Resolución N° 1436/00
Nro de Expediente:
2020-002418-99
 
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
Fecha de Aprobación:
25/4/2000


Tema:
SUMARIOS

Resumen:
Se concluye el dispuesto a la Sra. Wilma Canavessi, disponiendo la aplicación de un mes de suspensión.-

Montevideo, 25 de Abril de 2000.-
 
        VISTO: el sumario administrativo dispuesto por Resolución Nº 4340/99 de fecha 15 de noviembre de 1999, a la funcionaria Sra. Wilma Canavessi, C.I. N° 1.382.811-8;
        RESULTANDO: que previamente se había realizado una investigación administrativa dispuesta por Resolución Nº 823/99 del 30 de agosto de l999, en razón de que -según informe del Servicio de Tesorería donde se desempeñaba la titular- tres extracciones de caja de fechas 3, 6 y 16 de agosto de l999, efectuadas por la sumariada, arrojaron un saldo no rendido por un total de $ 7.023,00 ($ 6.840,00 más un saldo de $ 183,00 no rendido de retiros anteriores fs. 2);
        CONSIDERANDO: 1º) que se formuló el relato de hechos y se observaron las garantías del "manifiesto" y "vista", sin que la interesada solicitara ampliación, aunque presentó descargos que lucen a fs. 46 y 46 vta.;
        2º) que la División Jurídica expresa que surge de estas actuaciones que la funcionaria Canavessi mantuvo en su poder sumas de dinero, retiradas en su oportunidad para abonar arreglos de una maquinaria del Servicio de Tesorería y para la compra de útiles, permaneciendo el dinero en su poder desde la fecha de sus retiros (fs. 5 a 7) hasta que lo devolvió al mismo el 24 de agosto de l999;
        3º) que la titular adujo en sus descargos que de acuerdo al Art. 115 del T.O.C.A.F, tenía 60 días para rendir cuentas, no obstante, esto no puede ser de recibo, ya que dicho plazo es aplicable a la rendición con sus comprobantes de pagos ya efectuados;
        4º) que el plazo que media entre el retiro y su reintegro al Servicio de Tesorería, si el dinero no se gasta, es de 24 a 48 horas según las declaraciones del Director Administrativo de dicha dependencia (fs. 29) y del Tesorero General (fs. 31);
        5º) que la funcionaria de obrados incurrió en responsabilidad administrativa, obrando como atenuantes a su favor, su buena conducta anterior sin antecedentes disciplinarios desde su ingreso en el año l989, la no existencia de perjuicio para la Administración ya que las sumas de dinero fueron oportunamente vertidas, y el hecho de que el retiro lo realizó previendo la compra de útiles y materiales para el Servicio de Tesorería ante una situación de restricción de gastos;
        6º) que su inconducta encuadra en lo previsto en el Art. R. 423.2, lit. o) del Volumen III del Digesto Municipal, por lo que aconseja la aplicación de una sanción de 1 (un) mes de suspensión sin goce de sueldo;
        7º) que la Dirección General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales estima procedente el dictado de resolución en el sentido indicado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Dar por concluido el sumario administrativo ordenado por Resolución Nº 4340/99 de fecha 15 de noviembre de 1999.-
        2o.- Sancionar a la funcionaria Sra. Wilma Canavessi, C.I. N° 1.382.811-8, con 1 (un) mes de suspensión sin goce de sueldo.-
        3o.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; a las Unidades Auditoría de Personal, Empleos y Valoración de Puestos; a los Servicios de Tesorería, Ingresos Vehiculares y Liquidación de Haberes; y pase, por

        su orden, a los de Central de Inspección General, para notificación a la interesada y Administración de Recursos Humanos, a sus efectos.-
ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-