Resolución N° 3331/20
Nro de Expediente:
2019-5963-98-000007
 
DESARROLLO ECONÓMICO
Fecha de Aprobación:
21/09/2020


Tema:
ADJUDICACIONES

Resumen:
CONVALIDAR LO ACTUADO Y AUTORIZAR AL AMPARO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 74 DEL TOCAF, LA AMPLIACIÓN POR UN PERÍODO DE 63 (SESENTA Y TRES) MESES A PARTIR DEL 1 DE ABRIL DE 2019, DE LA ADJUDICACIÓN PARA LA CONCESIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL LOCAL DEL PARADOR PLAYA MALVÍN, OTORGADA AL SR. FEDERICO GARCÍA ROSANO.

Montevideo, 21 de Setiembre de 2020.-
 

                         VISTO: la actual situación del local del Parador Playa Malvín, concesionado al Sr. FEDERICO GARCÍA ROSANO, por Resolución Nº 1030/07/5000 de 26 de diciembre de 2007;

                         RESULTANDO: 1º.) que por Resolución Nº 2228/17, de fecha 29 de mayo de 2017, se autorizó la ampliación de la concesión por un plazo de 33 (treinta y tres) meses, a partir del 31 de junio de 2016;

2º.) que con fecha 19 de marzo de 2019, el concesionario presenta nota solicitando una nueva prórroga de la referida concesión;

3º.) que consultada la División Asesoría Jurídica informa que se estima conveniente promover la ampliación del plazo de la concesión del Parador Playa Malvín por un período de 63 (sesenta y tres) meses a partir del 1 de abril de 2019, en interés de esta Administración y en aplicación de lo dispuesto por el Artículo 74 del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF);

4º.) que la División Promoción Económica se manifiesta de conformidad;

                         CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución en el sentido indicado;



EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Convalidar lo actuado y autorizar, al amparo de lo establecido en el Artículo 74 del TOCAF, la ampliación por un período de 63 (sesenta y tres) meses a partir del 1 de abril de 2019, de la concesión y explotación del local del Parador Playa Malvín, otorgada al Sr. Federico García Rosano, en un todo de acuerdo al Pliego Particular de Condiciones que rigió el llamado a Licitación Pública No. 270/2007.

2º. Establecer que el concesionario deberá realizar las obras de accesibilidad presentadas por expediente Nº 2019-5963-98-000011 y aprobadas por la Secretaría de Accesibilidad para la Inclusión, en un plazo de hasta 6 (seis) meses contados desde la fecha de notificación de esta resolución.

3º. Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General y de Recursos Financieros, y pase para notificación del interesado y demás efectos a la División Promoción Económica.

CHRISTIAN MARTÍN DI CANDIA CUÑA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

FERNANDO DANIEL NOPITSCH D'ANDREA, SECRETARIO GENERAL.-