Resolución N° 4036/12
Nro de Expediente:
2230-053732-11
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
24/9/2012


Tema:
EXONERACIONES - TRIBUTOS

Resumen:
Se declara exonerada a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), al amparo del Art. 463o. de la Ley No. 16.226 de 29/10/1991, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales y al amparo de lo dispuesto en el Art. 31o. del Decreto No. 11.812 de 15/09/60, en el Art. 55o. del Decreto No. 14.436 de 3/01/69 y en el Art. 14o. del Decreto No. 24.754 de 10/12/90, del pago de la Tasa General, que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 120.905/004, ubicado en la calle Michigan No. 1571/004, por el período 2007 a 2012 y mientras el inmueble sea patrimonio de ANEP, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 7.974,00.

Montevideo, 24 de Setiembre de 2012.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), solicitando exoneración de pago de los tributos que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 120.905/004, ubicado en la calle Michigan No. 1571/004;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante adquirió el referido inmueble por modo sucesión (herencia yacente) de los señores Frida o Frieda Klug Masche y de Guillermo Koehne Reibick, desde el día 7 de setiembre de 1966;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios indica que la ANEP se encuentra amparada dentro de la inmunidad impositiva establecida en el Art. 463o. de la Ley No. 16.226 de 29 de octubre de 1991, para el impuesto de Contribución Inmobiliaria y respecto a la Tasa General se encuentra comprendida en la exoneración tributaria establecida en el Art. 31o. del Decreto No. 11.812 de 15/09/60 y en el Art. 55o. del Decreto No. 14.436 de 3/01/69, las que fueron reiteradas en el Art. 14o. del Decreto No. 24.754 de 10/12/90;
        3o.) que de acuerdo a la documentación presentada corresponde declarar exonerado al padrón No. 120.905/004, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales y de la Tasa General por el período 2007 a 2012, dejando de percibir esta Intendencia anualmente la suma total aproximada de $ 7.974,00;
        4o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado precedentemente;
        CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Recursos Financieros provee de conformidad;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), al amparo del Art. 463o. de la Ley No. 16.226 de 29/10/1991, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales y al amparo de lo dispuesto en el Art. 31o. del Decreto No. 11.812 de 15/09/60, en el Art. 55o. del Decreto No. 14.436 de 3/01/69 y en el Art. 14o. del Decreto No. 24.754 de 10/12/90, del pago de la Tasa General, que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 120.905/004, ubicado en la calle Michigan No. 1571/004, por el período 2007 a 2012 y mientras el bien se mantenga en el patrimonio de ANEP, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 7.974,00 (pesos uruguayos siete mil novecientos setenta y cuatro).-
        2o.- ANEP, deberá comunicar a esta Intendencia cualquier modificación de las condiciones que permite el otorgamiento del beneficio fiscal.-
        3o.- Comuníquese al Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para notificación del interesado y a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-