Resolución N° 2760/13
Nro de Expediente:
9524-000224-13
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
1/7/2013


Tema:
PRECIO

Resumen:
Se fijan los precios de Estacionamiento Tarifado y abono mensual, estableciendo el ajuste anual en enero de cada año de acuerdo al IPC y se remite a la Junta Departamental de Montevideo un Proyecto de Decreto facultando a la Intendencia para aumentar el valor de la multa de Estacionamiento Tarifado en UR 2 y crear el Inciso B del Artículo 110, que fijará el valor de las infracciones correspondientes a tickets vencidos en UR 1.

Montevideo, 1 de Julio de 2013.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 137/12 de 9/01/12 se convalidó y fijo el precio de la hora de Estacionamiento Tarifado y abono mensual;
        RESULTANDO: 1o.) que la División Tránsito y Transporte informa que de acuerdo a la evolución del IPC de los últimos doce meses, corresponde ajustar el precio de la hora de Estacionamiento Tarifado y abono mensual ;
        2o.) que la División Administración de Ingresos entiende procedente el dictado de una Resolución con los nuevos valores, fijando en $ 22,00 la hora de Estacionamiento Tarifado y en $ 1.634,00 el abono mensual, estableciendo el ajuste anual en enero de cada año de acuerdo a la evolución del IPC;
        3o.) que asimismo expresa que corresponde fijar el valor de la multa de Estacionamiento Tarifado en UR 2 de acuerdo al Inciso A del Art. 110 y remitir a la Junta Departamental un Proyecto de Decreto para crear el Inciso B del Art. 110, correspondiente a infracciones por ticket vencidos, fijando su valor en 1 UR;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Recursos Financieros entiende procedente proveer de conformidad y remitir un Proyecto de Decreto para considerar crear el Inciso B del Art. 110, que fijará el valor de las infracciones correspondientes a tickets vencidos;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Fijar el precio de la hora de Estacionamiento Tarifado en $ 22,00 (pesos uruguayos veintidos ) y el valor del abono mensual en $ 1.634,00 (pesos uruguayos mil seiscientos treinta y cuatro).-
        2o.- Establecer el ajuste anual en enero de cada año de acuerdo a la evolución del Índice de Precios al Consumo (IPC).-
        3o.- Remitir a la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO:
        Artículo 1o.- Incorpórase al Articulo 110 del Decreto No. 19.023 de 27 de diciembre de 1978 (correspondiente al Articulo D.647 del Volumen V "Transito y Transporte" del Digesto Departamental, Parte Legislativa), el siguiente inciso: "Establécense, para las infracciones a las limitaciones o prohibiciones de estacionar, las siguientes sanciones:
        A) La infracción por estacionamiento en zona tarifada sin el correspondiente ticket se establece en 2 U.R. (unidades reajustables dos).
        B) La infracción por estacionamiento en zona tarifada con ticket vencido se establece en 1 U.R. (unidad reajustable una)".-
        Artículo 2o.- Comuníquese.-
        4o.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-