Resolución N° 2608/10
Nro de Expediente:
2240-001857-07
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
14/6/2010


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al recurso de reposición interpuesto por Tradilen S.A., contra la Resolución No. 43/10/2000, de 27 de enero de 2010, dictada por el Director General del Departamento de Recursos Financieros, en ejercicio de facultades delegadas, por la cual se le aplicó una multa de U.R. 100, por contravenir lo establecido en el Art. D.2397 del Digesto, al colocar propaganda en sede sin el permiso respectivo.-

Montevideo, 14 de Junio de 2010.-
 
          VISTO: el recurso de reposición interpuesto por Tradilen S.A., RUT 21 472924 0013, contra la Resolución No. 43/10/2000, de 27 de enero de 2010, dictada por el Director General del Departamento de Recursos Financieros, en ejercicio de facultades delegadas;
          RESULTANDO: 1o.) que por dicho acto administrativo se le aplicó a la compareciente una multa de U.R. 100, por contravenir lo establecido en el Art. D.2397 del Digesto, al colocar propaganda en sede sin el permiso respectivo, de acuerdo a la autorización conferida por Decreto Departamental No. 33.216, de 17/12/09, promulgado por Resolución No. 28/10, de 4/1/10;
          2o.) que la recurrente se agravia expresando que la multa impuesta le resulta onerosa y que tomó conocimiento extraoficial de que se le ha dispensado un trato desigual con respecto a otros comercios de la zona;
          CONSIDERANDO: 1o.) que de fs. 82 a 83, la Unidad Asesoría señala que en el aspecto formal, el recurso fue presentado en término hábil, destacando que no corresponde acceder a la suspensión solicitada, por cuanto la interposición de recursos no tiene efectos suspensivos;
          2o.) que en el aspecto sustancial, se señala que respecto al trato desigual alegado por la empresa impugnante, resulta irrelevante que se invoquen supuestos comentarios extraoficiales para fundar un eventual incumplimiento de la Intendencia, no aportando prueba alguna de sus dichos ni argumentaciones jurídicamente fundadas que pudieran justificar la revisión de lo actuado;



          3o.) que en mérito a lo expuesto, el Director de la Asesoría Jurídica aconseja no hacer lugar al recurso impetrado;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por Tradilen S.A., RUT 21 472924 0013, contra la Resolución No. 43/10/2000, de 27 de enero de 2010, dictada por el Director General del Departamento de Recursos Financieros, en ejercicio de facultades delegadas, por la cual se le aplicó una multa de U.R. 100, por contravenir lo establecido en el Art. D.2397 del Digesto, al colocar propaganda en sede sin el permiso respectivo.-
          2.- Pase al Departamento de Recursos Financieros para notificar a la interesada y demás efectos.-
ESC. HYARA RODRIGUEZ, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE BASSO, Secretario General.-