Resolución N° 1623/08
Nro de Expediente:
2500-011563-05
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
21/4/2008


Tema:
REITERACIONES DE GASTOS

Resumen:
Se reitera el gasto dispuesto por Resolución No. 4991/07, de 3 de diciembre de 2007, a favor de los profesionales Ing. Alvaro Brum, C.I. 969.788,oo y Dra. María Presentado, C.I. 3.790.671.-

Montevideo, 21 de Abril de 2008.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 4991/07, de 3 de diciembre de 2007, se dispuso prorrogar, por el período comprendido entre el 1o. de agosto de 2007 y el 31 de julio de 2008, la contratación en régimen de arrendamiento de servicios, para cumplir tareas de asesoramiento en sus respectivas profesiones en la Comisión Administradora del Mercado Modelo, a los profesionales Ing. Alvaro Brum, por el monto mensual que incluye IVA de las sumas de $ 31.434,oo, y $ 8.857,oo, a la Dra. María Presentado, (Sol. 103418, 103419, Ref. 65034, 65042);
        RESULTANDO: 1o.) que el Tribunal de Cuentas de la República, por resolución adoptada en sesión de fecha 7/2/08, (Carp. 217647, E. 690/09), ha considerado: 1) que el objeto de los contratos corresponde a un arrendamiento de servicios, dado que los contratados realizan actividad de asesoramiento; no es una obra, sino una tarea de ejecución continuada, lo que queda comprobada por las sucesivas prórrogas de los contratos; 2) que no resulta, por lo tanto, aplicable el Art. 35o. del TOCAF, ya que éste refiere a arrendamiento de obras, por lo que debió procederse a los procesos de selección previstos en el Art. 33o. del TOCAF, dado que no nos encontramos frente a un contrato aislado, sino a sucesivas prórrogas, por lo que debe ser considerado el monto total de todas estas; 3) que no se ha dado cumplimiento a lo establecido en los Arts. 162 y 178 de la Ley No. 16.713, ya que no se remiten comprobantes de estar inscriptos en la Caja de Profesionales Universitarios ni en el Registro Unico de la D.G.I. y con lo preceptuado por el Art. 15o. de la Ley No. 16.462, al no constar Declaración Jurada de los contratados de no ser funcionarios públicos, y atento a lo establecido en el Art. 211o., inciso b) de la Constitución de la República, ha acordado observar las presentes contrataciones;

        2o.) que la Asesoría Jurídica, en informe de 8/4/08, señala que que se habría padecido confusión respecto a lo dictaminado en el informe de fs. 84, en tanto en el mismo no se hace referencia al inciso primero del Art. 35o. del TOCAF, sino al segundo inciso del mismo para referirse a las condiciones de los profesionales "...siempre que su notoria competencia o experiencia fehacientemente comprobada, haga innecesario el concurso de méritos y antecedentes" (Art. 35, inc. 2), es decir, que en ningún momento se califica a los contratos de arrendamiento de obra, siendo los mismos de arrendamiento de servicio, indicando que la observación formulada por el Tribunal de Cuentas no es de recibo, en tanto se trata en la especie de arrendamiento de servicio y no de obras y además, en cuanto al cumplimiento del comprobante de inscripción de los profesionales contratados en la Caja de Profesionales Universitarios, el Registro Unico de la D.G.I. y la declaración jurada de no ser funcionarios públicos, nada obsta a que sea controlada en el momento de percibir los pagos, ya que la información actualizada debe constar en el sistema informático que los habilita, efectuándose las declaraciones en el Servicio de Compras, razón por la cual sugiere propiciar el dictado de resolución reiterando el gasto de que se trata;
        3o.) que el Director General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales remite estas actuaciones para la reiteración del gasto;
        CONSIDERANDO: lo previsto en los artículos 211º, inciso B) de la Constitución de la República y 97º del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1. Reiterar el gasto dispuesto por Resolución No. 4991/07, de 3 de diciembre de 2007, a favor de los profesionales Ing. Alvaro Brum, C.I. 969.788,oo y Dra. María Presentado, C.I. 3.790.671.-
        2. Se dispone la reiteración del gasto de acuerdo al informe de la Asesoría Jurídica que se indica en la parte expositiva de la presente resolución.-
        3. Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros, de Recursos Humanos y Materiales y de Desarrollo Económico e Integración Regional, y pase a la Contaduría General.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-