Resolución N° 5394/13
Nro de Expediente:
0012-004656-13
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
25/11/2013


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se autoriza al Sr. Héctor Benítez Director Responsable de la Escola Do Samba "Bonobara Band", el uso de la Plaza Fabini el 21 y el 28 de diciembre de 2013 con motivo de llevar a cabo ensayos del grupo.-

Montevideo, 25 de Noviembre de 2013.-
 
        VISTO: la nota de 15 de octubre de 2013 del Sr. Héctor Benítez Director Responsable de la Escola Do Samba "Bonobara Band", presentada ante el Centro Comunal Zonal No. 2, solicitando autorización para el uso de la Plaza Fabini el 21 y el 28 de diciembre del año en curso con motivo de llevar a cabo ensayos del grupo;
        RESULTANDO: 1o.) que el 15 de octubre de 2013 el Gobierno Local de conformidad remite las actuaciones;
        2o.) que el 21 de octubre ppdo. el Servicio de Planificación Gestión y Diseño informa que atento al interés público y cultural de la actividad propuesta no presenta objeciones para su autorización en lo que le compete, recomendando el cumplimiento de ciertos aspectos que constan a fs. 4;
        3o.) que 29/10/13 la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia autorizar al Sr. Héctor Benítez Director Responsable de la Escola Do Samba "Bonobara Band", el uso de la Plaza Fabini entre las 21:00 y las 23:00 horas el 21 y el 28 de diciembre del año en curso con motivo de llevar a cabo ensayos del grupo. Se condiciona a que el gestionante deberá: A) cumplir: a) con las disposiciones vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y al cumplimiento de los días y horarios autorizados, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar, no pudiéndose afectar pavimentos, elementos vegetales y todo otro equipamiento de la zona, así como la circulación peatonal y vehicular en la zona de desarrollo del evento; b) con la normativa ambiental vigente, como prohibición de estacionar vehículos en la vereda y espacios verdes, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar, instalando recipientes para residuos en cantidad y dimensiones adecuadas al evento; c) con todas las normas y reglamentaciones vigentes que regulan este tipo de evento; B) responsabilizarse: a) de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de higiene, limpieza y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, césped, especies vegetales y demás instalaciones, tanto superficies aéreas o subterráneas, prohibiéndose terminantemente hacer uso de árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles de cualquier tipo, no pudiendo instalar propaganda de clase alguna y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberá ajustarse a la normativa vigente; b) de todas las consecuencias que se originen o deriven de la actividad a desarrollar, quedando esta Intendencia exonerada de toda responsabilidad; C) con los requerimientos del Servicio de Planificación, Gestión y Diseño, Unidad de Concesiones (fs. 4 y 5) las cuales se dan aquí íntegramente por reproducidas y cuya copia deberá ser entregada al interesado; D) el incumplimiento de las condiciones en que se otorga la autorización así como las molestias que puedan provocarse hacia el vecindario y que den lugar a denuncias, motivará la inmediata suspensión de la actividad. El contralor de los aspectos indicados o los que dieran lugar a la autorización mediante resolución serán llevados a cabo por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2; E) efectuar las coordinaciones que correspondan con el Municipio B, la División Tránsito y Transporte y los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 2 y Central de Inspección General; F) El otorgamiento de este permiso, no supone apoyos materiales específicos, ni la exoneración de obligaciones legales y reglamentarias de cualquier naturaleza;
        4o.) que el 24 de noviembre de 2013 el Departamento de Acondicionamiento Urbano remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución;
        CONSIDERANDO: que procede proveer de conformidad;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Autorizar al Sr. Héctor Benítez Director Responsable de la Escola Do Samba "Bonobara Band" el uso de la Plaza Fabini el 21 y el 28 de diciembre de 2013 con motivo de llevar a cabo ensayos del grupo.-
        2.- Establecer que el interesado deberá cumplir con las normas vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado de acuerdo al informe que se indica en el Resultando 3o., de la División Espacios Públicos y Edificaciones.-
        3.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Acondicionamiento Urbano, a las Divisiones Espacios Públicos y Edificaciones, Tránsito y Transporte, a los Servicios Centro Comunal Zonal No. 2, Central de Inspección General, Planificación, Gestión y Diseño y pase al Municipio B para notificar al interesado y demás efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-