Resolución N° 3752/15
Nro de Expediente:
2230-011431-15
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
17/8/2015


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Fondo Social de Vivienda de Empleados y Obreros de la Empresa CUTCSA, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria, por los ejercicios 2015 y 2016, en los porcentajes expresados de fs. 23 a fs. 35 de obrados y que grava a las unidades de los padrones Nos. 55.806, 75.220, 51.426, 89.277, 46.337, 401.830, 192.465, 172.065, 45.441, 6.102, 66.808, 56.258, 6.267 y 57.451, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 921.250,00.

Montevideo, 17 de Agosto de 2015.-
 
        VISTO: la gestión realizada por el Fondo Social de Vivienda de Empleados y Obreros de la Empresa CUTCSA por la que solicita exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria respecto de los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 55.806, 75.220, 51.426, 89.277, 46.337, 401.830, 192.465, 172.065, 45.441, 6.102, 66.808, 56.258, 6.267 y 57.451;
        RESULTANDO: 1o.) que el gestionante presentó certificación notarial acreditante de la titularidad dominial de los inmuebles de referencia y donde también consta las unidades escrituradas a la fecha;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios expresa que se ha acreditado notarialmente la propiedad de los padrones afectados y que de acuerdo al Art. 31 del Decreto No. 26.949 se facultó al Ejecutivo Departamental a exonerar hasta un 75% del impuesto de Contribución Inmobiliaria a los Fondos Sociales de Vivienda, por lo que corresponde exonerar del pago al de Empleados y Obreros de la Empresa CUTCSA, por los ejercicios y en los porcentajes expresados de fs. 23 a fs. 35 de obrados y que grava a las unidades de los padrones Nos. 55.806, 75.220, 51.426, 89.277, 46.337, 401.830, 192.465, 172.065, 45.441, 6.102, 66.808, 56.258, 6.267 y 57.451, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 921.250,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado precedentemente;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros entiende procedente proveer de conformidad;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Fondo Social de Vivienda de Empleados y Obreros de la Empresa CUTCSA, al amparo del Art. 31 del Decreto No. 26.949, reglamentado por Resolución No. 5286/97 del 30 de diciembre de 1997, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria, por los ejercicios 2015 y 2016, que grava a las unidades de los padrones Nos. 55.806, 75.220, 51.426, 89.277, 46.337, 401.830, 192.465, 172.065, 45.441, 6.102, 66.808, 56.258, 6.267 y 57.451, en los porcentajes de 50%, 75%, 50%, 75%, 75%, 50%, 75%, 75%, 75%, 50%, 50%, 50%, 25% y 50% respectivamente.-
        2o.- Por la referida exención la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 921.250,00 (pesos uruguayos novecientos veintiún mil doscientos cincuenta), debiendo el interesado iniciar anualmente nueva gestión si desea seguir usufructuando el beneficio que se le otorga por la presente.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para notificación del interesado y a sus efectos.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-