Resolución N° 1508/19
Nro de Expediente:
2018-1155-98-000483
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
25/3/2019


Tema:
MULTAS

Resumen:
Proyecto de Decreto a la Junta Departamental para aplicar una multa de 110 U.R. a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado por falta de pavimento provisorio reglamentario en acera mientras efectuaba trabajos en la vía pública frente al Nº 2120 de la calle José Enrique Rodó.-

Montevideo, 25 de Marzo de 2019.-
 
        VISTO: la infracción cometida por la Administración de las Obras Sanitarias del Estado RUT Nº 211962820014, mientras efectuaba trabajos en la vía pública frente al Nº 2120 de la calle José Enrique Rodó;
        RESULTANDO: que la Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana informa que: a) dicha empresa infringió lo dispuesto en Art. D.2236.6 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "De las Obras" del Digesto, por falta de pavimento provisorio reglamentario en acera, en una superficie de 1 m2; b) se procedió a la notificación pertinente, no presentándose descargos y c) de acuerdo con lo establecido por el Art. 2241.7 del citado cuerpo normativo corresponde aplicar una multa de 110 U.R.;
        CONSIDERANDO: que en aplicación de lo preceptuado por el Art. 19º, numeral 30 de la Ley 9.515 de 28/X/35 por multas comprendidas entre más de 70 U.R. y 350 U.R. corresponde solicitar anuencia al Deliberativo Departamental;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Autorízase a la Intendencia de Montevideo para imponer una multa de 110 U.R. (ciento diez unidades reajustables) a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado RUT Nº 211962820014, con domicilio en la calle Carlos Roxlo Nº 1275, por infracción a lo dispuesto en el Art. D.2236.6 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "De las Obras" del Digesto, por falta de pavimento provisorio reglamentario en acera, en una superficie de 1 m2 en una intervención frente al Nº 2120 de la calle José Enrique Rodó.-
        Artículo 2º.- Comuníquese.-
        2º.- Pase al Departamento de Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.
JUAN CANESSA, Intendente de Montevideo (I).-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-