Resolución N° 1387/17
Nro de Expediente:
2016-3180-98-000130
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
27/3/2017


Tema:
CONVENIO

Resumen:
Se modifican las Cláusulas Segundo: Objeto y Tercero: Modo, del Convenio de Donación Modal aprobado por Resolución No. 339/17 de 23/01/17, a suscribir entre esta Intendencia y la Fundación Plenario de Mujeres del Uruguay con el objetivo de ofrecer una atención integral a mujeres en situación de violencia doméstica en las ComunasMujer de las Zonas Nos. 6 y 13.-

Montevideo, 27 de Marzo de 2017.-
 
        VISTO: la Resolución 339/17 de 23 de enero de 2017 por la cual se aprobó el texto del Convenio de Donación Modal a suscribir entre esta Intendencia y la Fundación Plenario de Mujeres del Uruguay (PLEMUU) con el objetivo de ofrecer una atención integral a mujeres en situación de violencia doméstica en las ComunasMujer de las Zonas Nos. 6 y 13, en el marco de las políticas de género que esta Intendencia desarrolla a través de la División Asesoría para la Igualdad de Género;
        RESULTANDO: 1o.) que el 17 de marzo de 2017 la División Asesoría para la Igualdad de Género informa que la Contaduría General solicita modificar la Cláusula Segunda del referido Convenio especificando que los montos a ajustar por IPC son por 12 meses al igual que los haberes de la coordinación, mientras que los montos de los profesionales que atienden los servicios en las diferentes comunas son por 11 meses ya que las comunas cierran en el mes de enero;
        2o.) que además expresa que han constatado que los datos del detalle de las horas de atención en las dos comunas difieren de los del llamado por el cual se contrata el servicio y con la realidad de los días y horarios de atención en dichas comunas, pues el llamado y la atención es de 2 técnicos por 6 horas semanales cada uno y el Convenio expresa 2 técnicos que realizarán 6 horas semanales entre los dos, por lo cual el presupuesto de dicho Convenio e imputación fue realizado por un monto menor;
        3o.) que en tal sentido solicita modificar las Cláusulas Segundo: Objeto y Tercero: Modo, de acuerdo al texto que consta en obrados;
        4o.) que el 17 de marzo de 2017 se generó la Solicitud de Preventiva SEFI Nº 198820 por la suma de $ 473.768,oo por la diferencia correspondiente a la modificación de la Resolución;
        CONSIDERANDO: que procede proveer de conformidad;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Modificar las Cláusulas Segundo: Objeto y el numeral V del Tercero: Modo, del Convenio de Donación Modal cuyo texto fue aprobado por Resolución No. 339/17 de 23 de enero de 2017, las que quedarán redactadas de la siguiente forma:
        "SEGUNDO: OBJETO: I) La IdeM dona a la Institución la suma total de $ 1.365.278,oo (pesos uruguayos un millón cuatrocientos setenta y dos mil quinientos veinte), la que se entregará en tres partidas iguales de $ 490.840,oo (pesos uruguayos cuatrocientos noventa mil ochocientos cuarenta) entregándose la primera a la firma de la donación modal, la segunda a los 120 (ciento veinte) días de iniciado el plazo y la tercera a los 120 (ciento veinte) días de la segunda, todas en el año 2017. II) Para gastos de administración que impliquen la instrumentación de los servicios y las actividades se entregará una partida del 5 % del presupuesto total mensual. III) Las sumas donadas se ajustarán semestralmente por el IPC del período en todo lo que no corresponda a retribuciones al personal profesional, significando estos últimos un total mensual de $ 125.217,oo (pesos uruguayos ciento veinticinco mil doscientos diecisiete ) correspondiendo esta a las retribuciones del coordinador que brindará el servicio por 12 meses y los profesionales lo harán por 11 meses, incluidas en todos los casos las incidencias (o alícuotas) mensuales, todo lo cual se ajustará por el Consejo de Salarios Grupo 20 Sub Grupo 03.-en los meses de enero y julio de cada año. Se deberá tener en cuenta que el ajuste de enero de 2017 por este concepto está pendiente debido a que a la fecha de tramitación del presente no se conoce el mismo. IV) La suma a ajustarse por IPC asciende a $ 7.935,oo (pesos uruguayos siete mil novecientos treinta y cinco) la que deberá ser ajustada por primera vez en el mes de julio de 2017. V) El valor de la hora profesional es de $ 668,oo (pesos uruguayos seiscientos sesenta y ocho) que se actualizará con los aumentos correspondientes al momento de la firma del convenio."
        " TERCERO: MODO: .........V) Cumplir con el servicio en las Comunas 6 y 13 contando para ello con dos técnicos/as jurídicos con 6 (seis) horas semanales de labor cada uno, lo que da un total de 52 (cincuenta y dos horas mensuales) en la Comuna 6; dos técnicos/as jurídicos con seis horas semanales de labor cada uno, lo que da un total de 52 (cincuenta y dos horas mensuales) en la Comuna 13; así como un/a técnico/a encargado/a de coordinación que será el referente institucional ante la IdeM con 6 (seis) horas mensuales de labor por cada Comuna (12 horas mensuales en su totalidad). Los técnicos de cada Comuna contarán con 4 (cuatro) horas semanales para patrocinio, procuración y audiencias.......", manteniéndose incambiados los restantes términos.-
        2. Establecer que la erogación de $ 473.768,oo (pesos uruguayos cuatrocientos setenta y tres mil setecientos sesenta y ocho) será atendida con cargo a la Solicitud SEFI No. 198820 de 17 de marzo de 2017.-
        3. Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a las Divisiones Asesoría para la Igualdad de Género, Asesoría Jurídica, a la Unidad Central de Auditoría Interna y pase por su orden a la Contaduría General y a los Servicios de Escribanía y Relaciones Públicas para coordinar la formalización de la modificación del Convenio de Donación Modal.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-