Resolución N° 1590/14
Nro de Expediente:
6410-005563-13
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
5/5/2014


Tema:
PROMULGACION DE DECRETO

Resumen:
Se promulga el Decreto No. 35.029 y se desafecta como espacio libre el ubicado sobre la Calle No. 5, entre la Calle No. 2 y la Calle No. 3, dentro de los límites del CCZ 11, Municipio D, en las condiciones que se establecen.-

Montevideo, 5 de Mayo de 2014.-
 
        VISTO: el Decreto Nº 35.029 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 3 de abril de 2014, por el cual de conformidad con la Resolución Nº 5879/13 de 23/12/13, se faculta a este Ejecutivo a desafectar como espacio libre el ubicado sobre la Calle No. 5, entre la Calle No. 2 y la Calle No. 3, en el padrón No. 406.177, según lo graficado en el plano Nº 20.851 del Servicio de Regulación Territorial que luce incorporado en el expediente Nº 6410-005563-13; se aprueba el Proyecto de Modificación de Alineaciones del espacio libre de referencia y se establece que el presente Decreto entrará en vigencia transcurridas tres semanas desde la fecha de su promulgación;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Promúlgase el Decreto Nº 35.029 sancionado el 3 de abril de 2014.-
        2.- Desafectar como espacio libre el ubicado sobre la Calle No. 5, entre la Calle No. 2 y la Calle No. 3, en el padrón No. 406.177, según lo graficado en el plano Nº 20.851 del Servicio de Regulación Territorial que luce incorporado en el expediente Nº 6410-005563-13.-
        3.- Aprobar el "Proyecto de Modificación de Alineaciones para la supresión del espacio libre ubicado sobre la Calle No. 5, entre la Calle No. 2 y la Calle No. 3, en el padrón No. 406.177" dentro de los límites del C.C.Z. Nº 11, Municipio D, graficado en el plano Nº 20.851 del Servicio de Regulación Territorial que luce incorporado al expediente Nº 6410-005563-13.-
        4.- Establecer que el Decreto promulgado por el Numeral 1º entrará en vigencia transcurridas tres semanas desde la fecha de la presente Resolución.-
        5.- Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, al Municipio D, al Departamento de Acondicionamiento Urbano, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Planificación Territorial, a los Servicios de Regulación Territorial, Centro Comunal Zonal Nº 11, a los Equipos Técnicos de Actualización Normativa, de Información Jurídica y pase por su orden al Sector Despacho -para su desglose e incorporación al Registro correspondiente- y al Departamento de Planificación para proseguir con los trámites pertinentes.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-