por dichos ductos, así como la instalación de micro-celdas en columnas de alumbrado existentes, previa autorización por parte del Departamento de Desarrollo Urbano.-
        2º.- Establecer que la empresa podrá presentar propuestas de redes a instalar con los recorridos, con los ductos subterráneos de la Intendencia que serían utilizados y columnas de alumbrado existentes si correspondiera, al Departamento de Desarrollo Urbano quien resolverá las condiciones de aprobación y determinación de la tasa por derecho de ocupación del subsuelo según la normativa vigente, cuya forma de pago podrá ser en forma de contraprestaciones según lo establecido en el Artículo 267.19.1 del TOTID, por medio del intercambio en régimen de igualdad, de servicios de "ciudad inteligente" por medio de Internet de las Cosas u otros servicios y obras de valor equivalente.-
        3º- Promover un acuerdo para el uso y mantenimiento de la red de fibra óptica y ductos subterráneos que utilice la empresa, teniendo en cuenta los convenios suscritos según las Resoluciones Nos. 3145/08 del 21/VII/08 y 4542/09 del 22/X/09 que establecen las condiciones del mantenimiento en caso que la Intendencia ceda el uso a terceros.-
        4º- Una vez aprobados los proyectos a que refiere el Numeral 2º de la presente Resolución, se podrá solicitar anuencia a la Junta Departamental para otorgar del derecho de uso de las infraestructuras propiedad de esta Intendencia que sean utilizadas para instalar las redes de Infratelco Uruguaya S.R.L, por el plazo de 20 (veinte) años.-
        5º.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Desarrollo Sostenible e Inteligente, a la División Asesoría Jurídica, a la Unidad Técnica de Alumbrado Público, a la Unidad de Tecnología para Ciudades Inteligentes y pase a la Unidad de Control y Coordinación de Redes de



        Infraestructura Urbana.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-