Resolución N° 2505/08
Nro de Expediente:
1001-008847-08
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
9/6/2008


Tema:
PROYECTOS DE DECRETOS

Resumen:
Se remite a la Junta Departamental de Montevideo, Proyecto de Decreto para enajenar a título gratuito a la Administración Nacional de Educación Pública ANEP, la propiedad y posesión de un solar de terreno baldío, sin empadronar, ubicado en el Barrio Lavalleja, Carpeta Catastral 8010, con frete a las calles Moretti y Aubriot.-

Montevideo, 9 de Junio de 2008.-
 
          VISTO: estas actuaciones relacionadas con la situación del predio sin empadronar ubicado en el Barrio Lavalleja, con frentes a las calles Moretti y Aubriot, Carpeta Catastral 8010, del Departamento de Montevideo, el cual fue enajenado a título gratuito, por esta Intendencia Municipal a la Administración Nacional de Educación Pública, en el marco de un Convenio aprobado por Resolución Nº 1623/04, de 26 de abril de 2004;
          RESULTANDO: 1º) que el 14 de febrero del año en curso, por Oficio Nº 9/2008, la Unidad de Contencioso del Consejo Directivo Central de ANEP, solicitó la desocupación del referido predio en virtud de no haber podido tomar posesión del inmueble el cual se encuentra ocupado por una pareja que habita una construcción precaria, expresando que ANEP no tiene legitimación para promover el desalojo, siendo necesario entregar el inmueble libre de ocupantes;
          2º) que el 20 de noviembre de 2006, ambas Administraciones suscribieron el Convenio por la enajenación a título gratuito, la propiedad y posesión de un solar de terreno baldío con las mejoras que le acceden ubicado en la localidad catastral Montevideo, Zona Urbana periférica, que formaba parte del espacio existente el cual fue desafectado por Resolución Nº 4996/05, de 7 de noviembre de 2005, señalado en el plano de fraccionamiento del Ing. Agrim. Enrique Arzuaga, como fracción Nº 1, el cual consta de una superficie total de 4.058 mts. 20 dms.;
          3º) que en dicho Convenio se estableció que ANEP recibe la posesión del inmueble libre de obligaciones, gravámenes y ocupantes a cualquier título, como así también que la operación queda supeditada a su aprobación, por la Junta Departamental de Montevideo;
          4º) que el 20 de mayo último el Servicio de Escribanía remite las actuaciones a efectos de gestionar la venia correspondiente;
          CONSIDERANDO: lo previsto en el numeral 2º, del artículo 37º, de la Ley Orgánica Municipal Nº 9515, de 28 de octubre de 1935;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente,
          PROYECTO DE DECRETO:
          Artículo 1º.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo para enajenar a título gratuito a la Administración Nacional de Educación Pública ANEP, la propiedad y posesión de un solar de terreno baldío, sin empadronar, con las mejoras que le acceden ubicado en la localidad Catastral Montevideo, Zona Urbana Periférica, que formaba parte del espacio libre existente, el que fue desafectado en lo pertinente por Resolución Nº 4996/05, de 7 de noviembre de 2005, señalado en el plano de fraccionamiento del Ing. Agrim. Enrique Arzuaga, (fs. 29 del Exp. SEM 1001-008847-08), de abril de 2004, como fracción Nº 1, y según el cual consta de una superficie de 4.058 metros 20 decímetros, con 43 metros 47 centímetros de frente al Norte a la calle Arq. Juan María Aubriot; al Este y Sureste, dos tramos rectos de 53 metros 44 centímetros y 40 metros 89 centímetros lindando respectivamente con los Padrones Nos. 195313 y 195302; al Suroeste 42 metros 67 centímetros de frente a la calle Arq. Cayetano Moretti; y 81 metros 73 centímetros al Noroeste lindando con espacio libre existente a mantener (fracción 2 del mismo plano).-
          Artículo 2º.- Comuníquese.-
          2.- Comuníquese al Servicio de Escribanía y cúmplase lo dispuesto en el numeral 1º.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
DR. JORGE RODRIGUEZ , Secretario General (I).-