Resolución N° 5272/13
Nro de Expediente:
3330-024752-12
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
18/11/2013


Tema:
RECURSOS

Resumen:
Se hace lugar parcialmente al recurso de reposición interpuesto por la empresa Barraca Arnaldo Sabatini S.R.L., contra la Resolución No. 159/13/6300 de 12/8/13, dictada por la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental en ejercicio de facultades delegadas y se modifica el numeral 1 de la citada Resolución estableciendo que la multa a aplicar es de U.R. 25.-

Montevideo, 18 de Noviembre de 2013.-
 
          VISTO: la impugnación presentada por la empresa Barraca Arnaldo Sabatini S.R.L., contra la Resolución No. 159/13/6300 de 12 de agosto de 2013, dictada por la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental en ejercicio de facultades delegadas;
          RESULTANDO: 1o.) que por dicho acto administrativo se dispuso aplicar a la referida empresa, que funciona en Av. Gral. San Martín No. 4220 y 4236, una multa de U.R. 30, por haberse constatado ruidos que superan los admisibles;
          2o.) que la recurrente hace una reseña de las reparaciones realizadas para reducir al mínimo las emisiones sonoras (fs. 27 a 29) solicitando que la multa a aplicar debe ser reducida al mínimo;
          3o.) que la Unidad Asesoría de la División Asesoría Jurídica informa que aunque no se mencione se trata de un recurso de reposición contra dicho acto administrativo;
          4o.) que al no comprobarse que la firma intimada haya persistido porfiadamente en el acopio de hierros contra la medianera a la fecha de la última inspección en condiciones que contribuyeran a agravar los ruidos molestos cuya emisión se sanciona, se debería abatir la multa, acogiendo la pretensión;
          5o.) que el Director (I) de la Unidad Asesoría solicita el dictado de resolución a fin de hacer lugar parcialmente al recurso de reposición interpuesto y se modifique el numeral 1 de la Resolución No. 159/13/6300 estableciendo que la multa aplicada es de U.R. 25 y no de U.R. 30;
          CONSIDERANDO: que el 1/11/13 el Director de la División Asesoría Jurídica remite las actuaciones para su consideración;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Hacer lugar parcialmente al recurso de reposición interpuesto por la empresa Barraca Arnaldo Sabatini S.R.L., contra la Resolución No. 159/13/6300 de 12 de agosto de 2013, dictada por la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental en ejercicio de facultades delegadas.-
          2. Modificar el numeral 1 de la Resolución No. 159/13/6300 de 12/8713, estableciendo que la multa a aplicar a la aludida empresa es de U.R. 25 (Unidades Reajustables veinticinco) por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
          3. Pase al Departamento de Departamento de Desarrollo Ambiental para notificar a la citada empresa y demás efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-